TEXTO PAGINA: 14
Pág. 199516 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de marzo de 2001 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO, en sesión de la fecha, con el voto Unánime de sus miembros; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son competentes para nor- mar y controlar las actividades relacionadas con el sanea- miento ambiental dentro de su jurisdicción; Que, el parqueo vehicular está creciendo a niveles eleva- dos, siendo por el contrario, el nivel de renovación muy bajo, provocando esta circunstancia el continuo aumento de emisio- nes de gases tóxicos generados por estos vehículos; Que, un aspecto importante de la función municipal es establecer medidas para eliminar o reducir la contamina- ción del aire generada por la descarga de contaminantes, gases tóxicos emitidos por los vehículos; Que, es necesario proteger y conservar la calidad del aire, a fin de garantizar un ambiente saludable, ecológicamente equili- brado y adecuado para el desarrollo de la vida, satisfaciendo las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras; Que, de conformidad con lo previsto en el Art.2º, Inc. 22) de la Constitución Política del Perú; Art. 1º, Inc. 4) del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; Arts. 53º y 54º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial; Código de Tránsito y Seguridad Vial aprobado por el Decreto Legislativo Nº 429; Arts. 36º y 66º, Incs. 3) y 1) respectivamente de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º, Inc.6) de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, ha emitido la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- PROHIBIR la descarga de contami- nantes que alteren la atmósfera, provenientes de fuentes móviles, fuera de los límites permisibles tal como se establecen en el ANEXO I, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Oficilizar el empleo de analizadores de gases infrarrojos para la emisión de CO y HC, así como el empleo del dispositivo denominado “Cartas Modificadas de Ringel- mann” para determinar los porcentajes de densidad óptica en evaluación de contaminantes visibles, así mismo el método de filtro de papel según escala de tonos grises de Bacharach. Artículo Tercero .- La Municipalidad dispondrá direc- ta o indirectamente a través de terceros de programas de fiscalización en la vía pública de manera permanente. Artículo Cuarto .- Los propietarios de los vehículos motorizados que excedan los límites máximos permisibles de emisión de gases serán sancionados con multas confor- me a lo establecido en la Ordenanza Nº 061-94/MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Automotores y otros 5 % UIT Combis, Camionetas y similares 10 % UIT Camiones, Omnibus y Microbuses 20 % UIT En caso que el Infractor se oponga a la medición o fugue, se hará acreedor a una multa equivalente al 20% de la UIT. Artículo Quinto .- Los infractores que cumplan con el pago de la multa dentro de los 7 días calendario, a partir del dia siguiente de emitida la misma, podrán acogerse a una reducción del 50%. Artículo Sexto .- Las multas que no sean pagadas oportunamente pasarán a ser cobradas coactivamente. Artículo Sétimo .- Encargar a la División de Sanea- miento Ambiental, Oficina de Administración Tributaria, Unidad de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa GRUPO A: Fabricación de 1997 en adelante. Máxima emisión según sistemas de medición permitidos Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %V PPM BACHARACH permitidos (UB) Nivel máximo permisible 0,5 250 2 4MODO DE APLICACIÓN GRADUAL EN EL TIEMPO Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %VOL PPM BACHARACH permitidos Nivel máximo permisible hasta 31/3/2001 3.0 400 2 4 Nivel máximo permisible hasta 30/6/2001 2.5 300 2 4 Nivel máximo permisible hasta 31/12/2001 2.0 300 2 4 GRUPO B: Fabricación de 1980 a 1996 Máxima emisión según sistemas de medición permitidos Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %V PPM BACHARACH permitidos (UB) Nivel máximo permisible 1,1 400 2 4 MODO DE APLICACIÓN GRADUAL EN EL TIEMPO Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %VOL PPM BACHARACH permitidos Nivel máximo permisible hasta 31/3/2001 4.0 450 2 4 Nivel máximo permisible hasta 30/6/2001 3.5 400 2 4 Nivel máximo permisible hasta 31/12/2001 3.0 350 2 4 GRUPO C: Vehículos gasolineros cuya fabricación fuera anterior a 1980 Máxima emisión según sistemas de medición permitidos Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %V PPM BACHARACH permitidos (UB) Nivel máximo permisible 3,8 450 2 4 MODO DE APLICACIÓN GRADUAL EN EL TIEMPO Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %VOL PPM BACHARACH permitidas Nivel máximo permisible hasta 31/3/2001 6.0 800 2 4 Nivel máximo permisible hasta 30/6/2001 5.0 600 2 4 Nivel máximo permisible hasta 31/12/2001 4.5 500 2 4 Nivel máximo permisible hasta 30/6/2001 4.0 450 2 4 VEHICULOS CON MOTOR DIESEL Máxima emisión de gases de escape de combis, micros y ómni- bus. Escalas de CO HC RINGELMANN UNIDADES medición %VOL PPM BACHARACH permitidos Nivel máximo permisible 4,5 900 2 5