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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2001 (03/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 199501 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de marzo de 2001 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Expresan respaldo a la gestión de alcal- desa del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2001 San Martín de Porres, 6 de enero de 2001 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de enero del 2001, el pedido del Regidor Sr. Cliver Ríos Zumaeta de dar el voto de confianza y respaldo a la Gestión de la Sra. Alcaldesa; CONSIDERANDO: Que, a pesar de la grave crisis económica y caos admi- nistrativo que heredó la presente Gestión, y en mérito a la sacrificada y abnegada labor desarrollada durante estos dos años por la Sra. Alcaldesa, Gladys Ugaz Vera, quien con su manejo eficiente de los recursos y servicios ha logrado superar esta problemática recuperando la confian- za de los vecinos hacia sus Autoridades; Que, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres debe convertirse en agente promotor del desarrollo local, basado en sus lineamientos de Gestión; en el cumpli- miento de sus objetivos estratégicos y los principios de transparencia y moralidad; El Concejo Municipal por unanimidad; ACUERDA: Artículo Unico.- Dar el voto de Confianza y Respaldo a la Gestión Municipal que viene conduciendo positiva- mente la Sra. Alcaldesa, GLADYS UGAZ VERA, por su acertada labor Edil que busca alcanzar la modernidad de San Martín de Porres. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 17033 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban adquisición de combustible para la flota vehicular de la municipali- dad mediante el procedimiento de Adju- dicación Directa de menor cuantía RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 225-01/SG-MDS Surquillo, 12 de febrero de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto el Informe Nº 009-01-UA-MDS de fecha 7.2.2001, emitida por la Unidad de Abastecimiento, referido a las declaratorias desiertas de la Adjudicación Directa con Publicación Nº 001-2001/UA-MDS, para la Adquisición de Combustible. CONSIDERANDO: Que, mediante publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano de fecha 21.1.2001, la Municipalidad de Surquillo, convocó al Proceso de Adjudicación Directa con Publicación Nº 001-2001/UA-MDS, para la contratación de una Empre-sa, a fin de que ésta, se encargue de suministrar Combus- tible a la Flota Vehicular de Propiedad Municipal; Que, la Unidad de Abastecimiento señala que con fecha 30.1.2001, se declaró desierto el Proceso de selección deno- minado Adjudicación Directa con Publicación Nº 001-2001/ UA-MDS, por no haberse presentado ningún Postor a dicho Proceso, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º de la Ley Nº 26850; Que, con fecha 30.1.2001 la Municipalidad de Surquillo, publicó en el Diario Oficial El Peruano la Segunda Convo- catoria de la Adjudicación Directa con Publicación Nº 001- 2001/UA-MDS, para la contratación una Empresa, a fin de que ésta, se encargue de brindar el suministro anterior- mente requerido; Que, con fecha 6.2.2001, la Unidad de Abastecimiento, declaró desierto la Adjudicación Directa con Publicación Nº 002-2001/US-MDS, debido a que no se presentó ningún Postor del Proceso de selección, conformidad con lo dis- puesto en el Artículo 32º de la Ley Nº 26850; Que, habiéndose declarado desierto en dos oportuni- dades el Proceso de Selección de la Adjudicación Directa con Publicación Nº 001-2001/UA-MDS, el Artículo 1º del D.S. Nº 037-99-PCM, establece que el Procedimiento de la Adjudicación de Menor Cuantía es aplicable a los Procesos de Adjudicación Directa cuando se declaren desiertos en dos oportunidades, requiriéndose previamente autoriza- ción de la más alta autoridad de la Entidad o de quien cuente con delegación expresa; Que, el Artículo 2º del D.S. Nº 039-98-PCM, señala que para efectos de la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera como la más alta autoridad al titular en la Entidad; Que, el último Párrafo del Artículo 19º de la Ley Nº 26850, establece que las exoneraciones deben hacerse de conocimiento, bajo responsabilidad de la más alta autoridad presupuestal o del Directorio, de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas; y de la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción; Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 26850, complemen- ta la disposición anterior, estableciendo que dichas adquisiciones y contrataciones se realizan mediante el procedimiento de adjudicación directa a que se refiere el último párrafo del Artículo 13º de la Ley Nº 26850 (esto es, mediante adjudicación directa de menor cuan- tía) y se aprobarán mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Con el Visto Bueno de la Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización y en el uso de las atribucio- nes conferidas en el Artículo 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la Ad- judicación Directa con Publicación Nº 001-2001/UA-MDS, para la Adquisición de Combustibles para la Flota Vehicu- lar de la Municipalidad de Surquillo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Admi- nistración para que disponga a la Unidad de Abastecimien- tos el inicio del procedimiento de adjudicación de menor cuantía para la Adquisición de Combustible para la Flota Vehicular de la Municipalidad de Surquillo la cual se encuentra contenido en la Cláusula precedente, de confor- midad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración y la Oficina de Secretaría General poner en conocimiento de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, al Ministe- rio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, así como su debida publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde (e) 19269