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Pág. 204032 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de junio de 2001 Propuestas de Acción § Desarrollar un programa de capacitación permanente y sostenido a nivel nacional a favor de los pescadores procesadores artesanales, fileteadores y comercializado- res, en aspectos de higiene y sanidad alimentaria de los productos hidrobiológicos. § Recomendar la reglamentación de sistemas de preser- vación a bordo de embarcaciones pesqueras artesanales. 3.2.6 Infraestructuras Problemática ¨ La infraestructura pesquera artesanal está básica- mente localizada en el ámbito litoral, existiendo en la actualidad 47 desembarcaderos pesqueros artesanales, muchos de los cuales, debido ya sea a su antigüedad o a su deterioro como consecuencia de los fenómenos naturales, no operan a plena capacidad. ¨ Asimismo se evidencia un escaso apoyo al sector pesquero artesanal del ámbito continental especialmente en la construcción e implementación de infraestructuras pesqueras que posibiliten un adecuado desembarque, ma- nipuleo y comercialización de productos hidrobiológicos. Propuestas de Acción § Recomendar al FONDEPES, previa evaluación situa- cional de cada una de las infraestructuras pesqueras arte- sanales existentes, operativizar aquellas que no vienen funcionando a plena capacidad, así como la construcción y equipamiento de otras, priorizando zonas críticas de Costa, Sierra y Selva. § Solicitar al FONDEPES que propenda a la moderni- zación y redimensionamiento de las infraestructuras pes- queras artesanales, preferentemente en lo que correspon- de a las plantas de frío. § Asimismo promover la gestión de los desembarcade- ros pesqueros artesanales como polos de desarrollo local, ampliando la cobertura de sus servicios, propios del sector pesquero. 3. 3 MEDIO AMBIENTE 3.3.1 EFECTOS DE LA CONTAMINACIÓN EN LA PESCA ARTESANAL Problemática ¨ La zona costera del litoral y de aguas continentales donde se ejerce la actividad pesquera artesanal recibe sin ningún tipo de tratamiento las descargas residuales de diversas actividades industriales y de los efluentes domés- ticos de centros poblados adyacentes. ¨ Los esfuerzos aislados de algunas comunidades pes- queras por ejecutar acciones relacionadas con la protección y conservación del medio ambiente marino no consiguen significativos avances al no encontrarse definidos los nive- les máximos permisibles para los principales contaminan- tes de diversas fuentes que afectan la actividad pesquera y acuícola. ¨ Limitada coordinación de política intersectorial. Propuestas de Acción § Sugerir que el Ministerio de Pesquería establezca a la brevedad los limites máximos permisibles de estándares de calidad y ambiental coordinando con los sectores invo- lucrados a fin de que puedan ser ejecutables en el tiempo. § Proponer a la autoridad ambiental o CONAM, pro- mueva una revisión, actualización y armonización de las normas ambientales, de los diferentes sectores productivos a fin de que se tomen medidas coherentes que contribuyan a la solución de la problemática existente sobre el asunto. § Promover en los desembarcaderos pesqueros artesa- nales el cumplimiento de la reglamentación sobre sanidad e higiene de los productos hidrobiológicos durante su manipulación y procesamiento y comprometer a los pesca- dores artesanales a mantener en las mejores condiciones dichos ambientes para evitar la contaminación. IV CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES A. CONCLUSIONES Del análisis de cada uno de los problemas planteados, se pueden priorizar algunos que requieren trazar líneas de acción concertada con todos los agentes vinculados a laactividad pesquera artesanal orientada a la búsqueda de su solución; entre éstas podemos citar: a) Necesidad de una sostenida capacitación de parte del sector pesquero, b) Transferencia tecnológica, c) Repotenciación y equipamiento de infraestructuras pesqueras artesanales, d) Necesidad de líneas de crédito asequibles para el pescador artesanal, y e) Una constante coordinación multisectorial que per- mita superar problemas de orden sanitario y de medio ambiente. f) Fortalecimiento de la Organización Social del Pesca- dor Artesanal con el fin de elevar su nivel cultural, social y económica de su comunidad B. RECOMENDACIÓN Implementar, con niveles de priorización, las propues- tas de acción planteadas, en coordinación con los diversos agentes e instituciones que de una u otra manera tienen injerencia en la solución de la problemática pesquera artesanal, con el objeto de lograr un desarrollo armónico y sostenido de dicha actividad. 24831 Declaran improcedente solicitud de permiso de pesca para operar embar- cación en la extracción de diversos recursos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 087-2001-PE/DNEPP Lima, 31 de mayo del 2001 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00173003 con escrito de fecha 19 de abril del 2001, presentado por JULIA JUANA MARTINEZ DE YATACO. CONSIDERANDO: Que el Artículo 11º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE señala que el régimen de acceso a la actividad pesquera está constituido por las autorizaciones de incremento de flota y los permisos de pesca; asimismo el numeral 12.1 del Artículo 12º del mismo reglamento señala que en caso de recursos plenamente explotados, el Ministerio de Pesque- ría no autorizará incrementos de flota ni otorgará permisos de pesca que conceden acceso a las pesquerías bajo responsabilidad, salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la pesquería de los mismos recursos; Que por Resolución Ministerial Nº 781-97-PE se declaró a los recursos anchoveta y sardina como plenamente explo- tadas limitándose su acceso a la sustitución de igual capacidad de bodega; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "GENESIS" de 68.16 m3 con matrícula Nº CO-15126-CM, en la extracción de los recursos jurel, caballa, anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto utilizando redes de cerco; Que mediante Resolución Directoral Nº 222-2000-PE/ DNE de fecha 22 de setiembre del 2000, se declaró entre otras, la caducidad de la autorización de incremento de flota otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 477-97- PE, para la construcción de la embarcación pesquera "GE- NESIS", con acceso a la extracción de los recursos hidrobio- lógicos cachema, suco, machete y lisa con destino al consu- mo humano directo; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente no cuenta con autorización de incremento de flota para la extracción de los recursos jurel, caballa, anchoveta y sar- dina con la embarcación pesquera "GENESIS", así como que la autorización mencionada otorgada para la construc- ción de la citada embarcación fue caducada mediante la Resolución Directoral Nº 222-2000-PE/DNE antes citada, por lo que resulta improcedente la solicitud del permiso de pesca presentada; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera mediante Informe Nº 103-2001-PE/DNEPP-