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Pág. 199510 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de marzo de 2001 prórroga de su permiso de pesca, otorgada mediante Reso- lución Directoral Nº 042-2001-PE/DNE; Que conforme a lo informado por la Dirección de Nor- mas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 064-2001-PE/DNPP-Dn, del 26 de febrero del 2001 y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43º, inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca; los Artículos 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; las Resoluciones Ministeriales Nº 289-2000-PE y Nº 332-2000-PE y el Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar a SIETE MARES S.A.C., repre- sentante legal en el Perú del armador japonés WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operación de la planta de congelado a bordo de la embarcación pesquera denominada "WAKASHIO MARU Nº 85", con una capaci- dad instalada de 75 t/día, otorgada por Resolución Direc- toral Nº 005-2001-PE/DNPP renovada por Resoluciones Directorales Nºs. 018-2001-PE/DNPP y 049-2001-PE/ DNPP, por un plazo de vigencia que vencerá el 2 de marzo del año 2001. Artículo 2º.- SIETE MARES S.A.C. deberá operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordena- miento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto, así como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contamina- ción marina. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 19326 Renuevan a Gyoren del Perú S.A.C. licencias de operación de plantas de congelado a bordo de embarcaciones pesqueras RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 059-2001-PE/DNPP Lima, 1 de marzo del 2001 Visto el escrito de Registro Nº CE-00121003, presenta- do el 15 de febrero del 2001 por la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 048-2001-PE/ DNPP, de fecha 15 de febrero del 2001, se otorgó a GYO- REN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KANESHIGE SUISAN YUGEN KAIS- HA, licencia de operación de su planta de congelado a bordo de la embarcación pesquera de bandera japonesa "KANES- HIGE MARU Nº 25", con la capacidad instalada de 71 t/día; Que mediante Resolución Directoral Nº 045-2001-PE/ DNE, del 20 de febrero del 2001, se prorrogó el permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 016-2001-PE/ DNE, a GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KANESHIGE SUISAN YUGEN KAISHA, para operar la embarcación pesquera citada en el considerando anterior, en la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), con vigencia hasta el 5 de marzo del 2001; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la ampliación del plazo de vigencia de la licencia de opera-ción de su planta de procesamiento pesquero a bordo de la embarcación pesquera de bandera japonesa denominada "KANESHIGE MARU Nº 25", para desarrollar la actividad de congelado; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se concluye que la empresa GYO- REN DEL PERU S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000- PE, para el otorgamiento de la licencia de operación de la planta de congelado a bordo de la embarcación citada en el primer considerando, por lo que resulta procedente reno- var dicha licencia, la que tendrá vigencia hasta el término de la prórroga de su permiso de pesca, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 045-2001-PE/DNE; Que conforme a lo informado por la Dirección de Nor- mas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 067-2001-PE/DNPP-Dn, del 26 de febrero del 2001 y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43º, inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca; los Artículos 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; las Resoluciones Ministeriales Nº 289-2000-PE y Nº 332-2000-PE y el Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar a GYOREN DEL PERU S. A. C., representante legal en el Perú del armador japonés KA- NESHIGE SUISAN YUGEN KAISHA, la licencia de opera- ción de la planta de congelado a bordo de la embarcación pesquera, "KANESHIGE MARU Nº 25", con una capacidad instalada de 71 t/día otorgada por Resolución Directoral Nº 048-2001-PE/DNPP, del 15 de febrero del 2001, por un plazo de vigencia que vencerá el 5 de marzo del año en curso. Artículo 2º.- GYOREN DEL PERU S. A. C, deberá operar su planta de procesamiento de recursos hidrobio- lógicos con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relati- vas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que ase- guren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto, así como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminación marina. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 19327 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 060-2001-PE/DNPP Lima, 1 de marzo del 2001 Visto el escrito de Registro Nº CE-00064002 del 16 de febrero del 2001, presentado por GYOREN DEL PERU S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 032-2001-PE/ DNPP de fecha 8 de febrero del 2001, se otorgó a GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KUMAGAI GYOGYO KABUSHIKI KAIS- HA, licencia para la operación de la planta de congelado a bordo de la embarcación pesquera japonesa denominada "HAMAZEN MARU Nº 68" con la capacidad instalada de 83 t/día; Que mediante Resolución Directoral Nº 047-2001-PE/ DNE, del 21 de febrero de 2001, se prorrogó el permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 017-2001-PE/ DNE a GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KUMAGAI GYOGYO