Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2001 (28/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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escrito y por via diplomatica, de su intencion de denunciarlo. La denuncia surtira efectos transcurridos seis meses, contados a partir de la fecha de notificacion. En fe de lo cual, las Partes suscriben el presente Acuerdo en unidad de acto, en dos ejemplares de identico tenor literal, en la MORDAZA de MORDAZA, el 18 de enero del ano 2001. Por la Republica del Peru MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores Por la Republica del Ecuador HEINZ MOELLER FREILE Ministro de Relaciones Exteriores 20880

MTC
Modifican resolucion que otorgo a Aeroparacas S.A. permiso de operacion para prestar servicio de transporte aereo especial turistico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 029-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 20 de febrero del 2001 Vista la solicitud de AEROPARACAS S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Especial - Turistico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 052-98-MTC/ 15.16 del 24 de MORDAZA de 1998 se concedio a AEROPARACAS S.A., Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Especial - Turistico, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del 9 de MORDAZA de 1998, siendo modificada a traves de la Resolucion Directoral Nº 016499-MTC/15.16 del 1 de setiembre de 1999, en el sentido de incrementar el material aeronautico; Que, AEROPARACAS S.A., en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion, solicita ampliar su material aeronautico con el equipo Cessna T210N; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 03622000-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorandum Nº 026-2001-MTC/15.16.06, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; Memorandum Nº 034-2001-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdireccion de Aeronavegabilidad; Memorandum Nº 018-2001-MTC/ 15.16.05.3, emitido por la Subdireccion de Operaciones; MORDAZA de Inscripcion, emitida por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento; y las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo"; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el extremo pertinente del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 052-98-MTC/15.16 del 24 de MORDAZA de 1998, modificada a traves de la Resolucion Directoral Nº 0164-99-MTC/15.16 del 1 de setiembre de 1999, que otorgo a AEROPARACAS S.A., Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Especial - Turistico, de acuerdo al siguiente detalle: "MATERIAL AERONAUTICO: Cessna 172A Cessna 175B Cessna 172G Cessna T210N."

Remiten al Congreso de la Republica la documentacion referente al "Convenio sobre Responsabilidad Internacional por Danos Causados por Objetos Espaciales"
RESOLUCION SUPREMA Nº 150-2001-RE MORDAZA, 27 de marzo de 2001 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente al "Convenio sobre Responsabilidad Internacional por Danos causados por Objetos Espaciales", suscrito por el Peru el 10 de MORDAZA de 1972, en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas, para los efectos a que se contraen los Articulos 56º y 102º, inciso 3), de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 20886

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 006-2001-TR Mediante Oficio Nº 152-2001-SCM-PR, se solicita publicacion de Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 0062001-TR, publicado en nuestra edicion del dia 23 de marzo de 2001, en la pagina 200326. Tercer considerando, primera linea.DICE: Que, el Articulo 65º de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo DEBE DECIR: Que, el Articulo 67º de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo 20888

Articulo 3º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolucion Directoral Nº 052-98-MTC/15.16 del 24 de MORDAZA de 1998, modificada a traves de la Resolucion Directoral Nº 0164-99-

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