Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2001 (30/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2001

Aprueban ejecucion de actividades de desarrollo acuicola y pesquero en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 108-2001-PE MORDAZA, 27 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que es finalidad del Ministerio de Pesqueria, promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentacion, empleo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, optimizando los beneficios economicos, senalando en su Articulo 38º que el Estado propicia el desarrollo de la Acuicultura otorgandole los incentivos y beneficios especiales previstos en las disposiciones legales pertinentes; Que la Resolucion Ministerial Nº 256-99-PE del 1 de setiembre de 1999, aprobo el Plan Estrategico para el Desarrollo de la Pesqueria para el periodo 1999 - 2004, dentro de cuyos objetivos se enmarca el desarrollo de la actividad de acuicultura; Que dentro del contexto de los considerandos precedentes, el Ministerio de Pesqueria estima conveniente reforzar el desarrollo acuicola en el ambito del departamento de MORDAZA de MORDAZA, a traves de acciones de crianza extensiva de especies nativas, acciones de capacitacion para potenciar el desarrollo de los pescadores y piscicultores de la region y apoyo al desarrollo de la acuicultura; En concordancia a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001 y el Articulo 7º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura, y con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto, y de Administracion; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar en el MORDAZA de la Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Pesqueria y el Consejo Transitorio de Administracion Regional del departamento de MORDAZA de MORDAZA la ejecucion de las actividades de desarrollo acuicola y pesquero en el departamento de MORDAZA de Dios: "Crianza Extensiva de Peces Nativos: Boquichico y Gamitana en Pequenos Embalses - MORDAZA de Dios", "Capacitacion en Manejo, Cultivo, Procesamiento y Comercializacion de Recursos Hidrobiologicos" y "Apoyo al Desarrollo de la Acuicultura", por un monto ascendente a Ciento Sesenticinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 165 000,00), a ejecutarse bajo la modalidad de Encargo por la Direccion Regional de Pesqueria - MORDAZA de MORDAZA, de los cuales Ciento Cuarentisiete Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 147 000,00) seran asumidos por el Ministerio de Pesqueria y Dieciocho Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 18 000,00) seran asumidos por el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesqueria, para que en representacion del Ministerio de Pesqueria, suscriba el Convenio de Cooperacion Interinstitucional para la ejecucion de las actividades que se aprueban en el articulo precedente, cuyos detalles se indican en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Acuicultura y las Oficinas Generales de Administracion y de Planificacion y Presupuesto, quedan facultadas a adoptar las

acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de las actividades que se aprueban en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se afectara al Pliego 018: Ministerio de Pesqueria, Funcion 12: Pesca, Programa 044: Promocion de la Produccion Pesquera, Subprograma 0117: Fomento de la Pesca, Actividad/Proyecto 1.00345: Normar, Promover y Desarrollar la Actividad Pesquera, Componente 3.1091: Promocion y Desarrollo, Meta 00002:01332 Promover la Acuicultura Continental de las Especies Hidrobiologicas, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2001; hasta por un monto de Ciento Cuarentisiete Mil y 00/ 100 Nuevos Soles (S/. 147 000,00). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 21003

Prorrogan permiso de pesca otorgado a Siete Mares S.A.C. para operar embarcacion de bandera japonesa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 23 de marzo del 2001 Visto el expediente de Registros Nºs. CE-00126003, CE-00127003 y CE-00096002 del 13 de marzo y 26 de febrero del 2001, respectivamente, presentados por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 272-2000PE/DNE de fecha 24 de noviembre del 2000, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/ DNE, 019-2001-PE/DNE y 069-2001-PE/DNE de fechas 29 de diciembre del 2000, 29 de enero del 2001 y 2 de marzo del 2001 se otorgo y prorrogo el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "KAIYO MARU Nº 30", de 335 de Tonelaje Neto, 1,042.72 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, cuya vigencia fuera prorrogada hasta el 17 de marzo del 2001; Que mediante Resolucion Directoral Nº 130-2000PE/DNPP, del 20 de diciembre del 2000, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 018-2001-PE/DNPP y 047-2001-PE/DNPP, de fechas 18 de enero y 15 de febrero del 2001, respectivamente, se otorgo a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operacion de su planta de congelado a bordo de la embarcacion pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 30", con la capacidad instalada de 54 t/dia; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita la prorroga del permiso de pesca indicado por catorce (14) dias adicionales del 18 al 31 de marzo del 2001 y la ampliacion del plazo de vigencia de la licencia de operacion de su planta de congelado a bordo de la embarcacion pesquera "KAIYO MARU Nº 30", hasta la fecha en que se otorgue el permiso de pesca solicitado, conforme a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 2892000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 009-2001-PE/

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