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Pág. 199327 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de febrero de 2001 DEPARTAMENTO: UCAYALI - Pucallpa Nuevo, Atalaya, Balta, Bufeo Pozo, Culi- na, Chicosa, Encuentro, Paititi, Puerto Esperanza, Puerto Breu/Tipishsa, San Marcos, Sepahua, Unine (Privado), Yarinacocha, Oventeni, Zorrillos (Priva- do). DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Gochapita, Trujillo, Urpay, Pacasmayo, Cartavio (Privado), Casagrande (Privado), Chagual (Pri- vado) , Huamachuco. DEPARTAMENTO: LIMA – CALLAO - Internacional “Jorge Chávez”, Paramonga (Pri- vado), Yauricocha (Privado). DEPARTAMENTO: LORETO - Iquitos/Antigua, Iquitos/Coronel Secada, Bellavis- ta, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Conta- mana, El Estrecho, Orellana, Pampa Hermosa, Parana- pura, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. Abejaico (Privado), Anatico (Privado), Andoas (Privado), Corrientes (Privado), Lagunas (Privado), Lisboa (Privado), Intuto, Sillay. BASE DE OPERACIONES : - Aeropuerto de Chiclayo. SUBBASES DE OPERACIONES : - Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”. - Aeropuerto de Trujillo. - Aeropuerto de Arequipa. - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Cajamarca. - Aeropuerto de Talara. - Aeródromo de Jaén/Chumba. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Tarapoto. ” Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 026-98-MTC/15.16 del 16 de marzo de 1998, modificada por la Resolución Directoral Nº 222- 99-MTC/15.16 del 29 de octubre de 1999, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Aeronáutica Civil 17254 CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL Crean el Distrito Judicial de Tumbes RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 035-2001-CT-PJ Lima, 26 de febrero del 2001 VISTOS: La solicitud del Congresista señor Manuel Chiroque Paico, de fecha 29 de enero del presente año, mediante la cual pide al Consejo Transitorio del Poder Judicial, la creación del Distrito Judicial de Tumbes con sede en la provincia de Tumbes; el Proyecto de Ley sobre la misma materia con la documentación adjunta; los informes siguientes: a) socio económico del departamento de Tumbes; b) de disponibilidad presupuestaria; c) del punto de vista técnico-estadístico; d) organizacional; e)de los aspectos legales relativos a la creación de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; f) el Informe Técnico número 005-2000.CSJPT-SDMT-SV, de fecha 19 de agosto del año 2000, dirigido al Congresista señor Manuel Chiroque por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes; y g) el resumen Ejecu- tivo presentado por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27367 mediante la cual se crea el Consejo Transitorio del Poder Judicial, establece que son atribuciones del Consejo las que corresponden al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 82º, inciso 28), de la indicada Ley, es función y atribución del Consejo "crear y suprimir Distritos Judiciales... cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administra- ción de justicia..."; Que, la creación del Distrito Judicial de Tumbes, propuesta por el Congresista señor Manuel Chiroque Paico, cuenta con informes favorables expedidos por funcionarios del Poder Judicial integrantes de la Geren- cia General y se refiere a diferentes aspectos como son: la situación socio económica del departamento de Tum- bes; la disponibilidad presupuestaria; la información técnico-estadística, la perspectiva organizacional; los aspectos legales, el indicador Técnico emitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes; y el resumen Ejecutivo de la cuestión; Que, además, la creación del Distrito Judicial de Tumbes se realiza contando con órganos jurisdicciona- les ya existentes, los mismos que atienden una carga procesal significativa y suficiente para sustentar la independización de esos órganos actualmente pertene- cientes a la Corte de Piura y Tumbes; sin detrimento alguno a esa Corte como lo reconoce su Presidente en el informe técnico referido; Que, el departamento de Tumbes es un departamen- to con un desarrollo poblacional y socio económico importante, por lo que en materia de administración de justicia, resulta una necesidad imperiosa para un rango y categoría contar con una Corte Superior que le dé prestancia por su condición fronteriza, para lo que se tiene en cuenta lo que ocurre en la provincia aneja del país vecino; Que, con la documentación acompañada queda esta- blecido que para la creación del Distrito Judicial se ha agotado la revisión de todos los aspectos concernientes, no encontrándose en ella ningún elemento de juicio contrario; Que, en consecuencia, es procedente acceder a la creación solicitada para lo que se debe proceder a una reestructuración de los órganos jurisdiccionales que actualmente componen el Distrito Judicial de Piura- Tumbes a efecto de fijar el territorio, los órganos juris- diccionales y las respectivas competencias del nuevo Distrito Judicial de Tumbes; El pleno del Consejo Transitorio del Poder Judi- cial, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27367, de conformidad con el inciso 28) del Artí- culo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, en sesión de la fecha y por unanimidad, contando, para mejor viabilidad de la propuesta, con la opinión y aprobación de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Créase el Distrito Judicial de Tumbes cuya sede es la ciudad de Tumbes, capital del departamento de Tumbes, siendo su jurisdicción las provincias de Tumbes, Zarumilla, y Contralmirante Villar y sus correspondientes distritos. Artículo Segundo.- El Distrito Judicial de Tumbes contará con una Corte Superior integrada en cuanto a administración y gobierno por un Vocal Superior Presi- dente, elegido conforme a ley, y la Sala Plena compues- ta por los Vocales Superiores. Cuenta, además con un Administrador de la Oficina de Administración Distri- tal dependiente de la Gerencia General del Poder Judi- cial.