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Pág. 206345 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de julio de 2001 Que, el Artículo 9º de la Norma antes citada, señala asimismo que son contribuyentes las personas naturales jurídicas los propietarios de los predios cualquiera sea su naturaleza; Que, los predios afectados por el proyecto periférico vial norte comprendidos dentro del Decreto Ley Nº 20081 carecen de valor inmobiliario, por lo que es legalmente factible declarar la Inafectación del Pago del Impuesto Predial de los inmuebles comprendidos en la ejecución de dicho proyecto vial; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Declarar la inafectación de pago del Impuesto Predial de los inmuebles comprendidos en el área afectada por el Proyecto Especial Periférico Vial Norte, por carecer de valor inmobiliario, conforme a la relación siguiente: ASENTAMIENTO HUMANO MANCO INCA: CON CODIGO: 1.Nº 11378 TARRILLO DIAZ, SEGUNDO GILBERTO MZ. "A" LT. 01-B 2.Nº 10029 FLORES ZAVALETA, AQUILES MZ. "A" LT. 02 3.Nº 10039 CAICO CARHUAZ, SILVIA MZ. "A" LT. 03 4.Nº 10038 GRAJEDA TORRES, AMADOR MZ. "A" LT. 04 5.Nº 10035 QUISPE CABRERA, JUANA MZ. "A" LT. 05 6.Nº 10030 PALMA QUIROZ, MARIA MZ. "A" LT. 06 7.Nº 10040 ROSALES CUEVA, RAUL MZ. "A" LT. 07 8.Nº 92704 PUJAICO POMA, JUAN CORNELIO MZ. "A" LT. 10 9.Nº 10033 AYALA ZELAYA, JULIA ROSA MZ. "A" LT. 11 10. Nº 10037 PUJAICO POMA, JESUS MANUEL MZ. "A" LT. 12 11. Nº 23999 PEÑA ICOCHEA, MODESTA MZ. "A" LT. 13 12. Nº 10032 GONZALES ATILIANO, SARA MZ. "A" LT. 17 SIN CODIGO: 13. FERNANDEZ HUAMAN DE ESTRADA, ELENA MZ. "A" LT. 01-A 14. TUIRO BARRIALES, ANGELICA MZ. "A" LT. 08 15. MENDOZA SARMIENTO, JOSE EVELIO MZ. "A" LT. 09 16. AMARO ARIAS, HIPOLITO MZ. "A" LT. 14 17. SANCHEZ CALIXO, VICTOR MZ. "A" LT. 15 18. MONTENEGRO POPAYAN, ANGELICA MZ. "A" LT. 16 19. HUERTAS CHUNGA, ASUNCION MZ. "B" LT. 01 20. GUERRA MOZOMBITE, HILDA MZ. "C" LT. 26 ASENTAMIENTO HUMANO ROSA DE AMERICA: 21. HILMER SANCHEZ CORDOVA - Av. Rosa de América MZ. "A" LT. 01 COOP. DE VIVIENDA SANTA LIGIA: 22. ANDRES DIAZ AYALA - Av. Metropolitana Nº 100 Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración Tributaria y a la Dirección de Desarrollo Urba- no de la Corporación el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Dispensar de la Lectura del acta para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenan- za. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 26700 Amplían la vigencia de artículos de ordenanzas referidas a diversos bene- ficios tributarios en favor de contribu- yentes del distrito ORDENANZA Nº 021-2001-C/MC Comas, 3 de julio de 2001EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º incisos 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y el Artículo 41º del Código Tributario, respecto a la Adminis- tración de las Rentas Municipales; Que, el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 18-2001- C/MC, se dispone la condonación del 100% de Moras, Intereses y Reajustes que se aplican al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, aquellos contribuyentes que cumplan con cancelar sus obligaciones tributarias hasta el 30 de junio del año en curso; Que, en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 16- 2001-C/MC, dispone otorgar el Fraccionamiento de Deu- das Tributarias (incluye reajustes, intereses y moras) para otorgar tal beneficio, el deudor deberá abonar el 10% de su deuda como cuota inicial y la restante en siete armadas, los casos especiales serán resueltos por la Ofici- na de Administración Tributaria; Que, la Oficina de Administración Tributaria eleva Informe Nº 190-2001-OAT/MC, presenta la propuesta de prórroga Ampliación de las Ordenanzas Nº 016- 2001-C/MC y Nº 018-2001-C/MC, respecto a la Condo- nación del 100% de las Moras, Intereses y Reajustes aplicados al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública y de los Convenios de Fraccionamiento. Te- niendo como sustento la aceptación de los deudores tributarios, ante la difícil situación económica que se atraviesa; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispues- to con los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y el Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el pleno Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia de los Ar- tículos Primero y Tercero de la Ordenanza Nº 018-2001-C/ MC hasta el 31 de julio del 2001 para la cancelación de las deudas por el Impuesto Predial y Arbitrio de Limpieza Pública con la condonación del 100% de moras intereses y reajustes hasta el año 2001. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 018-2001-C/MC respecto la Condonación del 80% de moras intereses y reajustes. Artículo Tercero.- PRORROGAR en todas sus partes los alcances de la Ordenanza Nº 016-2001-C/MC, hasta el 31 de julio del 2001, en todo lo que no se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- OTORGAR el fraccionamiento a las deudas tributarias descritas sin generar Intereses en los Convenios a suscribirse, en el caso de los convenios suscrito éstas podrán ser canceladas sin intereses por fraccionamiento fuera de plazo. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración Tributaria, a la Oficina de Administración y Fi- nanzas y las Oficinas Municipales Zonales, y a la Unidad de Comunicación Municipal, el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza en lo que les corresponda. Artículo Sexto.- Dispensar de la Lectura del Acta para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenan- za. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 26709