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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (19/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 204720 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de junio de 2001 O N P E Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes contra presun- tos responsables de detención de ve- hículo que trasladaba material electo- ral procedente de la provincia de Puer- to Inca RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 333-2001-J/ONPE Lima, 18 de junio de 2001 VISTA: La Hoja Informativa Nº 015-2001-GCIA/ONPE de la Gerencia de Control Interno y Auditoría; CONSIDERANDO: Que, es función esencial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, según Carta Nº 072-2001-JODP-HCO de fecha 18 de abril del 2001, el Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Huánuco, don Pablo Vicente Arturo Castillo Lauz, informa al Gerente de Control Interno y Auditoría sobre la detención violenta del vehí- culo (camioneta) que trasladaba material electoral proce- dente de la provincia de Puerto Inca, por parte de un grupo de manifestantes, hecho ocurrido en la ciudad de Huánuco el 11 de abril del 2001; Que, ante los referidos hechos se hicieron presentes miembros de la Policía Nacional del Perú de la jurisdic- ción de Huánuco y el Dr. Richard Ninaquispe Chávez, Fiscal Provincial Especializado en Delitos Electorales, quienes procedieron a levantar un Acta de Constatación del material electoral que era transportado en el citado vehículo, documento que fue suscrito por el miembro del Ministerio Público antes mencionado, por el Comandante PNP Marino Ríos Lavillas, Jefe de Central de Multitudes; el Especialista Electoral de la Subsede de Puerto Inca, señor Dino Vega Paúl; el Ing. José Luis Rodríguez Ruiz (chofer); el Suboficial PNP Rafael Pérez Villaba; los candidatos al Congreso de la República: Sra. Milagros Huamán Lu, del Partido Perú Posible; doña Luzmila Ponce Huarcaya, y otros; dejándose constancia que todo el material electoral, como son: las actas electorales provenientes de los distritos de Honoria y Tournavista de la provincia de Puerto Inca, así como el material de retorno, (ánforas, etc.) estaban completos y con las segu- ridades del caso (lacrados); Que, los daños ocasionados al vehículo (camioneta rural) marca Toyota color blanco y de placa Nº RO-5172, están descritos en el Peritaje Técnico de Constatación de Daños, emitido por el Comandante PNP Marino Ríos Contreras de fecha 17 de abril del 2001; Que, los hechos descritos estarían tipificados en los Artículos 354º y 365º del Código Penal, referidos a la perturbación del Proceso Electoral, Violencia y Resisten- cia a la Autoridad y Atentado Contra el Ejercicio Funcio- nal; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación y Defensa Judicial del Estado, modifica- do por el Decreto Ley Nº 17667 y Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Sistema Electoral a cargo de los Asuntos Judiciales del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que en representación y de- fensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales pertinentes en contra de los que resul- ten responsables por los hechos ocurridos en la ciudad de Huánuco el 11 de abril del 2001 según los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la Procuraduría Pública del Sistema Electoral para los fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 25528 MINISTERIO PÚBLICO Establecen conversiones de diversas fiscalías y turno para fiscalías provin- ciales penales de Santa Anita y Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 461-2001-MP-FN Lima, 18 de junio de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la demarcación geográfica y carga procesal de las Fiscalías Provinciales Descentralizadas de Santa Anita hacen pertinente poner en marcha medidas destinadas a mejorar su funcionamiento para una pronta y eficaz administración de justicia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052; SE RESUELVE: Artículo Primero.- La conversión de las siguientes fiscalías: a) La Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito en el área de Tránsito en Cuarta Fiscalía Provin- cial Penal. b) La Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito en el área de Tránsito en Fiscalía Provincial Especializada en la Aplicación del Principio de Oportuni- dad; c) La Primera y Segunda Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito en el área de menores, drogas, alcoholismo, etc., en Primera y Segunda Fiscalías Provin- ciales de Prevención del Delito. d) La Tercera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito en el área de Tránsito en Tercera Fiscalía Provin- cial de Prevención del Delito, significando que en adelan- te las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito conocerán por igual todos los aspectos atinentes a su competencia. Artículo Segundo.- Establécese el Turno Fiscal de siete (7) días consecutivos para la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Fiscalías Provinciales Penales Descen- tralizadas del distrito de Santa Anita, sistema que entra- rá en vigencia a horas 08.00 a.m. del lunes 25 del presente mes con la Tercera Fiscalía Provincial Penal. A tal efecto, las Fiscalías Penales adecuarán su accio- nar a las disposiciones contenidas en los Artículos Segun- do y Tercero de la Resolución Nº 153-2001-CT-MP, en cuanto fuere pertinente. Artículo Tercero.- La Fiscalía Provincial Especiali- zada en la Aplicación del Principio de Oportunidad ade- cuará su accionar a las disposiciones contenidas en las Resoluciones Nºs. 200 y 266-2001-CT-MP en cuanto fuere pertinente. Artículo Cuarto.- Establécese el Turno Fiscal de siete (7) días consecutivos para la Primera, Segunda y Tercera Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito, sistema que entrará en vigencia el lunes 25 del presente mes con la Primera Fiscalía Provincial. Artículo Quinto.- Encárgase a la Gerencia General del Ministerio Público poner en marcha las acciones necesarias para que la Mesa Unica de Partes de las Fiscalías Provinciales Descentralizadas de Santa Anita