Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2001 (03/03/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, sabado 3 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7558

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 199463

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

DECRETOS DE URGENCIA
Facultan a la SBS prorrogar el Regimen de Intervencion al que se encuentran sometidas empresas del sistema financiero cuya transferencia esta siendo promovida por la respectiva CEPRE
DECRETO DE URGENCIA Nº 027-2001 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Urgencia Nº 108-2000 se creo el Programa de Consolidacion del Sistema Financiero destinado a su fortalecimiento; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 024-2001EF/10 se incorporaron articulos al Reglamento Operativo del Programa de Consolidacion del Sistema Financiero aprobado por Resolucion Ministerial Nº 174-2000-EF, con la finalidad de promover la transferencia de las empresas sometidas al regimen de intervencion por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), transferencia que debe realizarse dentro del MORDAZA del mencionado Programa; Que, con la finalidad de proteger los intereses de los depositantes y demas acreedores, resulta necesario adecuar la vigencia del sometimiento a regimen de intervencion de aquellas empresas cuya transferencia, al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 108-2000, venga siendo promovida por la respectiva Comision Especial de Promocion para la Reorganizacion Societaria (CEPRE), de forma tal que se permita finalizar las gestiones iniciadas para tal fin; Que asimismo, la mencionada adecuacion es necesaria en los casos en los cuales la CEPRE encargada MORDAZA recibido memorandum(s) o carta(s) de intencion de entidades bancarias interesadas en participar en procesos de reorganizacion societaria al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 108-2000 con empresas sometidas a Regimen de Intervencion, contando dichas entidades bancarias interesadas con la aprobacion inicial de la SBS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Facultase a la Superintendencia de Banca y Seguros para prorrogar excepcionalmente hasta por 45 dias adicionales a los establecidos en el Articulo 105º de la Ley Nº 26702, el Regimen de Intervencion al cual se encuentren sometidas empresas del sistema financiero cuya transferencia venga siendo promovida por la respectiva Comision Especial de Promocion para la Reorganizacion Societaria (CEPRE). Articulo 2º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 19331

PCM
Declaran en Estado de Emergencia diversos distritos del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 019-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, habiendose determinado una situacion de emergencia debido al exceso de lluvias, que han ocasionado inundaciones en diversos distritos del departamento de MORDAZA, resulta pertinente la adopcion de medidas de apoyo y ayuda; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA CTAR MORDAZA, y otras instituciones y organismos del Estado, requieren de los medios necesarios y oportunos para las acciones de emergencia a favor de las personas que se encuentran en las zonas inundadas a efectos de apoyar a sus pobladores y a la propiedad publica y privada; En uso de las atribuciones que confiere el Art. 137º de la Constitucion Politica del Estado, de conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 19338, Decreto Legislativo Nº 905, Ley Nº 26850 y por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase en Estado de Emergencia por el plazo de sesenta dias, los distritos siguientes: Juliaca de la provincia de San Roman; Taraco, Huatasani, y Vilquechico de la provincia de Huancane; MORDAZA de la provincia de Azangaro; Ilave y Pilcuyo de la provincia de El Collao; Desaguadero, Juli, Huacallani, y Kelluyo de la provincia de Chucuito; Coata y Huatta de la provincia de Puno. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, el Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA, las Municipalidades de las provincias de MORDAZA, San MORDAZA, Huancane, Azangaro, El Collao y Chucuito; el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; el Ministerio de Agricultura; el Fondo de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y demas Instituciones y Organismos del Estado vinculados con las operaciones de emergencia, dentro de su competencia, estan obligados a brindar ayuda a las personas en peligro y realizar las acciones de habilitacion de los servicios e infraestructura publicos necesarios.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.