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Pág. 199475 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de marzo de 2001 objeto de mejorar su eficiencia, productividad y competen- cia administrativa que conlleve a una racionalización del gasto y generar ahorro, sin que para ello se demanden recursos adicionales a los aprobados en el Presupuesto para el año 2001 de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, reestructuración que será aprobada me- diante Decreto Supremo; Que, la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropoli- tana es una Institución Pública dependiente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, a su vez depen- diente del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, la cual a fin de cumplir con sus objetivos dirigidos a contribuir con la reducción de la extrema pobreza en el país coadyuvando con las políticas del Estado que buscan proteger especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en abandono, riesgo social, y/o situación de pobreza, con eficiencia, efectividad, economía y transparencia, requiere ser reestructurada; lo que la optimizará en el cumplimiento de sus fines sociales mediante la atención ágil y eficiente de las demandas de su población objetiva; Que, la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropoli- tana, mediante Resolución Suprema Nº 046-2001-PRO- MUDEH de fecha 14 de febrero del 2001 ha sido declarada en reorganización, al amparo de la Primera Disposición Final del Decreto de Urgencia Nº 128-2000, con efectividad el 28 de febrero del mismo año; Que, habiendo sido derogado el Decreto de Urgencia Nº 128-2000 por la mencionada Ley Nº 27427, es conveniente expedir el correspondiente Decreto Supremo que precise el proceso de reorganización en la que se encuentra comprendida la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana; De conformidad con lo previsto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislati- vo Nº 866 modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; así como por Ley Nº 27427; y, Estando a lo acordado; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese a la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, en proceso de Reestructuración Organizativa Institucional, hasta el 23 de abril del 2001. Artículo 2º.- Facúltese a la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana a que mediante Resolución de Presidencia, con Acuerdo del Directorio, apruebe un nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF; reformule su Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presu- puesto Analítico de Personal - PAP, sin exceder los montos señalados para su Presupuesto del año 2001. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Economía y Finanzas y Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 19333 Dan por concluida designación de miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 105-2001-PROMUDEH Lima, 1 de marzo de 2001CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transferen- cia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Resolución Ministerial Nº 080-97-PRO- MUDEH de fecha 5 de junio de 1997, se designó al Ing. Leopoldo Alejandro Rondón Fudinaga como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa, en representación del Ministerio de PROMU- DEH; Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo Nº 26918, establece que los Direc- tores de las Sociedades de Beneficencia Pública y Jun- tas de Participación Social, continúan en sus funciones, mientras no sean expresamente removidos de sus car- gos, resultando necesario dar por concluida la mencio- nada designación; De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Legisla- tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dar por concluida, en vías de regula- rización, a partir del 8 de enero del 2001, la designación del Ing. LEOPOLDO ALEJANDRO RONDON FUDINAGA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficen- cia Pública de Arequipa, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 19292 Ratifican miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo en representación del Minis- terio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2001-PROMUDEH Lima, 1 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe- rencia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participa- ción Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que mediante Resolución Ministerial Nº 134-99-PRO- MUDEH de fecha 16 de abril de 1999, se designó al señor Daniel Marshall Hurtado de Mendoza Chau como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo en representación del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que es necesario ratificar en el cargo de Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chi- clayo a la persona antes indicada; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH;