Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2001 (30/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2001

PRES
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Presidencia, del INFES y del INADE e incorporan procedimiento en el MORDAZA del FONCODES
DECRETO SUPREMO Nº 007-2001-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, las entidades de la administracion publica deben aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, asimismo, el Articulo 35º de la citada MORDAZA, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, establece la obligacion de las entidades del sector publico de suministrar la informacion que tengan en su poder, a quienes lo soliciten; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Organica del Ministerio de la Presidencia y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 153-2000-PRES, el PRES es un ente eminentemente normativo y de promocion, que tiene por finalidad atender las necesidades de la poblacion a traves del desarrollo de obras de infraestructura basica y programas sociales no generandose procedimientos administrativos derivados de la relacion con particulares, razon por la cual hasta la fecha el Ministerio de la Presidencia no requeria de la aprobacion del TUPA; Que, la misma situacion ocurre en los casos del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES - y del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, los cuales teniendo en cuenta la naturaleza de sus funciones establecidas en la Ley Nº 25556 y en el Decreto Legislativo Nº 261 tampoco requerian de la aprobacion de un TUPA; Que, en el caso del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social -FONCODES- mediante Decreto Supremo Nº 011-2000-PRES se aprobo la actualizacion y modificacion de su TUPA; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 018-2001PCM se dispone que en un plazo de treinta (30) dias

habiles, las entidades del Sector Publico a que se refiere el Articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 757, deberan incorporar en su MORDAZA un procedimiento que permita el acceso de las personas a la informacion que posean o produzcan y, asimismo, establece los criterios que deben considerar dichas entidades en la elaboracion de los procedimientos que faciliten el acceso a la informacion; Que, habiendose establecido un procedimiento administrativo relativo al acceso de la informacion a que tienen derecho los particulares, el mismo que es de caracter obligatorio, resulta necesario aprobar los respectivos Textos Unicos Ordenados de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Presidencia, del INFES y del INADE en los cuales se contempla el procedimiento a que se refiere el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, en tanto que en el MORDAZA de FONCODES se debe proceder a incorporar el referido procedimiento; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, los Decretos Supremos Nºs. 094-92-PCM y 018-2001-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 153-2000-PRES; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - del Ministerio de la Presidencia, del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES - y del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, segun los Anexos I, II y III, respectivamente, que forman parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Incorporase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES- aprobado por el Decreto Supremo Nº 0112000-PRES, el procedimiento Nº 25 denominado "Acceso a la Informacion que posean o produzcan las diversas direcciones y oficinas de FONCODES", cuyos requisitos, forma de calificacion y demas caracteristicas constan en el Anexo IV, el mismo que forma parte de este dispositivo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

ANEXO I TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS(TUPA) MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA UNIDAD ORGANICA: SECRETARIA GENERAL
Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS PAGO DERECHOS TRAMITE Gratuito CALIFICACION AUT. EVALUACION POS. NEG. PLAZO EN DIAS DEPENDENCIA QUE INICIA TRAMITE DEPENDENCIA QUE APRUEBA TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSOS IMPUG.

01

Acceso a la informacion que posean 1.- Acceso directo por el sistema de Internet: o produzcan las diversas www.pres.gob.pe direcciones y oficinas del Ministerio(*) 2. Solicitud dirigida a la Secretaria General, especificando la informacion exacta a la que desea acceder, incluyendo Declaracion Jurada comprometiendose a cancelar el costo de la reproduccion o MORDAZA de la informacion

Costo directo de reproduccion

X

7

Ofic. Adm. Docum del PRES

Direcciones Generales y Oficinas

Secretaria General

DVMI DVMDR

NOTA:(*) En caso de denegarse la solicitud por carecer de la informacion requerida, la autoridad esta obligada, a poner en conocimiento del interesado dicha circunstancia, y comunicar la ubicacion de dicha informacion siempre que el PRES este enterado de ella.

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