Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2001 (31/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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b. Pruebas que se realizan en forma interconectada con el SINAC, las cuales implican coordinacion para el despacho, por lo que requiere una previa aceptacion de parte de la DOCOES siguiendo los terminos de referencia vigentes establecidos para tal proposito. Programa diario de mantenimiento (PDM): Basado en el programa semanal y la confirmacion diaria de la ejecucion de los mantenimientos considerados. Este programa forma parte del Programa Diario de Operacion (PDO). Programa semanal de mantenimiento (PSM): Basado en el Programa Mensual de Mantenimiento, y considera la indisponibilidad de unidades generadoras o equipos principales del sistema de transmision principal o MORDAZA de propiedad de los Integrantes del Sistema o sus asociados, cualquiera que sea su duracion. Cubre un horizonte semanal. Programa semanal de operacion (PSO): Es aquel que esta constituido por el Programa Semanal de Mantenimiento (PSM) y el Programa de Despacho Semanal. Racionamiento de carga: El servicio electrico se raciona cuando, en un momento determinado, la oferta electrica es inferior a la demanda en el Sistema o Area Operativa como consecuencia de salidas programadas o forzadas de equipo, caudales bajos o escasez de combustibles. Reconexion automatica de carga: Conexion automatica de suministros interrumpidos por fallas, de acuerdo a la capacidad de respuesta del sistema, con el objeto de reducir el tiempo de interrupcion. Su ejecucion debera ser objeto de un estudio elaborado y aprobado por el COES-SINAC. Rechazo automatico de carga (RAC): Desconexiones de carga por accion automatica de reles que se realizan con la finalidad de preservar la estabilidad y seguridad del Sistema. Los esquemas de rechazo automatico de carga son preestablecidos mediante estudios electricos del Sistema que seran efectuados anualmente por el COES-SINAC. Rechazo automatico por minima frecuencia: Respuesta automatica de desconexion de puntos de suministro preestablecidos por reduccion subita de frecuencia con el objeto de minimizar el riesgo de perdida de unidades de generacion y preservar tanto como sea posible la estabilidad y el suministro electrico. La magnitud de variacion de frecuencia podra ameritar separar areas para evitar el colapso total del sistema durante el MORDAZA de rechazo de carga. El programa preestablecido de suministros interrumpibles y de separacion de areas es resultado del estudio de Rechazo de Carga elaborado y aprobado por el COES-SINAC. Rechazo manual de carga (RMC): Desconexiones de carga dispuestas por el Coordinador o los CC de los Integrantes del Sistema, para preservar la estabilidad y seguridad del mismo en caso no tener disponible un esquema de rechazo automatico de carga o este MORDAZA sido insuficiente. El diagrama de rechazo manual de carga sera preestablecido, en lo posible, mediante estudios electricos del Sistema efectuados por el COESSINAC. Regulacion de frecuencia: Acciones necesarias para mantener la frecuencia dentro de las tolerancias permisibles definidos para el sistema. El Coordinador establece la frecuencia de consigna y las empresas generadoras son responsables a traves de sus CC, de efectuar la regulacion de la misma, siguiendo las disposiciones del Coordinador. El control de frecuencia en un primer nivel es realizado por todas las centrales de generacion de acuerdo a su estatismo, y en un MORDAZA nivel, por las centrales de regulacion complementaria. Regulacion de tension: Acciones necesarias para mantener los niveles de tension dentro de las tolerancias permisibles definidos para el sistema. La responsabilidad de la regulacion de tension de cada area corresponde en un primer nivel a los Centros de Control (CC), tomando accion sobre los equipos de generacion y compensacion de potencia reactiva. En MORDAZA nivel corresponde al Coordinador dar directivas para las maniobras de equipos de compensacion reactiva, generadores y lineas de transmision.

Regulacion primaria de frecuencia (RPF): Reserva rotante de las centrales que responden automaticamente a variaciones subitas de frecuencia en un lapso de 0 a 10 segundos. La variacion de carga de la central debe ser sostenible al menos durante los siguientes 30 segundos. Regulacion secundaria de frecuencia (RSF): Reserva rotante de las unidades o centrales calificada para este proposito y que responden a las variaciones de generacion por regulacion automatica o manual y sostenible al menos durante 30 minutos. Tiene como objeto equilibrar la oferta y la demanda, manteniendo el valor de la frecuencia dentro de limites permisibles, mientras se recupera la reserva rotante de las unidades que participaron en la regulacion primaria de frecuencia, o se recupere carga, y/o se reasignen de manera optima los recursos de generacion para satisfacer la demanda. Reprogramacion de la operacion del sistema (Reprogramacion): Se refiere a la reformulacion del Programa de Operacion Diario. La efectua la DOCOES a iniciativa propia o a requerimiento del Coordinador. Reserva multianual: Cantidad total de reserva almacenada en una MORDAZA hidrografica durante el periodo de avenida, para uso de agricultura, agua potable o generacion de energia electrica, durante el periodo de estiaje (mayo-noviembre) y en funcion a un programa preestablecido por el integrante o la DOCOES. Reserva no sincronizada de emergencia (RNSE): Unidad que entra en operacion en un tiempo menor a 10 minutos y que su sistema de puesta en operacion le permite arrancar de modo independiente del suministro electrico del Sistema. Reserva no sincronizada o reserva fria (RNS): Sumatoria de las capacidades de potencia disponibles de las unidades no sincronizadas y listos para ingresar en servicio a solicitud del Coordinador. Reserva para regulacion primaria de frecuencia (RRPF): Margen de reserva rotante en las centrales que responden automaticamente a variaciones subitas de frecuencia en un lapso de 0 a 10 segundos. La variacion de carga de la central debe ser sostenible al menos durante los siguientes 30 segundos. Reserva para regulacion secundaria de frecuencia (RRSF): Margen de reserva rotante en las unidades o centrales calificadas para este proposito y que responden a variaciones de generacion por regulacion automatica o manual y sostenible al menos durante 30 minutos. Reserva rotante del SINAC (RR): Margen de capacidad de generacion de las centrales en operacion para llegar a la MORDAZA potencia de generacion disponible, en cualquier instante. Este margen de capacidad de generacion resulta de la diferencia entre la sumatoria de las capacidades disponibles de las unidades sincronizadas al sistema y la sumatoria de sus potencias entregadas al sistema. En el SINAC usualmente se la clasifica en dos tipos: a. Reserva de Regulacion Primaria: Margen de reserva rotante en las centrales que responden automaticamente a cambios subitos de la frecuencia en un lapso de 0 a 10 segundos. La variacion de carga de la central debe ser sostenible al menos durante los siguientes 30 segundos. b. Reserva de Regulacion Secundaria: Margen de reserva rotante en las centrales que estan operando y que responden a cambios de generacion por regulacion manual y sostenible al menos durante 30 minutos. Restricciones de capacidad de transmision:Sonlas limitaciones en la capacidad de transmision de potencia de los equipos conformantes de la red de transmision del sistema electrico, resultantes de los analisis estaticos y dinamicos del sistema que consideran los riesgos de causar dano o perjuicio a los equipos o al sistema, y el cumplimiento de las condiciones exigidas por la NTCSE. Restriccion de minimo caudal: Es el caudal promedio del dia necesario para atender los compromisos de uso del agua por la agricultura o el agua potable. Puede tener dos componentes, siendo el primero el agua turbinada y, el MORDAZA, agua vertida.

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