TEXTO PAGINA: 31
Pág. 199989 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de marzo de 2001 Aprueban documento denominado "Normas del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los Estableci- mientos del Ministerio de Salud" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2001-SA/DM Lima, 7 de marzo del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 0670-02-2001, de la Dirección General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud en el marco de los Linea- mientos de Política viene realizando esfuerzos para que sus establecimientos puedan ofrecer servicios equitati- vos, eficaces y oportunos, en tal sentido se ha elaborado un documento normativo que establece los procedimien- tos técnico - administrativos que permitan referir y con- trarreferir con oportunidad y eficiencia a los usuarios, teniendo en consideración la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y la complejidad de la deman- da; Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 71º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA, la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico encargado de normar, regular, supervisar, eva- luar y difundir las normas de materia de salud; Estando a lo opinado por la Dirección General de Salud de las Personas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 584 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º Aprobar el documento denominado "NORMAS DEL SISTEMA DE REFERENCIA Y CONTRARREFE- RENCIA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINIS- TERIO DE SALUD" y sus respectivos anexos y formatos que forman parte de la presente resolución. 2º Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud, la difusión y supervisión del cumplimiento del documento normativo aprobado en el numeral anterior. 3º Las Direcciones Regionales, y Subregionales de Salud del país quedan encargadas de su aplicación y monitoreo. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 19900 Aprueban instrumento normativo de- nominado "Actualización de la Doctri- na, Normas y Procedimientos para el Control de la Tuberculosis en el Perú" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2001-SA/DM Lima, 7 de marzo del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 5296/12-2000, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Artículo 76º de la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, la Autoridad de Salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr elcontrol y erradicación de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional; Que mediante Resolución Ministerial Nº 759-95-SA/ DM, de fecha 27 de octubre de 1995, se aprobó el Instru- mento Normativo "Actualización de la Doctrina, Normas y Procedimientos para el Control de la Tuberculosis en el Perú", de aplicación obligatoria en el territorio nacional; Que estando a la prerrogativa establecida en el Artí- culo 71º literal b) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA, la Dirección General de Salud de las Personas, ha elaborado un nuevo Instrumento Nor- mativo denominado: "Actualización de la Doctrina, Nor- mas y Procedimientos para el Control de la Tuberculosis en el Perú"; Que siendo necesario actualizar las disposiciones téc- nico normativas, que garanticen una eficiente atención integral de las necesidades de salud de la población afectada por tuberculosis, resulta conveniente aprobar el Instrumento Normativo propuesto; Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4º de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, Decreto Legislativo Nº 584; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º Aprobar el Instrumento Normativo denominado "Actualización de la Doctrina, Normas y Procedimientos para el Control de la Tuberculosis en el Perú", de aplica- ción obligatoria en todo el territorio nacional. 2º La Dirección General de Salud de las Personas, a través del Programa de Control de Enfermedades Trans- misibles - Control de la Tuberculosis, supervisará y evaluará el debido cumplimiento de estas normas en los servicios de salud a nivel nacional. 3º Las Direcciones de Salud están obligadas a velar por el cumplimiento del mencionado Instrumento Normativo, informando regularmente al efecto a la Di- rección del Programa de Control de Enfermedades Trans- misibles - Control de la Tuberculosis, de la Dirección General de Salud de las Personas. 4º Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 759- 95-SA/DM. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 19901 Declaran infundada apelación contra resolución que sancionó con cese tem- poral a servidora del Hospital María Auxiliadora RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0016-01-DISA-II-LS/DG Lima, 4 de enero del 2001 Visto, el Oficio Nº 431-00-HAMA-UP/DG del Hospital "María Auxiliadora" mediante el cual eleva el recurso impugnativo de apelación de la TAP doña Shirley Giovan- na Irrazabal Llerena, contra la R.D. Nº 328-2000-HAMA- DG del 18 de octubre del 2000. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 328-2000- HAMA-OGA del Hospital "María Auxiliadora", se impuso sanción disciplinaria de cese temporal, sin goce de remu- neraciones por doce (12) meses a la TAP doña Shirley Giovanna Irrazabal Llerena con cargo de auxiliar de nutrición I, categoría remunerativa SAC, por haber incu- rrido en falta de carácter disciplinario tipificada en los incisos a), d) y h) del Art. 28º, Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que, contra la mencionada resolución la recurrente interpone recurso de apelación argumentando que es excesiva e injusta la sanción impuesta pues la fuga de la