TEXTO PAGINA: 7
Pág. 206645 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de julio de 2001 Nº DE CARG OS CLASIFICADOS CODIGO CARGO OR- ESTRUCTURAL DEN OFICINA AGRARIA CATAHUASI 001 INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS III P5-45-440-3 002 TECNICO AGROPECUARIO III T4-45-715-3 003 TECNICO AGROPECUARIO III T4-45-715-3 004 PROMOTOR AGROPECUARIO I T4-55-635-1 005 PROMOTOR AGROPECUARIO I T4-55-635-1 ADMINISTRACION TECNICA DE DISTRITO DE RIEGO 001 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II D4-05-290-2 Administrador Técnico 002 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II D4-05-290-2 Administrador Técnico 003 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II D4-05-290-2 Administrador Técnico 004 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II D4-05-290-2 Administrador Técnico 005 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II D4-05-290-2 Administrador Técnico 27062 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban crédito suplementario para el año fiscal 2000 en el presupuesto consolidado de las Empresas Munici- pales DECRETO SUPREMO Nº 140-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 098- 2000, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egre- sos de las Empresas Municipales para el año fiscal 2000, hasta por OCHOCIENTOS VEINTIUN MILLO- NES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NO- VECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 821 339 938.00); Que, el Artículo 5º del citado Decreto de Urgencia, establece que la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecución presu- puestaria del año fiscal 2000, podrá modificar el nivel del Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Empresas Municipales, de acuerdo a los procedimientos estableci- dos en la Directiva Nº 005-2000-EF/76.01 que regula el proceso presupuestario de las Empresas Municipales para el año fiscal 2000;Que, el Artículo 23º de la citada Directiva establece que mediante Decreto Supremo, se aprueba la modifica- ción del Presupuesto Consolidado de las Empresas Mu- nicipales vigente para el año fiscal 2000, sobre la base de los Acuerdos de Directorio u órgano equivalente que impliquen modificación por Crédito Suplementario; Que habiéndose culminado el proceso presupuestario del año 2000, es indispensable aprobar en vías de regularización las modificaciones al Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Empresas Municipales, para dicho ejercicio fiscal; De conformidad con el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión del Estado y el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 098-2000; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase, en vía de regularización, un Crédito Suplementario para el Año Fiscal 2000, en el presu- puesto consolidado de las Empresas Municipales por la suma de DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 715 065.00), de acuerdo al siguiente des- agregado: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS Ingresos Corrientes 9 258 965 Transferencias 348 296 Financiamiento 8 107 804 —————- TOTAL INGRESOS 17 715 065 ========= EGRESOS Egresos Corrientes 5 713 503 Egresos de Capital 2 925 409 Servicio de la Deuda 2 828 159 Saldo 6 247 994 ————— TOTAL EGRESOS 17 715 065 ========= Artículo 2º.- El desagregado a nivel de Empresas Munici- pales del Crédito Suplementario aprobado por el artículo precedente se detalla en los Anexos Nºs. 01 y 02 que forman parte de la presente norma legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Ingresos Anexo Nº 01 Egresos Anexo Nº 02 Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas MINISTERIO DE AGRICULTURA INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES -INRENA- VIGENCIA TUPA Se comunica al público en general en virtud a lo establecido por el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 "Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada" lo siguiente: 1.El Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del INRENA actualmente vigente es el aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 049-2000- AG y el Decreto Supremo Nº 032-2001-AG. 2.En virtud a las recientes modificaciones en materia de manejo de recursos naturales, el INRENA se encuentra revisando los procedimientos administrativos que requieran ser posteriormente incorpo- rados al TUPA de la institución. Lima, 30 de junio de 2001 27091