Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2001 (07/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Designan Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 091-2001-EM/VMM MORDAZA, 23 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 015-2001EM/VMM, de fecha 8 de enero de 2001, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto Geologico Minero y Metalurgico INGEMMET; Que, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha comunicado que su designacion como Vicepresidente del Consejo Directivo del INGEMMET es implicante con el cargo de Rector de la Universidad Nacional de Ingenieria que actualmente desempena; Que, en consecuencia, es pertinente dejar sin efecto la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente del Consejo Directivo del INGEMMET y designar en su reemplazo al Ing. MORDAZA MORDAZA Quinteros, como Vicepresidente del Consejo Directivo del INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y por el Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET aprobado por Resolucion Ministerial Nº 137-93-EM/VMM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 8 de enero de 2001, la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET, realizada mediante Resolucion Ministerial Nº 015-2001-EM/VMM. Articulo 2º.- Designar, a partir del 8 de enero de 2001, al Ing. MORDAZA MORDAZA Quinteros, como Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 19516

Que, de acuerdo al Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, modificado por el D.S. Nº 052-99-EM, el Registro Publico de Mineria determinara los ingresos por derecho de vigencia y penalidad hasta el mes anterior; Que, por Oficio Nº 177-01-RPM/J del 22 de febrero del 2001, el Registro Publico de Mineria informa a la Direccion General de Mineria, que durante el mes de enero del 2001 se han registrado las boletas de deposito del Banco Wiese Sudameris por concepto de nuevos petitorios efectuados durante dicho mes, asi como de antiguos derechos por las sumas de US$ 116,956.77 (Ciento Dieciseis Mil Novecientos Cincuenta y Seis y 77/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 216,628.48 (Doscientos Dieciseis Mil Seiscientos Veintiocho y 48/100 Nuevos Soles), las mismas que se encuentran debidamente sustentadas; Que, el Registro Publico de Mineria ha efectuado los descuentos por concepto de saldos pendientes, ajustes por descuentos indebidos y emision de certificados de devolucion por un monto total neto de US$ 15,360.65 (Quince Mil Trescientos Sesenta y 65/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 1,919.28 (Mil Novecientos Diecinueve y 28/100 Nuevos Soles), resultando un importe neto por asignar de US$ 101,596.11 (Ciento Un Mil Quinientos Noventa y Seis y 11/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 218,547.76 (Doscientos Dieciocho Mil Quinientos Cuarenta y Siete y 76/100 Nuevos Soles); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios Mineros asi como de Antiguos Derechos Mineros correspondiente al mes de enero del 2001, a las Municipalidades Distritales y Provinciales que se detallan en los anexos que forman parte de la presente Resolucion, siendo los montos como sigue:
ENTIDADES GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES EXTREMA POBREZA TOTAL S/. 73,061.50 73,061.50 325.71 146,448.71 US$ 21,203.28 21,414.67 29,757.00 72,374.95

Asignan monto recaudado por concepto de derecho de vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mineros a diversas municipalidades, correspondiente al mes de enero del ano 2001
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 025-2001-EM/DGM MORDAZA, 1 de marzo de 2001 Visto, el Oficio Nº 177-01-RPM/J del Registro Publico de Mineria de fecha 22 de febrero del 2001; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, modificado por el Articulo 5º del D.S. Nº 052-99EM, la Direccion General de Mineria asignara los montos que le correspondan a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a que se refieren los incisos a), b) y c) del Articulo 57º de la Ley; Que, de conformidad con el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la penalidad, se distribuiran un 40% a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesion afecta y el 35% a las Municipalidades Distritales del departamento o departamentos donde se encuentra localizado el petitorio o la concesion afecta y cuyas poblaciones esten calificadas como de extrema pobreza;

Articulo 2º.- La utilizacion de los recursos MORDAZA mencionados correspondiente al Derecho de Vigencia asignados a las Municipalidades, estara sujeto a lo dispuesto por los Articulos 97º y 99º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades y al Decreto de Urgencia Nº 036-95. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion al Registro Publico de Mineria para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 4º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano para conocimiento de las Municipalidades que se senalan en los anexos que forman parte de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Director General de Mineria ANEXO A GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS
De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art. 1º del D.U. Nº 036-95, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia durante el mes de enero del 2001 a las siguientes Municipalidades Provinciales: DPTO. / PROV. MORDAZA BOLOGNESI MORDAZA HUARMEY RECUAY MORDAZA ANDAHUAYLAS COTABAMBAS GRAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONDESUYOS ISLAY S/. 2,087.63 508.55 1,405.50 480.07 0.00 0.00 0.00 0.00 907.70 0.00 0.00 U.S. $ 1,301.35 0.00 0.00 0.00 200.00 4,266.44 633.56 18.00 0.00 1,000.00 40.00

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