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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2001 (07/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

Pág. 206269 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de julio de 2001 a) Que, la adquisición o contratación resulta la más favorable y ventajosa en comparación con los precios de mercado; b) Que, en razón de costos de oportunidad, resulta más eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado; y, c) Que, la adquisición o contratación resulta técnica- mente idónea y viable. Que, el Informe técnico legal será remitido dentro de los cinco (5) días de emitido al Organo de Auditoría Interna , sin perjuicio de lo establecido por el Art. 20º de la Ley; Que, la presente exoneración se refiere exclusiva- mente al proceso de selección para la adquisición de contratación de bienes, servicios o ejecución de obras entre dos (2) Entidades del Estado; Los contratos suscritos al amparo de la presente causal de exoneración no admiten subcontratación ni cesión de derechos o de posición contractual; Que, de otro lado, el Art. 20º, Inc. c) de la prenotada Ley, estipula que las exoneraciones en mención, se aprue- ban a través de acuerdo de concejo para el caso de Gobiernos locales, como es el nuestro, los cuales requie- ren obligatoriamente de un informe técnico legal previo y será publicado por una vez en el Diario Oficial El Peruano, concordante con lo dispuesto por el Art. 115º del Reglamento respectivo y cuya copia debe ser remiti- da a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; En todos los casos de exoneración la ejecución de los contratos se rigen por esta Ley, su Reglamento y normas complementarias; Que, en este orden de ideas, de la revisión de los documentos obrantes en el expediente alcanzado con fecha 22.JUN.01 y que es materia de análisis, se colige que el predio que se pretende es la adquisición de un bien para el funcionamiento de una casa - albergue para ceder a las personas de la Tercera Edad, dada la existencia de la necesidad de dotar y tener ambientes para atender a adultos mayores en la ciudad de Pucallpa, que en muchos casos se encuentran en estado de abandono. El mismo que se encuentra ubicado en a Carretera que une Puca- llpa con el Caserío Manantay, distrito de Callería, pro- vincia de Coronel Portillo, departamento y Región de Ucayali, de una extensión de 141,015.00 m 2 , con un área de edificación de 2,170.55 m2 y de terreno libre de 138,844.45 m2, con 25 años de antigüedad aproximada- mente, por un valor referencial, según tasación efectua- da por la Dirección de Estudios y Obras de la Dirección General de Infraestructura y Desarrollo Urbano de esta Entidad; Que el citado bien, es de propiedad de la Empresa CONSORCIO INDUSTRIAL UCAYALI S.A, - CIUSA, la misma que se encuentra dentro del ámbito de las empre- sas que conforman la Actividad Empresarial del Estado, sujeta al proceso de crecimiento de la inversión privada, según lo dispuesto por el D. Leg. Nº 674, Ley de Promo- ción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado, bajo la modalidad de transferencias y/o activos, confor- me lo prevee el Art. 2º de la glosada Ley, encontrándose actualmente en proceso de Liquidación a cargo de la Junta Liquidadora de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI); Que el Capítulo II Art. 20º del prenotado Decreto Legislativo, faculta la venta de activos en forma directa y al valor que apruebe dicha Junta respecto de aquellas transferencias que efectúen las entidades estatales o entre empresas de propiedad total del Estado, para cumplir con los fines de la Ley en mención, en la empresa que transfiere el bien o para ayudar a cumplir tales fines en la empresa que lo recibe. Condiciones bajo las cuales se ha ofertado la venta de dicho inmueble a la Municipa- lidad del documento denominado C.E Nº 025-01/CIUSA/ JL de fecha 19.MAY.01, remitido por la Junta Liquidado- ra de Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) y del proyecto de Contrato de Compraventa acompañado, que corren en autos; Que, asimismo obran en el expediente respectivo, dos ofertas más para la venta de bien inmueble para el fin antes descrito, como es el caso de la efectuada por el Sr. Marino Rodríguez López, quien mediante documento defecha 20.JUN.01 ofrece en venta una fracción con un área equivalente a 20 hectáreas del lote de terreno de su propiedad denominado Fundo “San Luis”, ubicado a la altura del Km. 6 de la Carretera Federico Basadre, mar- gen izquierda interior 740 mts; por el valor comercial de $ 5,000.00 dólares americanos cada hectárea. Inmueble que se encuentra inscrito en la ficha registral Nº 11184 del Registro de la Propiedad Inmueble de la ciudad de Puca- llpa, acompañando Memoria descriptiva y croquis de ubicación respectiva. De igual modo, corre en autos la Tasación efectuada al Inmueble de propiedad del Dr. Alejandro Magno Bartra Soto, ubicado en la Carretera Federico Basadre Km. 6, denominado “La Tangarana” signado como Lote Nº 06, Caserío El Triunfo, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamen- to y Región de Ucayali, de un área de 8,198 m2, valorizado en la suma de US$ 116,632.13 Dólares Americanos. Bien que no se encuentra inscrito en Registros Públicos; Que, en este orden de datos, con fecha 22.JUN.01 se remite a la Dirección de Secretaría General el Informe Nº 394-2001-MPCP-DGIDU, el mismo que contiene el Informe Técnico - económico emitido por la Dirección General de Infraestructura y Desarrollo Urbano de esta Municipalidad, en cumplimiento al Acuerdo de Concejo antes referido y que es parte del expediente respectivo; el mismo que en un análisis comparativo entre las ofer- tas existentes, antes descritas, concluye y demuestra que la adquisición del inmueble de propiedad de CIUSA es la más favorable y ventajosa en comparación con los precios del mercado, resultando asimismo más eficiente para el logro de los resultados que se pretende como es contar a la brevedad con la Casa del Adulto Mayor (costos de oportunidad) siendo por tanto técnicamente idónea y viable, es decir satisfacería con efectividad los fines de funcionamiento de una casa - albergue para ceder a las personas de la Tercera Edad, dada la existen- cia de la necesidad de dotar y tener ambientes para atender a adultos mayores en la ciudad de Pucallpa, que en muchos casos se encuentran en estado de abandono; todo esto al señalar como conclusiones y recomendacio- nes lo siguiente:  De acuerdo al Proyecto de Expediente Técnico “Construcción Centro del Adulto Mayor”, las áreas míni- mas requeridas se pueden amoldar o ajustar con las áreas o ambientes existentes en el inmuebles ofertado por el Consorcio Industrial Ucayali S.A (CIUSA).  En las áreas libres existe la mejor posibilidad de ampliar y crecer, tanto en infraestructura y áreas ver- des.  Que dicho bien se encuentra saneado físico - legal- mente.  Económicamente, mejor opción constituye dicho bien por cuanto su valor asciende a US$ 80,000.00 , que al cambio actual en moneda nacional (S/. 3,54 cada dólar) correspondería a S/. 283,200.00.  Recomienda su adquisición porque su infraestruc- tura señalada como ambientes existentes cumplen con los requerimientos de acuerdo al Expediente Técnico, Normas y Reglamento Nacional de Construcciones, con- tando además con extensas áreas verdes para zonas de esparcimiento y futuras ampliaciones, las mismas que servirían para desarrollar proyectos ornamentales de agricultura , talleres, crianza de animales menores, así como cuenta con gran variedad de árboles maderables de varios años de antigüedad, los cuales no fueron valoriza- dos o tasados, contando con una opción más. Que, asimismo es conveniente señalar que con Infor- me Nº 060-2001-MPCP-DGPPR-DG de fecha 8.JUN.01, la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Racionalización a través de la Dirección de Presupuesto (Informe Nº 371-01-MPCP-DPP) da la conformidad pre- supuestal por el monto de $ 80,000.00 que al tipo de cambio de S/. 3.65 es equivalente a S/. 292,000.00 Nuevos Soles que estará afecto a la siguiente cadena funcional programática: 17-058-0163-2.00663 :Infraestructura Urbana. Meta (00001) :Construcción de Casas de Cultura y Albergue. Obra :Instalación Albergue del Adulto Mayor. 6.5.11.60 :Adquisición de Inmuebles.