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Pág. 200499 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de marzo de 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0418-2001-IN-1501 Lima, 27 de marzo del 2001 De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Interior, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 e inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: NOMBRAR Subprefecto de la provincia de Purús del departamento de Ucayali, al señor Pedro QUINTEROS ROJAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 20876 JUSTICIA Autorizan a asociaciones funcionar como centros de conciliación en las ciudades de Lima y Arequipa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 066-2001-JUS Lima, 23 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 20018 de fecha 18 de diciembre de 2000, de la asociación denominada Centros de Conciliación y Arbitraje Francisco del Castillo; CONSIDERANDO: Que la asociación denominada Centros de Conciliación y Arbitraje Francisco del Castillo es una asociación civil que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliación denominado Centro de Conciliación Francisco del Castillo; Que la recurrente cumple con los requisitos estable- cidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 179-2001/DM- STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es perti- nente atender la solicitud de la asociación denominada Centros de Conciliación y Arbitraje Francisco del Castillo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Concilia- ción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la asociación Centros de Conciliación y Arbitraje Francisco del Castillo a funcionar como Centro de Conciliación denominado Centro de Conci- liación Francisco del Castillo con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 20599 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 067-2001-JUS Lima, 23 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 15184-2000, de fecha 6 de octubre de 2000, de la asociación Instituto de Derecho, Educación y Paz - IDEPAZ; CONSIDERANDO: Que la asociación Instituto de Derecho, Educación y Paz - IDEPAZ; es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conci- liación denominado "Centro de Conciliación Extrajudicial José Luis Bustamante y Rivero", con sede en la ciudad de Arequipa; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 28 de febrero de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estable- cidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 176-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación Instituto de Derecho, Educación y Paz - IDEPAZ; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Instituto de Derecho, Educación y Paz - IDEPAZ, a funcionar como Centro de Conciliación denominado "Centro de Concilia- ción Extrajudicial José Luis Bustamante y Rivero", con sede en la ciudad de Arequipa. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 20600 PESQUERÍA Dejan sin efecto suspensión de admi- sión de solicitudes de permisos de pesca para la recolección y siega del recurso "aracanto" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2001-PE Lima, 26 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que corresponde al Ministerio de Pesquería establecer las normas para preservar y explotar racionalmente los recursos hidrobiológicos, conforme a los Artículos 9º y 10º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Que mediante Resolución Ministerial Nº 007-99-PE del 11 de enero de 1999 se suspendió en forma temporal la admisión de solicitudes de permiso de pesca para la siega y recolección de su ambiente natural del recurso algas marinas que se realiza en el litoral peruano, a excepción de las referidas a las especies pertenecientes a los géneros