Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

partir de la fecha de su eleccion, la misma que se encuentra integrada por los senores: PRESIDENTE VICEPRESIDENTE SECRETARIO TESORERO VOCAL : : : : : MORDAZA KOO CHIOK MORDAZA MORDAZA LEVY NICOLAY INYUTIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese y comuniquese. MORDAZA SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Deporte 26642

nal de Aikido, la que no podra ejercer la representacion nacional de su disciplina en ningun evento dentro o fuera del pais; Que, deben dictarse las disposiciones pertinentes que permitan el cabal cumplimiento de dicha Resolucion; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Nº 202-2001-PE/IPD, de 25 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado, efectuar las acciones pertinentes, para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Deporte 26644

Dejan sin efecto resoluciones a fin de dar cumplimiento a la caducidad de inscripcion de las Comisiones Deportivas Nacionales de Motonautica y Aikido en el Registro Nacional del Deporte
RESOLUCION Nº 021-2001-PE/CD-IPD MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 VISTA: La Resolucion Nº 018-2001-PE/CD-IPD, de fecha 3 de MORDAZA del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion del exordio, se ha declarado la caducidad de la inscripcion en el Registro Nacional del Deporte de la Comision Deportiva Nacional de Motonautica, la que no podra ejercer la representacion nacional de su disciplina en ningun evento dentro o fuera del pais; Que, deben dictarse las disposiciones pertinentes que permitan el cabal cumplimiento de dicha Resolucion; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Nº 185-2001-PE/IPD, de 25 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado, efectuar las acciones pertinentes, para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Deporte 26643 RESOLUCION Nº 022-2001-PE/CD-IPD MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 VISTA: La Resolucion Nº 017-2001-PE/CD-IPD, de fecha 3 de MORDAZA del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion del exordio, se ha declarado la caducidad de la inscripcion en el Registro Nacional del Deporte de la Comision Deportiva Nacio-

Declaran la caducidad de inscripcion de la Federacion Deportiva Peruana de Voleibol en el Registro Nacional del Deporte
RESOLUCION Nº 023-2001-PE/CD-IPD MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Informe Nº 055-PPB/AAD-IPD-2001, de 3 de MORDAZA del 2001; y, CONSIDERANDO: Que la Presidencia Ejecutiva del Instituto Peruano del Deporte, a traves de la Resolucion Nº 1402001-PE/IPD, dicto las disposiciones legales pertinentes para regular el MORDAZA de adecuacion y aprobacion de Estatutos de las Federaciones Deportivas Peruanas; Que, mediante el Informe del exordio, la Asesoria Legal de la Alta Direccion da cuenta que la Federacion Deportiva Peruana de Voleibol no ha cumplido con lo dispuesto en la precitada Resolucion; Que, en Sesion de Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, celebrada el 3 de MORDAZA del 2001, se aprobo declarar la caducidad de la inscripcion en el Registro Nacional del Deporte de la indicada Federacion Deportiva; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, la Gerencia Nacional de Deporte de Afiliado y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la caducidad de la inscripcion de la Federacion Deportiva Peruana de Voleibol en el Registro Nacional del Deporte; en consecuencia, la indicada Federacion no podra ejercer la representacion nacional de su disciplina en ningun evento dentro o fuera del MORDAZA, ni desempenar las funciones y obligaciones senaladas en la Ley General del Deporte y demas normas conexas.

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