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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2001 (13/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 206659 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de julio de 2001 Oficio por piso o bloque (teléfono o similar, depósito de lencería, ropa sucia, utensilios de limpieza) obligatorio obligatorio obligatorio Personal calificado (1) obligatorio obligatorio obligatorio Personal uniformado (las 24 horas) obligatorio obligatorio obligatorio Recepción y conserjería (1) obligatorio - separados obligatorio - separados obligatorio Gimnasio obligatorio obligatorio obligatorio Sauna o baños turcos obligatorio - - Hidromasajes obligatorio - - Areas deportivas: cancha de tennis, cancha múltiple, frontón y otras instalaciones acorde con la ubicación geográfica obligatorio obligatorio obligatorio Piscina para adultos obligatorio obligatorio obligatorio Piscina para niños obligatorio obligatorio obligatorio Sala de juegos obligatorio obligatorio obligatorio Actividades recreativas acorde a la ubicación geográfica a cargo de animadores profesionales obligatorio obligatorio obligatorio Equipo de animadores profesionales obligatorio obligatorio obligatorio Servicio de despacho de correspondencia obligatorio obligatorio obligatorio Servicio de facsímil obligatorio obligatorio obligatorio Servicio de lavado y planchado obligatorio obligatorio obligatorio Servicio de llamadas, mensajes internos, y contratación de taxis obligatorio obligatorio obligatorio Servicios de peluquería y de salón de belleza obligatorio obligatorio obligatorio Servicios higiénicos públicos obligatorio diferenciados por sexos obligatorio diferenciados por sexos obligatorio diferenciados por sexos Teléfono de uso público obligatorio obligatorio obligatorio Tópico (espacio para atención de primeros auxilios) obligatorio obligatorio botiquín Area para venta de artículos diversos, souvenirs, artesanía local y otros acorde a la ubicación obligatorio obligatorio obligatorio Cocina (porcentaje del comedor) 60 % 50 % 40 % Areas libres (porcentaje del área total del terreno) 70% 50% 40% Zona de mantenimiento obligatorio obligatorio obligatorio CONSIDERACIONES GENERALES - Se podrá exceptuar algunos de los requisitos sólo si existen condiciones excepcionales que lo justifiquen a criterio del MITINCI. - Los bienes muebles, acabados, espacios comunes, equipos mecánicos y la calidad de los servicios del hotel deben guardar relación con su categoría. - Los requisitos de ventilación, zonas de seguridad, escaleras, salidas de emergencia, etc., se harán conforme a las disposiciones municipales y de Defensa Civil. - Los Establecimientos de 5 Estrellas deben tener un mínimo de suites correspondiente al 5 % del número de habitaciones. - No se podrá dejar de brindar los servicios de recepción, comedor y cafetería, si estas áreas se utilizan para eventos (congresos, reuniones, etc.). - El área mínima corresponde al área útil y no incluye el área que ocupan los muros. (1) Definiciones contenidas en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. (2) El ingreso está referido al área de recepción. (3) Se tomará en cuenta la temperatura promedio de la zona. (4) El huésped podrá solicitar que no se cambien regularmente de acuerdo a criterios medioambientales. ANEXO 5 - CATEGORIZACION DE ECOLODGES REQUISITOS MINIMOS Nº de Cabañas o Bungalows independientes 12 Ingreso suficientemente amplio para el tránsito de huéspedes y personal de servicio obligatorio Recepción (1) obligatorio Dormitorios simples (m2) 11 m2 Dormitorios dobles (m2) 14 m2 Terraza (2) 6 m2 Cantidad de baños por cabaña o bungalow (tipo de baño) (1) 1 privado - con ducha Area mínima (m2) 4 m2 (1) Las paredes del área de ducha deben estar revestidas con material impermeable de calidad comprobada 1.80 m de altura Cabañas o bungalows (servicios y equipos) Ventilador obligatorio Estufa (3) obligatorio Linterna grande portátil operativa obligatorio Tacho para desperdicios en general obligatorio Tacho para residuos y/o material reciclable (identificado con símbolo) obligatorio Servicios Generales Agua debidamente procesada obligatorio Agua caliente de acuerdo a horario establecido y excepcionalmente a pedido del huésped (no se aceptan sistemas activados por el usuario) obligatorio Servicios higiénicos públicos diferenciados por sexos obligatorio Cambio regular de sábanas cada vez que cambie el huésped y mínimo... (4) diario Cambio regular de toallas cada vez que cambie el huésped y mínimo... (4) diario Custodia de valores (individual o con caja fuerte común) obligatorio Guardarropa - custodia de equipaje obligatorio Generación de energía eléctrica para emergencia en los lugares que cuentan con red de energía eléctrica obligatorio Limpieza diaria de los dormitorios y del Ecolodge obligatorio Extintores de incendios con la carga al día ubicados en área señalizada obligatorio Oficio central (depósito de lencería, ropa sucia, utensilios de limpieza) obligatorio Personal calificado (1) obligatorio Personal uniformado (las 24 horas) obligatorio Guías especializados en Ecoturismo, conocedores de las comunidades nativas, la fauna y la flora locales obligatorio Sala de interpretación obligatorio Código de Etica a disposición de los huéspedes obligatorio Oferta gastronómica con énfasis en la gastronomía local obligatorio Botiquín para primeros auxilios, incluyendo sueros antiofídicos y otros animales ponzoñosos obligatorio Equipo de comunicaciones para casos de emergencia obligatorio CONSIDERACIONES GENERALES - Se podrá exceptuar algunos de los requisitos sólo si existen condiciones excepcionales que lo justifiquen a criterio del MITINCI. - El área mínima corresponde al área útil y no incluye el área que ocupan los muros. - Debe, en lo posible, ser construido con materiales naturales propios de la zona, debiendo guardar estrecha armonía con su entorno natural, con especial énfasis en la generación de energía, que preferentemente debe ser de fuentes renovables, como la solar, eólica, etc., así como implementar su gestión de residuos. - Para efectos de otorgar la calificación de Ecolodge a Establecimientos de Hospedaje solicitantes de Concesiones en Areas Naturales Protegidas, deberá presentarse copia certificada del documento mediante el cual INRENA otorga la misma. - Las personas naturales o jurídicas propietarias o concesionarias de Ecolodges, son responsables de las aguas negras y la disposición de desechos que se produzcan como resultado de los residuos comerciales generados en sus instalaciones, de acuerdo a lo contemplado en la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos. - En lugares que no cuenten con red de energía eléctrica se podrá exonerar el uso de artefactos eléctricos. (1) = Definiciones contenidas en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. (2) En caso de adecuación se podrá flexibilizar esta medida, siempre que sea compensada con otras áreas de uso de los huéspedes. (3) Se tomará en cuenta la temperatura promedio de la zona. (4) El huésped podrá solicitar que no se cambien regularmente de acuerdo a criterios medioambientales.REQUISITOS MINIMOS * * * * * * * * * * * *