Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

En aplicacion de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27082, el Decreto Legislativo Nº 776 y la Ley Nº 27209 de Gestion Presupuestaria; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Dejese sin efecto, a partir de la fecha, la Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 309-MML. Articulo Segundo.- Adicionase a la Ordenanza Nº 309-MML, dos Disposiciones Transitorias, con el siguiente texto: DISPOSICIONES TRANSITORIAS.Primera.- Para el ano fiscal 2001, asignese al Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el importe equivalente en Nuevos Soles a US$ 1'000,000.00 (UN MILLON DE DOLARES AMERICANOS) del 70% (setenta por ciento) del Fondo de Compensacion Municipal FONCOMUN a que se refiere el MORDAZA texto del inciso a) de la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 099, modificado por el Articulo Primero de la presente Ordenanza, a fin de ser destinados, exclusivamente, en la realizacion de los Estudios de Prefactibilidad y Factibilidad que requiere el "Proyecto de Recuperacion del Centro Historico de Lima", a ser financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, transfiriendose la diferencia al Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET. Segunda.- Para el ano fiscal 2001, dispongase transferir al INVERMET, los saldos de balance correspondientes a los Impuestos a los Casinos de Juego y a las Maquinas Tragamonedas del ano 2000 asi como los recursos que se ejecuten en el presente Ano Fiscal, con cargo a los ingresos provenientes de los impuestos a las Maquinas Tragamonedas. Para tal efecto la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA deducira el importe que se transfiera por los conceptos MORDAZA citados, del 70% del FONCOMUN que corresponde transferir al INVERMET, debiendo utilizar los recursos deducidos del FONCOMUN, de acuerdo a lo prescrito en la Ley Nº 27082. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 26 de junio de 2001. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 26533

ORDENANZA Articulo 1º.- Los Alcaldes y Regidores, funcionarios y servidores municipales que realicen viajes al exterior del MORDAZA que tengan representacion oficial u ocasionen gasto a la Municipalidad, deberan ser autorizados mediante Resolucion de Alcaldia. La Resolucion de Alcaldia de autorizacion debera remitirse para su publicacion al Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, salvo razones de fuerza mayor, o urgencia impostergable del viaje; lo que sera debida y especificamente acreditado. En caso de requerirse una permanencia en el exterior mayor a la autorizada, esta se regularizara mediante Resolucion de Alcaldia, la que igualmente debera ser publicada. Articulo 2º.- Los viajes de directores, funcionarios y servidores de las empresas u organos desconcentrados municipales, deberan ser autorizados por la mas alta autoridad de la respectiva entidad, y debera cumplirse con los requisitos y la publicacion senalados en esta ordenanza. Articulo 3º.- La autorizacion de viaje sera debidamente sustentada en beneficio de la institucion, indicando el motivo del viaje, su duracion, el monto de los gastos, viaticos y cualquier otra asignacion vinculada al mismo, de acuerdo a la normatividad vigente aplicable al caso. Articulo 4º.- De no efectuarse el viaje autorizado, debera presentarse un Informe indicando las causa de su no realizacion, efectuando la devolucion inmediata del monto entregado, de haberlo recibido. Articulo 5º.- Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitacion y similares, o que se realicen por cualquier otro motivo, que tengan caracter oficial u ocasionan gasto a la Municipalidad, seran igualmente autorizadas por Resolucion de Alcaldia. Articulo 6º.- Los funcionarios y servidores municipales, asi como los directores, funcionarios y servidores de las empresas u organismos desconcentrados municipales, deberan presentar dentro de los quince (15) dias de su retorno, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado, conjuntamente con la rendicion de cuentas la que debera ser sustentada documentadamente, cuando menos hasta el ochenta por ciento (80%) de los gastos realizados, pudiendo sustentar el veinte por ciento (20%) restante mediante Declaracion Jurada. El saldo resultante del monto recibido, una vez deducido el gasto sustentado de acuerdo al parrafo precedente, sera devuelto conjuntamente con la rendicion de cuentas. Articulo 7º.- El incumplimiento de lo senalado en la presente Ordenanza acarrea la responsabilidad y la aplicacion de las sanciones previstas en la normatividad vigente aplicable. Articulo 8º.- De conformidad con lo establecido en el Articulo 134º inciso 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la presente Ordenanza tiene alcance metropolitano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 26534

Dictan disposiciones sobre viajes al exterior que efectuen autoridades, funcionarios y servidores municipales
ORDENANZA Nº 335 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: En Sesion de fecha 25 de junio de 2001, de acuerdo con lo opinado por la Comision de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 221-2001-CAL/MML; y, CONSIDERANDO: Que, es conveniente dictar las disposiciones necesarias en relacion a los viajes al exterior que efectuen las autoridades, funcionarios y servidores municipales en general, normandose la publicidad de las autorizaciones que al respecto se expida; Aprobo la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 061-MDB Mediante Oficio Nº 445-01-MDB/SG, la Municipalidad Distrital de Barranco solicita se publique Fe de

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