Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2001 (29/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Encargar a Secretaria General el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 20952

de arbitrios generada hasta el 31 de diciembre del 2000 con el 100% de descuento de los intereses moratorios y factores de reajuste. Para acogerse al beneficio presentaran a la Unidad de Administracion Tributaria los siguientes requisitos: 1. Declaracion Jurada del propietario manifestando encontrarse en MORDAZA judicial sobre los inquilinos. 2. MORDAZA fedateada de la sentencia judicial. 3. Documento de identidad. El presente beneficio se otorgara hasta el 17 de MORDAZA del 2001. Articulo Cuarto.- GASTO DE EMISION DEL IMPUESTO PREDIAL. Fijese en doce nuevos soles (S/. 12.00) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada y actualizacion de valores, y en dos soles (S/. 2.00) el PU adicional, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial para el ejercicio del ano 2001. Articulo Quinto.- FACULTADES DELEGADAS AL MORDAZA DISTRITAL. Facultese al MORDAZA para que mediante decreto pueda prorrogar el cronograma de pagos que establezca y ampliar la fecha para el otorgamiento de los beneficios. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 20667

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Establecen cronograma de pagos de arbitrios e impuesto predial y crean diversos beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 068/MDS Surquillo, 16 de marzo del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en la Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA de la mayoria legal de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha dado la siguiente Ordenanza: CRONOGRAMA DE PAGOS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo Primero.- ESTABLECIMIENTO DE CRONOGRAMA Y CREACION DE LOS BENEFICIOS. Facultese al senor MORDAZA a fin que mediante Decreto establezca el Cronograma de pagos de Arbitrios e Impuesto Predial y creanse los diversos beneficios aplicables a los contribuyentes de la Municipalidad de Surquillo por sus obligaciones tributarias determinadas. Articulo Segundo.BENEFICIO CUMPLIMIENTO Y PRONTO PAGO. POR

Establecen cronograma de pago de Arbitrios y del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-01/MDS Surquillo, 20 de marzo de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Art. 191º otorga a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades fijan su politica tributaria en el MORDAZA de la normatividad vigente y hacen uso para ello de las facultades que la Constitucion Politica les confiere; Que, el Concejo Municipal, en su Sesion Ordinaria de fecha 16 de marzo del 2001, acordo delegar en la Alcaldia Distrital la facultad de establecer el cronograma de Pago de los Arbitrios y del Impuesto Predial, asi como fijar las prorrogas que estime pertinentes; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer el Cronograma de Pagos de los Arbitrios y del Impuesto Predial, tal como sigue: Primera Cuota 17/4/2001 MORDAZA Cuota 30/4/2001 Tercera Cuota 29/6/2001 Cuarta Cuota 31/8/2001 MORDAZA Cuota 31/10/2001 Sexta Cuota 31/12/2001

Se otorga a los contribuyentes que cancelen su primera cuota de arbitrios correspondiente al ano 2001 hasta la respectiva fecha de vencimiento de acuerdo al cronograma establecido en el articulo precedente, el siguiente beneficio: 1. 50% de descuento sobre los intereses moratorios y factor de reajuste establecidos para la deuda tributaria correspondiente a la tasa de arbitrios de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines y Serenazgo comprendida hasta el 31 de diciembre del 2000, del predio sobre el cual se ha cancelado el arbitrio del 2001. 2. 5% de descuento sobre el recibo determinado de arbitrios del ano 2001, sin incluir los gastos administrativos. Si el contribuyente cancela el total de los recibos de arbitrios correspondientes al ano 2001 hasta el 17 de MORDAZA del presente ano, obtendra los beneficios establecidos en el punto 1 ademas del, 10% de descuento sobre el total determinado de arbitrios correspondientes al ano 2001, sin incluir los gastos administrativos. El presente beneficio se otorgara hasta el 17 de MORDAZA del 2001. Articulo Tercero.- BENEFICIO PARA PROPIETARIOS CUYOS PREDIOS SE ENCUENTREN DENTRO DE LA LEY DEL INQUILINATO O EN MORDAZA JUDICIAL. Los propietarios de predios de uso casa-habitacion con autoavaluo menor a S/. 6000, sobre los cuales tienen sentencia judicial de desalojo, tendran la posibilidad de cancelar la totalidad de la deuda correspondiente a la tasa

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