Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2001 (23/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200315

Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del referido Texto Unico Ordenado faculta al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, modificar mediante Resolucion Jefatural las fechas limites fijadas en su Articulo 3º, previa evaluacion tecnica realizada por la Comision Ad Hoc del Reglamento del Cultivo en cada valle; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 622-2000AG de fecha 24 de agosto del 2000, se ha modificado el Articulo 3º del citado Texto Unico Ordenado, fijandose como fecha limite de siembra y de matada y quema para algodones hibridos en el MORDAZA del Alto MORDAZA del 31 de marzo al 30 de MORDAZA y del 1 al 30 de noviembre, respectivamente; Que, mediante Informe Tecnico del visto se informa que a traves del Oficio Nº 218-2001-CTAR PIURA-DRAP-OPA del 26 de enero de 2001 la Direccion Regional Agraria MORDAZA ha remitido la propuesta de modificacion de las fechas limites para la siembra, matada y quema de algodones hibridos en el MORDAZA del Alto MORDAZA, luego que esta fue analizada por la Comision Ad Hoc del Reglamento del Cultivo del Algodonero del MORDAZA del Alto Piura; Que, la citada Comision Ad Hoc, en su reunion del 16 de enero de 2001; ha llegado al acuerdo en proponer la modificacion de la fecha limite de siembra de algodones hibridos en el MORDAZA del Alto MORDAZA del 1 al 30 de marzo; para tal efecto, presentando como argumentos el MORDAZA aprovechamiento del recurso hidrico y de manera oportuna, la no existencia de semilleros registrados de algodon Pima para la presente MORDAZA en el MORDAZA en mencion y entre otros; Que, el Comite Departamental de Semillas de MORDAZA - CODESE MORDAZA, mediante Oficio Nº 038-01CODESE-P-GT de fecha 5 de marzo de 2001 en atencion a lo solicitado por la Direccion General de Sanidad Vegetal del SENASA, sobre el area de semilleros de algodon Pima para la presente MORDAZA en el departamento de MORDAZA, confirma la no existencia de MORDAZA semilleros registrados para el MORDAZA del Alto Piura; Con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar solo para la presente MORDAZA la fecha limite de siembra y de matada y quema de algodon hibrido en el MORDAZA del Alto MORDAZA, tal como se detalla a continuacion:
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Variedad Alta Siembra Matada/quema MORDAZA limpio 1 Nov. al 28 Feb.

Ministerial Nº 622-2000-AG y en el Articulo 31º del TUO del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 20461

ECONOMIA Y FINANZAS
Nombran Comite Especial encargado del MORDAZA de promocion de la inversion privada en la Empresa Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 186-2001-EF MORDAZA, 22 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 338-93-PCM de fecha 20 de agosto de 1993, se incluyo a la empresa Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A. en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674; asimismo, se constituyo el Comite Especial encargado de llevar adelante dicho proceso; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2001-EF de fecha 18 de enero de 2001 se acepto la renuncia del presidente y miembros del Comite Especial encargado del MORDAZA de promocion de la inversion privada en la referida empresa; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 674, Ley Nº 27111 y Resolucion Suprema Nº 547-2000-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al Comite Especial encargado de llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion privada en la empresa Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A., el cual estara integrado por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA Cavalerino, quien lo presidira - Electro Ceballos Gargurevich - MORDAZA Duany MORDAZA

Hibridos 1 al 30 Marz. 1 al 30 de Oct.

Articulo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Resolucion, seran sancionados conforme a lo establecido en el inciso a) del Articulo 3º de la Resolucion

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados.

LA DIRECCION

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