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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (07/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 204028 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de junio de 2001 Declaran inadmisible reconsideración interpuesta contra resolución referida a la sustitución de capacidad de bode- ga de embarcación pesquera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2001-PE Lima, 1 de junio del 2001 Visto el escrito de registro Nº CE-00033001, del 4 de mayo de 2001, presentado por PESQUERA OLIMPO S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 322-2000-PE se declaró la nulidad de la Resolución Viceministerial Nº 069- 98-PE, a través de la cual se consideró a la embarcación pesquera "DOMINO" para ser materia de sustitución de capacidad de bodega, al no haber sido expedida con arreglo a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nºs. 01-97-PE y 06- 97-PE, considerando que es de interés público la preserva- ción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina, así como que los pronunciamientos de la Administración se efectúen conforme a derecho; Que a través del escrito del visto, la recurrente interpo- ne recurso de reconsideración contra la Resolución Ministe- rial citada en el considerando anterior, sustentando que la Resolución Viceministerial Nº 069-98-PE constituye un acto administrativo firme e incuestionable, que no agravia el interés público, en el cual se observaron los requisitos exigidos por la legislación vigente, por lo que declarar su nulidad atenta contra la seguridad jurídica de los adminis- trados y los derechos adquiridos por la recurrente; además, sostuvo que la embarcación "DOMINO" realizó esfuerzo pesquero con destino al consumo humano indirecto y formó parte de la flota existente; asimismo, que la nulidad debe ser deducida por el superior jerárquico que conoce de la apelación y que, de ser el caso, debió ser declarada por el Poder Judicial ; Que el inciso d) del Artículo 8º del Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94- JUS, establece que se pone fin al procedimiento adminis- trativo con la declaratoria de nulidad de las resoluciones administrativas que hayan quedado consentidas, de acuer- do a lo dispuesto en el Artículo 110º de dicha norma; Que por lo expuesto anteriormente y de la evaluación del expediente, se desprende que con la expedición de la Resolución Ministerial impugnada se puso fin al procedi- miento administrativo, en consecuencia, el recurso de reconsideración interpuesto deviene inadmisible; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Proce- dimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar INADMISIBLE el recurso de reconsideración interpuesto por PESQUERA OLIMPO S.R.Ltda. contra la Resolución Ministerial Nº 322-2000- PE, por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolución; Regístrese, notifíquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 24786 Aprueban normas para designación y retribución de miembros del Comité de Fiscalización de la Administración de las infraestructuras artesanales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2001-PE Lima, 4 de junio del 2001CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 261-2000-PE del 10 de octubre del 2000, se aprobó el modelo de Convenio de Cesión en Administración de las Infraestructuras Pes- queras Artesanales; Que el inciso j) de numeral 4.2 de la Cláusula Cuarta del Convenio establece que se debe constituir un Comite de Fiscalización integrado hasta por dos miembros de la organización social de pescadores artesanales que desarro- lla la Administración de la infraestructura, el mismo que estará encargado de efectuar las funciones de fiscalización y control; Que es necesario establecer las normas que regulen la designación del Comité de Fiscalización, así como contem- plar la retribución de dichos miembros, que se otorgará siempre y cuando existan saldos operativos positivos gene- rados mensualmente en los respectivos balances; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las normas para la desig- nación y retribución de los miembros del Comité de Fisca- lización de la Administración de las infraestructuras pes- queras artesanales, integrado hasta por dos representan- tes de la organización social de pescadores encargada de la correspondiente administración. Dichas normas constan de cinco (5) artículos que forman parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 24787 Aprueban Informe Final de la Comi- sión encargada de evaluar la proble- mática pesquera artesanal en el ámbi- to marítimo y continental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2001-PE Lima, 6 de junio del 2001 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Pesquería dentro de los Linea- mientos de Política Pesquera vigente, aprobados por Reso- lución Ministerial Nº 646-97-PE de fecha 24 de octubre de 1997, propicia el desarrollo de la pesca artesanal propen- diendo con ello al fortalecimiento socio-económico de este importante segmento de la actividad pesquera; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, el Estado propicia el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, así como la transferencia de tecnología y la capacitación de los pescadores artesanales, otorgando los incentivos y beneficios previstos en los pertinentes dispositivos legales; Que por Resolución Ministerial Nº 001-2001-PE del 3 de enero de 2001, se constituyó la Comisión de seguimiento encargada de evaluar la problemática pesquera artesanal en el ámbito marino y continental; Que la Comisión señalada en el considerando anterior ha presentado su Informe Final, luego de un trabajo conti- nuo y coordinado con distintas entidades del sector público y representantes del sector pesquero artesanal; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Informe Final presentado por la Comisión encargada de evaluar la problemática pesque- ra artesanal en el ámbito marino y continental, creada por Resolución Ministerial Nº 001-2001-PE, y que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.