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Pág. 206041 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de julio de 2001 Visto el Oficio Nº 233-2001-FONDEPES/PD, del Fon- do Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) del 11de junio de 2001. CONSIDERANDO:Que el Artículo 58º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 establece que el Fondo Nacional deDesarrollo Pesquero (FONDEPES) tiene por finalidadpromover, ejecutar y apoyar técnica y financieramente eldesarrollo prioritario de la actividad pesquera artesanal,marítima y continental, así como las actividades pesque-ras y acuícolas en general, principalmente, en los aspec-tos de infraestructura básica para el desarrollo y ladistribución de recursos pesqueros; Que el Plan Estratégico para el Desarrollo de la Pesquería en el Período 1999-2004, aprobado medianteResolución Ministerial Nº 256-99-PE, señala dentro delos objetivos del Sector Pesquero, entre otros, promoverel desarrollo de la acuicultura, nuevas pesquerías y pescaartesanal; Que el inciso c) del Artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado porDecreto Supremo Nº 007-2001-PE, se establece que elFONDEPES, fomenta la capacidad de gestión de lospescadores artesanales y de los acuicultores en la organi-zación de pequeñas y medianas empresas integradashorizontal y verticalmente; Que el FONDEPES, a través de su Gerencia de Pesca Artesanal promueve el desarrollo de la pesca artesanalen el país, mediante la asistencia técnica a los gremios depescadores, atendiendo a la naturaleza de su frágil con-dición frente a otros sectores económicos, enfatizando enla constitución y gestión de pequeñas y medianas empre-sas pesqueras artesanales que le permita al pescadorconvertirse en empresario e integrarse al circuito finan-ciero formal y acceder a las posibilidades económicas queéste ofrece; Que en concordancia a lo señalado en el conside- rando precedente, el FONDEPES ha puesto a consi-deración del Ministerio de Pesquería, un programa de"Apoyo a la Formalización de la Propiedad de Embar-caciones Pesqueras Artesanales", cuyo costo asciendea la suma de S/. 325 000,00; Que de la evaluación efectuada a la propuesta del FONDEPES, el Ministerio de Pesquería estima proce-dente la asignación de recursos financieros con cargo a supresupuesto institucional para el año 2001, fuente definanciamiento "Recursos Directamente Recaudados",por la suma antes indicada para la ejecución del progra-ma antes señalado, siendo necesario la suscripción de unConvenio de Apoyo Interinstitucional entre ambas enti-dades; Que la Comisión Especial encargada de analizar las transferencias de recursos directamente recaudados delMinisterio de Pesquería a los Organismos Públicos Des-centralizados del Sector Pesquero, constituida por Reso-lución Ministerial Nº 097-2001-PE, ha tomado conoci-miento de la propuesta del FONDEPES, y con el dicta-men favorable de la mayoría de sus miembros, recomien-da se eleve al Despacho Ministerial el Convenio de ApoyoInterinstitucional entre el Ministerio de Pesquería y elFondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES),para la ejecución del programa señalado en el quintoconsiderando; Estando a lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; Con las visaciones de la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídi-ca, Planificación y Presupuesto, y de Administración; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y lo establecido en el Artículo 53º dela Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria delEstado y el Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presu-puesto del Sector Público para el año fiscal 2001, Ley Nº27427, Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto para elAño Fiscal 2001; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Apoyo Inte- rinstitucional entre el Ministerio de Pesquería y el FondoNacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) para laejecución del programa "Apoyo a la Formalización de laPropiedad de Embarcaciones Pesqueras Artesanales"hasta por un monto ascendente a S/. 325 000,00 (Tres-cientos veinticinco mil y 00/100 Nuevos Soles), cuyoPrograma de Actividades y Presupuestos, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorízase al Viceministro de Pesque- ría a suscribir el Convenio que se aprueba en el artículoprecedente, cuya ejecución bajo la modalidad de Encargo,será de responsabilidad del FONDEPES. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Pesca Artesa- nal y las Oficinas Generales de Administración y dePlanificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería,quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de suscompetencias, para asegurar el cumplimiento de los obje-tivos y metas de las actividades materia del Convenio quese aprueba en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al Presupuesto delPliego 018: Ministerio de Pesquería, Función 12: Pesca,Programa 044: Promoción de la Producción Pesquera,Subprograma 0117: Fomento de la Pesca, Actividad1.00345: Normar, Promover y Desarrollar la ActividadPesquera, Componente 3.1091: Promoción y Desarrollo,Meta 00003: 01312 Promoción Pesquera, Fuente de Fi-nanciamiento 09: Recursos Directamente Recaudados,año fiscal 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 26489 Declaran en situación de urgencia con- tratación y adquisición de bienes yequipos para el Plan Piloto de Inves- tigación del cultivo experimental de langostino en convivencia con el virus "mancha blanca" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2001-PE Lima, 4 de julio del 2001 Vistos; el Oficio Nº PCD-100-252-2001-PE/IMP, Memo- rándum Nº PPI-001-2001, el Memorándum OAJ Nº 174-2001, el Oficio Nº 729-2001-PE/OPP y el Oficio Nº 1250-2001-PE/OGAJ; CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el literal c) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, están exonerados de losprocesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adju-dicación Directa, las adquisiciones o contrataciones quese realicen en situación de urgencia; Que dicho Decreto Supremo define la situación de urgencia como aquella en la cual la ausencia extraordi-naria e imprevisible de determinado bien o servicio com-promete en forma directa e inminente la continuidad delos servicios esenciales o de las operaciones productivasque la entidad tiene a su cargo, situación que faculta a laentidad a la adquisición o contratación de los bienes,servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según seael caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selec-ción que corresponda; Que la actividad langostinera desarrollada en el depar- tamento de Tumbes se ha visto severamente afectada porel virus de la "Mancha Blanca", habiéndose producidouna drástica disminución del empleo directo e indirecto,una considerable disminución de las áreas de cultivo,decrecimiento de los niveles de producción y, una signi-ficativa reducción en la generación de divisas; Que ante la grave situación descrita, mediante Resolu- ción Ministerial Nº 094-2001-PE, a fin de mitigar susefectos y lograr la recuperación y posterior reactivaciónde esta importante actividad, se aprobó el Convenio deCooperación Institucional entre el Ministerio de Pes-quería, Instituto del Mar del Perú y el Fondo Nacional deDesarrollo Pesquero para el desarrollo de un Plan Pilotode Investigación consistente en la ejecución de cuatro (4)proyectos de investigación a cargo de empresas langos-