Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2001 (19/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de junio de 2001

ONPE
Autorizan a procurador iniciar acciones correspondientes contra presuntos responsables de detencion de vehiculo que trasladaba material electoral procedente de la provincia de Puerto MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 333-2001-J/ONPE MORDAZA, 18 de junio de 2001 VISTA: La Hoja Informativa Nº 015-2001-GCIA/ONPE de la Gerencia de Control Interno y Auditoria; CONSIDERANDO: Que, es funcion esencial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular, manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, segun Carta Nº 072-2001-JODP-HCO de fecha 18 de MORDAZA del 2001, el Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lauz, informa al Gerente de Control Interno y Auditoria sobre la detencion violenta del vehiculo (camioneta) que trasladaba material electoral procedente de la provincia de Puerto MORDAZA, por parte de un grupo de manifestantes, hecho ocurrido en la MORDAZA de MORDAZA el 11 de MORDAZA del 2001; Que, ante los referidos hechos se hicieron presentes miembros de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion de MORDAZA y el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Especializado en Delitos Electorales, quienes procedieron a levantar un Acta de Constatacion del material electoral que era transportado en el citado vehiculo, documento que fue suscrito por el miembro del Ministerio Publico MORDAZA mencionado, por el Comandante PNP MORDAZA MORDAZA Lavillas, Jefe de Central de Multitudes; el Especialista Electoral de la Subsede de Puerto MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA Paul; el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (chofer); el Suboficial PNP MORDAZA MORDAZA Villaba; los candidatos al Congreso de la Republica: Sra. MORDAZA MORDAZA Lu, del Partido Peru Posible; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y otros; dejandose MORDAZA que todo el material electoral, como son: las actas electorales provenientes de los distritos de MORDAZA y Tournavista de la provincia de Puerto MORDAZA, asi como el material de retorno, (anforas, etc.) estaban completos y con las seguridades del caso (lacrados); Que, los danos ocasionados al vehiculo (camioneta rural) MORDAZA Toyota color MORDAZA y de placa Nº RO-5172, estan descritos en el Peritaje Tecnico de Constatacion de Danos, emitido por el Comandante PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fecha 17 de MORDAZA del 2001; Que, los hechos descritos estarian tipificados en los Articulos 354º y 365º del Codigo Penal, referidos a la perturbacion del MORDAZA Electoral, Violencia y Resistencia a la Autoridad y Atentado Contra el Ejercicio Funcional; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Sistema Electoral a cargo de los Asuntos Judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales pertinentes en contra de los que resulten responsables por los hechos ocurridos en la MORDAZA de MORDAZA el 11 de MORDAZA del 2001 segun los fundamentos

expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la Procuraduria Publica del Sistema Electoral para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 25528

MINISTERIO PUBLICO
Establecen conversiones de diversas fiscalias y turno para fiscalias provinciales penales de MORDAZA MORDAZA y Callao
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 461-2001-MP-FN MORDAZA, 18 de junio de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la demarcacion geografica y carga procesal de las Fiscalias Provinciales Descentralizadas de MORDAZA MORDAZA hacen pertinente poner en marcha medidas destinadas a mejorar su funcionamiento para una pronta y eficaz administracion de justicia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64º de la Ley Organica del Ministerio Publico, Decreto Legislativo Nº 052; SE RESUELVE: Articulo Primero.- La conversion de las siguientes fiscalias: a) La Primera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito en el area de MORDAZA en Cuarta Fiscalia Provincial Penal. b) La MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito en el area de MORDAZA en Fiscalia Provincial Especializada en la Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad; c) La Primera y MORDAZA Fiscalias Provinciales de Prevencion del Delito en el area de menores, drogas, alcoholismo, etc., en Primera y MORDAZA Fiscalias Provinciales de Prevencion del Delito. d) La Tercera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito en el area de MORDAZA en Tercera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito, significando que en adelante las Fiscalias Provinciales de Prevencion del Delito conoceran por igual todos los aspectos atinentes a su competencia. Articulo Segundo.- Establecese el Turno Fiscal de siete (7) dias consecutivos para la Primera, MORDAZA, Tercera y Cuarta Fiscalias Provinciales Penales Descentralizadas del distrito de MORDAZA MORDAZA, sistema que entrara en vigencia a horas 08.00 a.m. del lunes 25 del presente mes con la Tercera Fiscalia Provincial Penal. A tal efecto, las Fiscalias Penales adecuaran su accionar a las disposiciones contenidas en los Articulos MORDAZA y Tercero de la Resolucion Nº 153-2001-CT-MP, en cuanto fuere pertinente. Articulo Tercero.- La Fiscalia Provincial Especializada en la Aplicacion del MORDAZA de Oportunidad adecuara su accionar a las disposiciones contenidas en las Resoluciones Nºs. 200 y 266-2001-CT-MP en cuanto fuere pertinente. Articulo Cuarto.- Establecese el Turno Fiscal de siete (7) dias consecutivos para la Primera, MORDAZA y Tercera Fiscalias Provinciales de Prevencion del Delito, sistema que entrara en vigencia el lunes 25 del presente mes con la Primera Fiscalia Provincial. Articulo Quinto.- Encargase a la Gerencia General del Ministerio Publico poner en marcha las acciones necesarias para que la Mesa Unica de Partes de las Fiscalias Provinciales Descentralizadas de MORDAZA MORDAZA

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