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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2001 (07/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 206255 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de julio de 2001 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Declaran caducidad de inscripciones de las comisiones deportivas naciona- les de Aikido y Motonáutica en el Re- gistro Nacional del Deporte RESOLUCIÓN Nº 017-2001-PE/CD-IPD Lima, 3 de julio de 2001 Visto el Informe Nº 031-PPB/AAD-IPD-2001, de 25 de junio del 2001; y, CONSIDERANDO: Que la Presidencia Ejecutiva del IPD, mediante Re- solución Nº 140-2001-PE/IPD, dictó las disposiciones legales para regular el proceso de adecuación y aproba- ción de Estatutos de las Federaciones Deportivas Na- cionales; Que, mediante el Informe del exordio, la Asesoría Legal de la Alta Dirección da cuenta que la Comisión Deportiva Nacional de Aikido no ha cumplido con lo dispuesto en la Resolución antes precisada; Que, en Sesión de Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte celebrada el 26 de junio del 2001 se aprobó declarar la caducidad de la inscripción en el Registro Nacional del Deporte de la indicada Comisión Deportiva Nacional; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Dispo- sición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley General del Deporte Nº 27159; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la caducidad de la ins- cripción en el Registro Nacional del Deporte de la Comisión Deportiva Nacional de Aikido; en consecuencia dicha Comisión no podrá ejercer la representación nacional de su disciplina en ningún evento dentro o fuera del país. Regístrese y comuníquese. EDUARDO SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Deporte 26640 RESOLUCIÓN Nº 018-2001-PE/CD-IPD Lima, 3 de julio de 2001 Visto el Informe Nº 030-PPB/AAD-IPD-2001, de 25 de junio del 2001; y, CONSIDERANDO: Que la Presidencia Ejecutiva del IPD mediante Resolución Nº 140-2001-PE/IPD, dictó las disposiciones legales para regular el proceso de adecuación y aproba- ción de Estatutos de las Federaciones Deportivas Na- cionales; Que mediante el Informe del exordio, la Asesoría Legal de la Alta Dirección da cuenta que la Comisión Deportiva Nacional de Motonáutica no ha cumplido con lo dispuesto en la Resolución antes precisada; Que, en Sesión de Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte celebrada el 26 de junio del 2001 se aprobó declarar la caducidad de la inscripción en el Registro Nacional del Deporte de la indicada Comisión Deportiva Nacional;Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley General del Deporte Nº 27159; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la caducidad de la ins- cripción en el Registro Nacional del Deporte de la Comisión Deportiva Nacional de Motonáutica; en conse- cuencia dicha Comisión no podrá ejercer la representa- ción nacional de su disciplina en ningún evento dentro o fuera del país. Regístrese y comuníquese. EDUARDO SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Deporte 26641 Aprueban el Estatuto de la Federación Deportiva Peruana de Tenis de Mesa RESOLUCIÓN Nº 020-2001-PE/CD-IPD Lima, 3 de julio de 2001 Visto el Oficio Nº 111/FPTM/01 de 29 de mayo y la Carta de 18 de junio del 2001 de la Federación Deporti- va Peruana de Tenis de Mesa, sobre aprobación de Estatuto y reconocimiento de Junta Directiva; CONSIDERANDO: Que, es atribución del Consejo Directivo del Insti- tuto Peruano del Deporte, aprobar los Estatutos de las Federaciones Deportivas así como expedir, para los efectos pertinentes, las respectivas resoluciones de reconocimiento de sus Juntas Directivas elegidas por sus bases; Que, la Presidencia Ejecutiva mediante Resolución Nº 140-2001-PE/IPD, dictó las disposiciones legales para regular el proceso de adecuación y aprobación de Estatutos; Que, mediante las comunicaciones del exordio, la Federación recurrente ha cumplido con remitir su Estatuto adecuado a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte, la constan- cia del testimonio de escritura pública de constitu- ción y registro, así como el resultado de las elecciones celebradas para designar a su nuevo órgano directi- vo; Que, en Sesión de Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte de fecha 26 de junio del 2001, se aprobó el indicado Estatuto y se reconoció a la respec- tiva Junta Directiva; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y j) del Artículo 10º de la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, el Estatuto de la FEDERA- CION DEPORTIVA PERUANA DE TENIS DE MESA que consta de IX Títulos, 55 Artículos y Cuatro Disposi- ciones Complementarias Transitorias y Finales y que, debidamente visado y rubricado formará parte integran- te de la presente Resolución. En consecuencia, dicha Federación ejerce la representación nacional de su dis- ciplina. Artículo 2º.- RECONOCER para los efectos pertinen- tes a la Junta Directiva de la Federación Deportiva Peruana de Tenis de Mesa, elegida por su Asamblea de Bases, por un período de cuatro (4) años contados a