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Pág. 207505 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de julio de 2001 EXPORTACION Y IMPORTACION TRANSITO CODIGO DESCRIPCION DEL PRODUCTO UNIDAD INTERNACIONAL BASE: Unidad BASE: Unidad Impositiva Impositiva Tributaria Tributaria 44.08 Hojas para chapado o contrachapado (incluso unidas) y demás maderas aserradas longitudinalmente, cortadas o T.M. 0.026% 0.011% desenrrolladas, incluso cepilladas, lijadas o unidas por entalladuras múltiples, de espesor inferior o igual a 6 mm Madera (incluida tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lenguetas, ranuras, 44.09 rebajes, acanalados, viselados, con juntas en v, moldurados, redondeados o similares) en una o varias caras o T.M. 0.026% 0.011% cantos, incluso cepillada, lijada o unida por entalladuras múltiples 44.10 Tableros de partículas y tableros similares, de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o T.M. 0.026% 0.011% demás aglutinantes orgánicos 44.11 Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos T.M. 0.026% 0.011% 44.12 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar T.M. 0.026% 0.011% 44.13 Madera densificada en bloques, tablas tiras o perfiles T.M. 0.026% 0.011% 44.14.F Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares, sin ningún proceso de la categoría I T.M. 0.032% 0.011% 44.14.O Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares con algún proceso de la categoría I T.M. 0.026% 0.011% Cajones, cajas, jaulas, tambores, envases similares de madera; carretes para cables, de madera; paletas, paletas de 44.15.F caja y demás plataformas para carga, de madera; collarines para paletas, de madera. Sin ningún proceso de la T.M. 0.032% 0.011% categoría I Cajones, cajas, jaulas, tambores, envases similares de madera; carretes para cables, de madera; paletas, paletas de 44.15.O caja y demás plataformas para carga, de madera; collarines para paletas, de madera. Con algún proceso de la T.M. 0.026% 0.011% categoría I 44.21.90.90 Las demás manufacturas de madera, las demás. Sin ningún proceso de la categoría I T.M. 0.011% 45.01 Corcho natural en bruto o simplemente preparado; desperdicios de corcho; corcho triturado, granulado o pulverizado T.M. 0.032% 0.011% 45.02 Corcho natural, descortezado o sinplemente escuadrado, o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o T.M. 0.031% 0.011% rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones) 45.03 Manufacturas de corcho natural T.M. 0.034% 0.011% 45.04 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado T.M. 0.034% 0.011% Trenzas y artículos similares, de materia tranzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y 46.01 artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: T.M. 0.257% 0.011% esterillas, esteras y carrizos) 46.02 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la T.M. 0.257% 0.011% partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal 50.01 Capullos de seda aptos para el desvanado T.M. 1.011% 0.148% 50.02 Seda cruda T.M. 0.257% 0.011% 52.01 Algodón sin cardar ni peinar T.M. 0.437% 0.066% 52.02.10 Desperdicios de algodón (incluídos sólo los desperdicios de hilados y las hilachas) T.M. 0.011% 52.02.91 52.02.99 Desperdicios de algodón, las demás T.M. 0.267% 0.040% 52.03 Algodón cardado o peinado T.M. 0.214% 0.013% 53.01 Lino en bruto o trabajado, pero sin hilar; estopas y desperdicios de lino (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas) T.M. 0.437% 0.118% 53.02 Cáñamo (cannabis sativa) en bruto o trabajado, pero sin hilar, estopas y desperdicios de cáñamo (incluido los T.M. 0.437% 0.118% desperdicios de hilados y las hilachas) 53.03 Yute y demás fibras textiles del líber (excepto lino, cáñamo y ramio) en bruto o trabajado, pero sin hilar, estopas y T.M. 0.437% 0.118% desperdicios de cáñamo (incluido los desperdicios de hilados y las hilachas) 53.04 Sisal y demás fibras del género Agave, en bruto o trabajado, pero sin hilar, estopas, desperdicios de cáñamo T.M. 0.437% 0.118% (incluido los desperdicios de hilados y las hilachas) Coco, abaca (cáñamo de manila), ramio y demás fibras textiles vegetales no expresadas ni comprendidas en otra 53.05 parte, en bruto o trabajado, pero sin hilar, estopas y desperdicios de cáñamo (incluido los desperdicios de hilados T.M. 0.437% 0.118% y las hilachas) 53.10 Tejido de yute o demás fibras textiles de líber de la partida 53.03 T.M. 0.366% 0.055% 53.11 Tejido de las demás fibras textiles vegetales T.M. 0.366% 0.055% 63.05.10 63.05.20 Sacos (bolsas) y talegas, para envasar T.M. 0.366% 0.055% 63.05.90 92.01 Pianos, incluso automáticas; clavecines y demás instrumentos de cuerda con teclado. Sin ningún proceso de la T.M. 0.011% categoría I 92.02 Los demás instrumentos musicales de cuerda (por ejemplo: guitarras, violines, arpas). Sin ningún proceso de la T.M. 0.011% categoría I 97.05 Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés T.M. 1.274% 0.140% histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático FUMIGACIÓN : SUPERVISION DE TRATAMIENTOS 01 En instalaciones oficiales o particulares y contenedores T.M. 0.100% 02 En barcos y aeronaves por servicio 4.529% 03 En vehículos T.M. 0.050% TRAMITACION Y EXPEDICION DE DOCUMENTOS 01 Certificado Fitosanitario de Exportación o Reexportación, Certificado de Exportación por servicio 1.000% 02 Licencia Fitosanitaria de Internación por servicio 0.400% El horario de atención para realizar estos servicios técnicos; es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. La atención fuera del horario referido, dependerá de condiciones técnicas y deberá contar con previa autorización de la Dirección u Oficina del SENASA correspondiente; en estos casos se recargará el 1,5 % de la U.I.T. al valor resultante del servicio. NOTA : F = FRESCOS S = SECOS SN: SECADO NATURAL SI: SECADO INDUSTRIAL O = CON TRATAMIENTO O1: TRATAMIENTO DIFERENTE A : O2 a = PARA SIEMBRA b = PARA CONSUMO O USO INDUSTRIAL O = CON OTRO TRATAMIENTO