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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2001 (13/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 206702 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de julio de 2001 Artículo Sexto.- Los infractores que cumplan con el pago de la multa dentro de los siete (7) días calendario, a partir del día siguiente de emitida la misma podrán acogerse a una reducción del 50%. Artículo Sétimo.- Las multas que no sean paga- das oportunamente pasarán a ser cobradas coactiva- mente. Artículo Octavo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas, Unidad de Administración Tributaria, Unidad de Recau- dación y Control y la Oficina de Ejecución Coactiva en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 26835 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2001/MDS Surquillo, 25 de junio de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLOCONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 11058, de fecha 15 de julio de 1949, se creó el distrito de Surquillo en la provincia y departamento de Lima; por lo que en el mes de julio del año en curso se conmemora el Quincuagési- mo Segundo Aniversario de su creación política; Que, la actual administración, en aras de darle a la presente efemérides el realce que se merece, ha previsto la realización de un nutrido programa de actividades, el mismo que incluye el tradicional embanderamiento gene- ral del distrito, como una forma de contribuir a consolidar el civismo que caracteriza a la población Surquillana; Que, en el mes de julio se conmemora también el 180º Aniversario de la Declaración de Independencia Nacio- nal, fecha que todos los peruanos recuerdan con gran unción patriótica; Por lo que, en uso de las facultades conferidas a la Alcaldía por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamien- to general del distrito de Surquillo, durante el lapso comprendido del 1 al 31 de julio del presente año, en homenaje al 52º Aniversario de la creación política del distrito y al 180º Aniversario de la Independencia Nacio- nal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional, la difusión del presente decreto y a la Unidad de Policía Municipal, la verificación de su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 27000