Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2001 (28/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 28 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la encuestadora "Estudio y Sondeo de Opinion" de la Asociacion Promocion y Desarrollo de la Mujer - PRODEMU, debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Articulo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Estudio y Sondeo de Opinion de la Asociacion Promocion y Desarrollo de la Mujer - PRODEMU, en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignandole el Registro Nº 0026REE/JNE como codigo de identificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 19077 RESOLUCION Nº 211-2001-JNE MORDAZA, 27 de febrero de 2001 VISTO: El Oficio recibido el 26 de febrero del ano 2001, del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, mediante el cual remite la solicitud de inscripcion del Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA en el Registro Electoral de Encuestadoras del MORDAZA Nacional de Elecciones, presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Simatovic, en representacion de la institucion senalada; CONSIDERANDO: Que solo podra publicarse o difundirse en los medios de comunicacion el resultado de las encuestas electorales elaboradas por las personas o instituciones que esten debidamente inscritas ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolucion Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del ano 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripcion de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de cualquier naturaleza relacionadas con la intencion del MORDAZA de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la institucion solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al MORDAZA Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) testimonio de la escritura publica de constitucion inscrita en la Oficina Regional de los Registros Publicos de MORDAZA, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo establecido en el Articulo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras aprobado por Resolucion Nº 1422001-JNE; Que cumplidos los requisitos senalados en el considerando anterior, se debe inscribir al Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA como encuestadora, asignandole un numero de registro y abriendose la partida correspondiente donde se anotara los actos posteriores, de conformidad con lo senalado en el Articulo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicacion o difusion de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre

el resultado de las elecciones generales del ano 2001, solo podra realizarse en los medios de comunicacion hasta el MORDAZA primero de MORDAZA del presente ano, incluyendose el uso de las paginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de television y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras al Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA, debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Articulo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignandole el Registro Nº 0027-REE/JNE como codigo de identificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 19080

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Inkawasi y Sincos
RESOLUCION Nº 209-2001-JNE MORDAZA, 27 de febrero de 2001 Visto el Expediente Nº 008-2001-Vacancia iniciado el 2 de enero de 2001, sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Inkawasi, provincia de Ferrenafe, departamento de MORDAZA, que desempena el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Inkawasi adopto por mayoria calificada el acuerdo de vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ejercicio de su atribucion de declarar la vacancia de los cargos municipales de sus miembros, senalada en los Articulos 27º y 36º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, la causal de vacancia invocada en el presente MORDAZA es la inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, puesto que, se observa que en el ano 1999 solo en seis sesiones aparece la firma del Regidor vacado, mientras que en el ano 2000 no figura como asistente a ninguna de las sesiones celebradas por dicho concejo; Que, a fojas 49 y 51 corren copias legalizadas ante notario publico de las cartas de fechas 2 de noviembre de 2000 y 24 de enero de 2001 suscritas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con firma legalizada ante Juez de Paz, senalando haber tomado conocimiento del acuerdo del 25 de octubre de 2000 que declaro la vacancia de su cargo municipal, y manifestando que, pese a haber sido citado a las sesiones de concejo, le ha sido imposible asistir por encontrarse laborando en la localidad de Totoras, que es muy distante a la capital del distrito de

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