Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2001 (23/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2001

Aprueban diversas donaciones efectuadas a favor del Ministerio de Salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 190-2001-EF MORDAZA, 22 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, Catholic Medical Mission Board, Inc. de New MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA a traves de Caritas del Peru ha efectuado una donacion a favor del Ministerio de Salud consistente en vacunas utilizadas en el Programa MORDAZA de Inmunizaciones; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, la donacion efectuada por Catholic Medical Mission Board, Inc. de New MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA a traves de Caritas del Peru, a favor del Ministerio de Salud consistente en 36 cartones conteniendo vacunas contra el sarampion, paperas y rubeola, conforme senala la Resolucion Directoral Nº 139-97-SA/OFICE de fecha 3 de setiembre de 1997 del Ministerio de Salud, el Certificado de Donacion Nº 97-SHP-101 de fecha 16 de MORDAZA de 1997 de Catholic Medical Mission Board, Inc. y la Carta Aclaratoria Nº CRSPE/0395-00/DIR de fecha 21 de setiembre del ano 2000 de Catholic Relief Services USCC - Peru, con un peso aproximado de 1 060 kgs., segun Guia Aerea Nº 045-1701 6171 de LanChile. Donacion utilizada en el Programa MORDAZA de Inmunizaciones. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA COSTA Ministro de Trabajo y Promocion Social Encargado de la Cartera de Salud 20498 RESOLUCION SUPREMA Nº 191-2001-EF MORDAZA, 22 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA Church of Christ de Valdosta, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado una

donacion a favor de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, consistente en diversos bienes destinados para realizar una MORDAZA medica en el Asentamiento Humano Las MORDAZA de MORDAZA en San MORDAZA de Miraflores; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, la donacion efectuada por MORDAZA MORDAZA Church of Christ de Valdosta, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a favor de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, consistente en medicamentos, ropa usada, libros, juguetes y otros bienes cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en la Resolucion Directoral Nº 251-98SA/OFICE de fecha 27 de noviembre de 1998 modificada por la Resolucion Directoral Nº 234-99-SA/OFICE de fecha 24 de noviembre de 1999 del Ministerio de Salud, la Carta de Donacion de MORDAZA MORDAZA Church of Christ de Valdosta, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA de fecha 14 de MORDAZA de 1998 y la Carta de MORDAZA MORDAZA Church of Christ - Latin American Missions de fecha 20 de setiembre del ano 2000. Donacion destinada para realizar una MORDAZA medica en el Asentamiento Humano Las MORDAZA de MORDAZA en San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA COSTA Ministro de Trabajo y Promocion Social Encargado de la Cartera de Salud 20499 RESOLUCION SUPREMA Nº 193-2001-EF MORDAZA, 22 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, The Brother's Brother Foundation de Pittsburgh, Pennsylvania, Estados Unidos de MORDAZA a traves de Peruvian American Medical Society, INC., de New MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado una donacion a favor del Ministerio de Salud consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion

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