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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2001 (03/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 199479 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de marzo de 2001 Supremo Nº 017-99-MTC no se encuentran comprendidas dentro de los alcances del presente Reglamento. Segunda. - La Dirección General, previa información de los Administradores Portuarios y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas o del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), evaluará el comportamiento de los servicios de transporte marítimo y conexos en bahía y áreas portuarias, a efectos del cumplimiento de lo dispues- to por el Art. 3º del presente Reglamento, pudiendo racio- nalizar las Licencias de tales servicios, si las condiciones operativas y de seguridad lo ameritan. Tercera.- La Dirección General está facultada para adoptar las acciones o dictar disposiciones y/o directivas que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento y aplicación de las disposiciones del presente Reglamento. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las personas naturales o jurídicas que a la expedición del Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC se encuentren prestando Servicios de Transporte Marítimo y Conexos en Bahía y Áreas Portuarias, se adecuarán a las disposiciones del presente Reglamento, dentro de un plazo de noventa (90) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha en que éste entre en vigencia. Segunda.- Vencido el plazo a que se refiere la Disposi- ción Transitoria precedente: a. Quedarán prohibidas de continuar prestando servi- cios de Transporte Marítimo y Conexos en Bahía y Areas Portuarias, las personas naturales y jurídicas a que se refiere la disposición anterior. b. La Dirección General coordinará con la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú para que de acuerdo a las funciones que tiene asignada por ley, prohíba operaciones en bahía y áreas portuarias de las Embarcaciones o artefactos nava- les de propiedad de las personas naturales o jurídicas que no hubieran dado cumplimiento a la Primera Disposición Transitoria, o nuevas que no cuentan con la correspondien- te Licencia. Tercera.- La Dirección General, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario expedirá el Reglamento de Infracciones y Sanciones a que se refiere el presente Reglamento. 19250 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Chimbote RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 181-2001-MTC/15.18 Lima, 27 de febrero de 2001 VISTOS, los expedientes de Registros Nºs. 2001-000515, 006143 y 006141 de fechas 16 de enero y 5 de febrero del 2001, organizados sobre concesión de ruta del servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasaje- ros por carretera en ómnibus, solicitado por la empresa TRANSPORTE CRUZ DEL NORTE S.A.C., Informe Técni- co Nº 105-2001-MTC/15.18.04.1 y Memorándum Nº 488- 2001-MTC/15.18.04 de la Dirección de Transporte de Pasa- jeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANSPORTE CRUZ DEL NORTE S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos, soli- cita el otorgamiento de concesión de ruta: Lima-Chimbote y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentación presentada según Informe Técnico Nº 105-2001-MTC/ 15.18.04.1 concluyendo que la referida empresa ha cumpli- do con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memo- rándum Nº 488-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 210-2001-MTC/15.18.01 ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la empresa TRANS- PORTE CRUZ DEL NORTE S.A.C. la concesión de ruta: Lima-Chimbote y viceversa, para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - CHIMBOTE y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CHIMBOTE ITINERARIO :CHANCAY-HUACHO-BARRANCA-HUAR- MEY-CASMA ESCALA COMERCIAL :CASMA FRECUENCIAS :Dos (2) diarias en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus UQ-1201 (1992) y UO-7873 (1994) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus UO-8146 (1995) HORARIOS :Salidas de Lima: 09.00 y 23.00 horas Salida de Chimbote: 09.00 y 23.00 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas con relación al año de fabricación de los vehículos antes mencionados. Segundo.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segun- do párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 19268 CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL Disponen el traslado de magistrado a la sede de la Corte Superior de Justicia de Tumbes RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 039-2001-CT-PJ Lima, 2 de marzo del 2001