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Pág. 200516 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de marzo de 2001 d) Copia simple de resolución de haber sido separado y/o cesado por la Comisión Reorganizadora. e) Declaración Jurada de no tener incompatibilidad en caso de ser reincorporado. f) Otros documentos que considere útiles para este proceso. CAPÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO Artículo 11º .- Los interesados presentarán sus solicitu- des ante la Comisión Revisora en la Escuela de Posgrado de la UNE, ubicada en Pío Sarobe - Rímac, debiendo cumplir con los requisitos y plazos establecidos en las presentes normas. Artículo 12º .- Las solicitudes se recepcionarán en el horario de atención de 09.00 a 18.00 horas, de lunes a viernes, en el lugar señalado en el artículo anterior. Artículo 13º. - Las Comisiones Revisoras elaborarán Listas de docentes y administrativos expeditos, que se elevarán al Rectorado, en forma gradual, anexando los expedientes respectivos. Artículo 14º .- El Comité Transitorio de Gobierno de la UNE, emitirá la Resolución Rectoral respectiva, contra la cual podrá interponerse los recursos impugnatorios de ley. CAPÍTULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 15º.- La sola presentación de la solicitud de revisión no implica la reincorporación automática del solicitante a la Universidad Nacional de Educación Enri- que Guzmán y Valle, ni suspende las medidas ni sanciones a que actualmente se encuentra sujeto el docente, estu- diante o trabajador separado. Artículo 16º .- Los docentes cuyas solicitudes de reincor- poración sean declaradas fundadas mediante la respecti- va resolución rectoral serán automáticamente incorpora- dos por el Comité Electoral de la UNE al Padrón de Docentes respectivo. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES Artículo 17º .- Las Oficinas de Recursos Humanos, de Asesoría Jurídica, Auditoría Interna y la Secretaría Gene- ral y las de competencia similar de las Facultades, quedan obligadas a proporcionar a los interesados la información que sobre su caso, les sea solicitada en forma directa o por intermedio de sus abogados o apoderados debidamente acreditados. Artículo 18º.- La Dirección General de Administración de la Universidad formulará el presupuesto respectivo y proveerá el otorgamiento de los recursos indispensables a los miembros de las Comisiones Revisoras, y a los órganos de apoyo, asesoría u otros que participen en el proceso de revisión. Artículo 19º.- Las Oficinas de Planificación y Desa- rrollo Institucional - Unidad de Presupuesto y Oficina de Recursos Humanos, ejecutarán las acciones administra- tivas correspondientes para las reincorporaciones de per- sonal docente y administrativo, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27437. Artículo 20º.- Finalizado el proceso, los expedientes serán remitidos a la dependencia a la cual se reincor- pora cada uno de los peticionarios, para ser incluidos en su legajo personal o carpeta de matrícula, según sea el caso. La Secretaría General de la Universidad publicará por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y otro diario de circulación nacional las listas finales de servidores docentes, administrativos y de estudiantes que sean rein- corporados a la UNE como consecuencia del proceso de revisión establecido por la Ley Nº 27437. Artículo 21º.- Con posterioridad a la culminación del presente proceso de revisión, la UNE no admitirá, ninguna solicitud de revisión para reincorporación de casos de docentes, estudiantes y de administrativos incursos en la Ley Nº 27366 modificada por la Ley Nº 27437. 20655CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Reconocen labor efectuada por el Fon- do Municipal de Inversiones del Callao S.A. en la presentación de rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2000 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 041-2001-EF/93.01 Lima, 22 de febrero del 2001 VISTOS: Los documentos que acreditan la recepción de la infor- mación sobre rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000 de las Empresas del Estado. CONSIDERANDO: Que, el FONDO MUNICIPAL DE INVERSIONES DEL CALLAO S.A. ha ocupado el tercer lugar de las Empresas del Estado, en la presentación de la información presu- puestaria y financiera correspondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2000, por lo que los principales funcionarios merecen ser felicitados; Que, el numeral 2.1.1 del Artículo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestión de la Cuenta General de la República, señala que la aprobación de la Cuenta General de la República es un acto formal de ordenamiento adminis- trativo y jurídico que no implica la aprobación de la gestión ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de las acciones de control por parte de los órganos del Sistema Nacional de Control y de fiscaliza- ción por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89- EF; a lo propuesto por la Dirección General de Contabili- dad del Sector Privado, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al Presidente Ejecutivo del FONDO MUNICIPAL DE INVERSIONES DEL CA- LLAO S.A. señor ING. JAVIER ERNESTO ORELLANA VILELA, al Gerente Administrativo señor ECON. MAR- CO ANTONIO ARANAGA MORALES y a la Contadora General señora CPC CARMEN MARÍA GUZMÁN VE- LÁSQUEZ, por haber presentado en tercer lugar de las Empresas del Estado la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000. Artículo 2º.- SOLICITAR al Gerente Administrativo del FONDO MUNICIPAL DE INVERSIONES DEL CA- LLAO S.A., haga extensiva esta especial felicitación al personal de Contabilidad, Presupuesto, Tesorería y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contaduría Pública de la Nación exhorta a imitar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 20608