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Pág. 200560 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de marzo de 2001 del distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente de Institucio- nes Financieras "D" según Informe Nº ASIF"D"-026-OT- 2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 188- 2001; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de la agencia ubicada en la Av. Nicolás Arriola Nº 812 - 816 del distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 20645 Autorizan inscripción de persona natu- ral en el Registro del Sistema de Se- guros RESOLUCIÓN SBS Nº 212-2001 Lima, 19 de marzo de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Antonio Alonso Martín de Vidales para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2001-SAS celebrada el 12 de marzo de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indi- cado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Antonio Alonso Martín de Vidales con el Nº N-3524 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 20671Autorizan el funcionamiento de Royal & Sun Alliance - Vida como empresa de seguros de vida RESOLUCIÓN SBS Nº 229-2001 Lima, 22 de marzo de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por los representantes legales de los Organizadores y Organizadores Responsables para que se autorice el funcionamiento de una empresa de seguros de vida denominada "ROYAL & SUN ALLIANCE - VIDA"; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorización de organización otorgada por esta Superintendencia mediante Resolución SBS Nº 538-2000 del 11 de agosto de 2000, se ha constitui- do la empresa "ROYAL & SUN ALLIANCE - VIDA", mediante Escritura Pública extendida ante el Notario Público doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, de fecha 12 de setiembre de 2000 y registrada la constitución de la sociedad anónima en la Partida Electrónica Nº 11238567 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución SBS Nº 600-98 del 24 de junio de 1998 - Reglamento para la Constitución y el Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y en el Artículo 26º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgá- nica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, en adelante Ley General, se ha verificado que "ROYAL & SUN ALLIANCE - VIDA" ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artí- culo 11º de la referida Resolución, encontrándose téc- nica y administrativamente capacitada para el inicio de sus operaciones; Estando a lo informado por el Departamento Legal y la Intendencia de Instituciones de Seguros "F", median- te los Informes Nº 152-2001-LEG, Nº 001-2001-VI-ISF y Nº 030-2001-ISF, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 27º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de "ROYAL & SUN ALLIANCE - VIDA" como una empresa de Seguros de Vida, la misma que podrá realizar las operaciones facultadas por su objeto social, a que se refiere el Artículo 318º de la Ley General. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la segunda en uno de exten- sa circulación nacional, debiendo exhibirse permanen- temente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRÍA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 20951