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Pág. 204719 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de junio de 2001 Que, la Ley Nº 26486, Orgánica del Jurado Nacio- nal de Elecciones confiere a los miembros del Pleno de este Organismo una investidura equivalente a la más alta jerarquía jurisdiccional del país y el alojamiento de los doctores Vela Marquillo y Soto Vallenas debe ser proporcional y expresar esa preeminencia por lo que es procedente dotar a cada magistrado de una habitación individual, lo que representa una diferen- cia de US$ 330.00 por persona por el tiempo del certamen; Que, en el Presupuesto del Jurado Nacional de Elec- ciones, se cuenta con los recursos financieros para aten- der el egreso que genere la presente Resolución; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el gasto total de US$ 1,347.28 (Un mil trescientos cuarenta y siete y 28/100 Dólares Americanos) por concepto de inscripción y costo de material didáctico, pasajes aéreos y tarifa CORPAC, así como la diferencia en el costo de habitación doble (compartida) a sencilla (unipersonal) por persona por los días que durará el certamen, monto total que irrogará al Jurado Nacional de Elecciones el viaje del señor doctor Carlos Vela Marquillo, Miembro Titular del Jurado Na- cional de Elecciones a la República de Costa Rica a fin de participar en el XIX Curso Interdisciplinario de Derechos Humanos. Artículo Segundo.- Autorizar el gasto total de US$ 1,347.28 (Un mil trescientos cuarenta y siete y 28/100 Dólares Americanos) por concepto de inscripción y costo de material didáctico, pasajes aéreos y tarifa CORPAC, así como la diferencia en el costo de habitación doble (compartida) a sencilla (unipersonal) por persona por los días que durará el certamen, monto total que irrogará al Jurado Nacional de Elecciones el viaje del señor doctor Víctor Gastón Soto Vallenas, Miembro Titular del Jurado Nacional de Elecciones a la República de Costa Rica a fin de participar en el XIX Curso Interdisciplinario de Dere- chos Humanos. Artículo Tercero.- El importe del gasto de cada uno de los señores Miembros del Pleno, es de acuerdo al siguiente detalle: -Complemento de hospedaje :US$ 330.00 -Inscripción en el curso Interdisciplinario de Derechos Humanos :US$ 200.00 -Pasajes :US$ 762.28 -Tarifa CORPAC :US$ 55.00 ------------ Total :US$ 1,347.28 Artículo Cuarto.- Los gastos por el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Pre- supuesto del Jurado Nacional de Elecciones, y no da derecho a exoneración de impuesto y otros de distinta clase o denominación. Artículo Quinto.- La suma indicada en el Artículo Primero de esta Resolución se cargará a las Específicas del Gasto 5.3.11.20 "Viáticos y Asignaciones", 5.3.11.32 "Pasajes y Gastos Transporte" y 5.3.11.39 "Otros Servi- cios de Terceros" del Presupuesto del Jurado Nacional de Elecciones 2001. Artículo Sexto.- Las personas indicadas en la presente Resolución deberán efectuar su respectiva rendición de cuentas de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, Artículo 5º y de acuerdo al Artículo 9º referido a la Obligación de pre- sentar Informe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del Jurado Nacional de Elecciones 25526 RESOLUCIÓN Nº 078-2001-P/JNE Lima, 14 de junio del 2001 Vista, la comunicación del Director de la Comisión Andina de Juristas, de fecha 24 de mayo del 2001, dirigi- da a la señora doctora Adelaida Bolívar Arteaga, Miem-bro Titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, comunicándole que ha sido nominada para participar en XII Curso Internacional "Derechos Humanos, Democra- cia y Libertad de Expresión" que se llevará a cabo del 2 al 6 de julio del 2001, en la ciudad de Quito, Ecuador. CONSIDERANDO: Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones me- diante el Acuerdo de fecha 27 de marzo del 2001 autorizó el viaje de la señora doctora Flora Adelaida Bolívar Arteaga, Miembro Titular del Jurado Nacional de Elec- ciones, a la República de Ecuador del 2 al 6 de julio del presente año, para asistir al Curso Internacional mencio- nado en el Visto de la presente Resolución. Que, en los Decretos Supremos Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM se dispone que dentro de una política de austeridad del gasto público, la autorización de viajes al exterior debe sustentarse en el interés específico de la Institución, en este caso el Jurado Nacional de Elecciones. Que, el evento mencionado en el Visto de esta Resolu- ción se producirá un beneficioso intercambio de expe- riencias y conocimientos sobre temas y valores consus- tanciales a las actividades y responsabilidades que com- peten a este organismo electoral. Que, siendo así, existe un evidente interés específico en la participación institucional en el certamen a cele- brarse en la ciudad de Quito, por medio de su más alta autoridad y para tal efecto el Jurado Nacional de Eleccio- nes debe asumir el costo de su inscripción en el citado curso, además de dotársele de los viáticos, pasajes e impuestos por uso de aeropuerto, que le corresponde de acuerdo con la normatividad vigente. Que, en el Presupuesto del Jurado Nacional de Elec- ciones, se cuenta con los recursos financieros para aten- der el egreso que genere la presente Resolución. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el gasto total de US$ 1,765.00 (Un Mil Setecientos Sesenta y Cinco Dólares Americanos) por concepto de siete (7) días de viáticos, pasajes y tarifa CORPAC que irrogará al Jurado Nacio- nal de Elecciones el viaje de la señora doctora Flora Adelaida Bolívar Arteaga, Miembro Titular del Jurado Nacional de Elecciones a la ciudad de Quito en la Repú- blica de Ecuador, a fin de participar en el XII Curso Internacional "Derechos Humanos, Democracia y Liber- tad de Expresión". El importe del gasto total se distribuirá de acuerdo al siguiente detalle: -Inscripción en el curso "Derechos Humanos Democracia y Libertad de Expresión :US$ 100.00 -Viáticos :US$ 1,400.00 -Pasajes :US$ 240.00 -Tarifa CORPAC :US$ 25.00 ------------ - Total :US$ 1,765.00 Artículo Segundo.- Los gastos por el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Jurado Nacional de Elecciones, y no da derecho a exoneración de impuesto y otros de distinta clase o denominación. Artículo Tercero.- La suma indicada en el Artículo Primero de esta Resolución se cargará a las Específicas del Gasto 5.3.11.20 "Viáticos y Asignaciones", 5.3.11.32 "Pasajes y Gastos de Transporte" y 5.3.11.39 "Otros Servicios de Terceros" del Presupuesto del Jurado Nacio- nal de Elecciones 2001. Artículo Cuarto.- La persona indicada en la presen- te Resolución deberá efectuar su respectiva rendición de cuenta de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, Artículo 5º y de acuerdo al Artículo 9º referido a la Obligación de presentar Informe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del Jurado Nacional de Elecciones 25527