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Pág. 206254 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de julio de 2001 INDECOPI Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Delegada de Reestructura- ción Patrimonial del Indecopi que ope- ra en la Universidad de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 057-2001-INDECOPI/DIR Lima, 2 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que el señor Manuel Celi Vidal ha formulado renun- cia al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Directorio del Indecopi de fecha 28 de junio de 2001; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Manuel Celi Vidal al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 26611 INFES Disponen la adquisición de diversos bienes mediante adjudicación de me- nor cuantía, destinados a centros edu- cativos de Arequipa, Moquegua, Tac- na y provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara INSTITUTO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y DE SALUD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 086-2001-PRES-INFES Lima, 5 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM de fecha 25 de junio de 2001, se declaró en Estado de EMERGENCIA, por el plazo de 60 días, los departa- mentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y las provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el departa- mento de Ayacucho, debido al sismo ocurrido el día 23 de junio de 2001 en el sur del país, obligando a las institu- ciones y organismos del Estado vinculados a las opera- ciones de emergencia, a brindar ayuda a las personas damnificadas y realizar las acciones de rehabilitación de los servicios públicos y de la infraestructura productiva, afectada por el movimiento telúrico, exonerándolos por el tiempo indicado de los requisitos de Licitación yConcurso Público y autorizando la adquisición de bie- nes y contratación de servicios necesarios para reme- diar los desastres producidos; Que, la Alta Dirección del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, ha dispuesto la inmediata evaluación de los daños ocasio- nados en la infraestructura de los centros educativos en los departamentos antes referidos, como conse- cuencia del sismo ocurrido en el sur del Perú, habién- dose determinado la necesidad de atender en forma priorizada y progresiva la rehabilitación de los locales escolares afectados ubicados en las zonas declaradas en emergencia; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto ha expedido el Informe Nº 328-2001-OPP-PRES-INFES de fecha 2.7.2001, relacionado con la previsión presupues- taria por el monto de S/. 2'145,312.00 para la adquisición de 250 módulos de dos (2) aulas prefabricadas, su trasla- do e instalación en los centros educativos afectados que se ubican en las zonas declaradas en estado de emergen- cia, en el marco del referido dispositivo, mencionado en el primer considerando, siendo imperativo realizar su adquisición mediante el procedimiento de adjudicación de menor cuantía; Que, de acuerdo al Art. 105º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM para ejecu- tar la citada adquisición por el procedimiento de adjudicación de menor cuantía, es necesaria la autorización expresa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, se- gún corresponda; Estando a lo recomendado por la Gerencia de Admi- nistración a través del Informe Nº 177-2001-GA-PRES- INFES de 3.7.2001, y la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal contenida en el Informe Nº 762-2001- AL-PRES-INFES de fecha 4.7.2001, y la conformidad del Gerente General; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 077-2001-PCM; En ejercicio de las atribuciones establecidas en el inciso b) del Art. 19º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97- PRES; Con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del pro- ceso de selección por Licitación Pública y/o Concurso Público para la adquisición de 250 módulos de dos (2) aulas prefabricadas de ángulos ranurados, el traslado e instalación de los mismos, hasta por un monto de Dos Millones Ciento Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Doce y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2'145,312.00), efectuándose el mismo por el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, destinados exclusivamente a brindar apoyo a los centros educativos ubicados en los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y provincias de Parinaco- chas y Páucar del Sara Sara del departamento de Ayacu- cho, afectados por el sismo producido el día 23 de junio de 2001 en el sur del país. Artículo Segundo.- La Gerencia de Administración deberá proceder a la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración remita copia de la presente Resolu- ción y los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calen- dario siguientes a la fecha de su aprobación, confor- me a lo dispuesto en el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENAN GARCIA DE LOS RIOS Presidente del Consejo Directivo 26690