Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2001 (31/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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4.2.6. Supervisar y coordinar la operacion en tiempo real del SINAC, siguiendo el PDO o su reprogramacion e informa a la DPP su ejecucion en los IDCOP. 4.2.7. Solicitar a la DPP de la DOCOES la reprogramacion de la operacion en tiempo real del SINAC. 4.2.8. Superar el cambio del estado de "ALERTA" al estado "NORMAL", mediante la adecuada utilizacion y restitucion de la reserva rotante, reduciendo el riesgo de que el sistema pase al estado de "EMERGENCIA". 4.2.9. Disponer la operacion de la(s) unidad(es) de reserva no sincronizada de emergencia, si las condiciones del sistema lo ameritan. 4.2.10. Adecuar la configuracion del SINAC preservando la seguridad y calidad del servicio electrico, logrando minimizar los costos de operacion y de racionamiento. 4.2.11. Supervisar en tiempo real la reserva rotante asignada para RPF y RSF, la frecuencia, el perfil de tensiones, los flujos de potencia activa y reactiva, etc., en instalaciones y equipos vinculados al COES. 4.2.12. Registrar, evaluar y difundir la informacion de la operacion en tiempo real. Por ejemplo: los caudales de operacion, los niveles de los embalses de regulacion para las centrales hidraulicas y el volumen de combustible almacenado para las centrales termicas, etc. 4.2.13. Supervisar la ejecucion de toda actividad que conlleve a un cambio de estado de los equipos y dispositivos del sistema electrico vinculado al COES. 4.2.14. Dirigir en coordinacion con los CC de los Miembros del COES, el restablecimiento del sistema luego de una perturbacion e informa a la DPP las coordinaciones y acciones tomadas, que permitan el analisis de fallas. La referida debe contener entre otros: la relacion de la actuacion de los sistemas de proteccion, senalizaciones, oscilogramas, actuacion de los equipos de maniobras, valores de los parametros de control pre y post MORDAZA, entre otros. 4.2.15. Por razones de mantenimiento o MORDAZA en el sistema u otras causas justificadas, el Coordinador podra delegar a un integrante, la coordinacion de la operacion en tiempo real de un area, por un periodo determinado, manteniendo la supervision periodica. La delegacion debe quedar claramente registrada por el emitente y los receptores (si son varias areas de coordinacion) y sera comunicada oportunamente a la DPP. 4.2.16. En ausencia de la reprogramacion elaborada por la DPP, reformular el programa de operacion, considerando los criterios de seguridad, calidad y minimo costo operativo y de acuerdo a los procedimientos vigentes. 4.2.17. Mantener una adecuada comunicacion con los CC de los Miembros del COES del sistema para conducir la operacion durante las 24 horas del dia y en cualquier circunstancia, a fin de preservar la seguridad y calidad del suministro electrico del SINAC. Por otro lado el Coordinador establecera la referencia horaria para el registro de todos los eventos y actividades vinculados con la operacion en tiempo real del sistema utilizando referencia de tiempo de MORDAZA satelital (GPS). 4.2.18. La empresa o empresas en cuya representacion actua el Coordinador, son pasibles de las sanciones a que hubiere lugar por el mal servicio y/o el incumplimiento por parte del Coordinador, en aplicacion de la ley, el reglamento, la MORDAZA y los procedimientos operativos aprobados por el COES. Las sanciones a que hubiere lugar se ejecutaran de acuerdo a la NTOTR. 4.2.19. Establecer el detalle de la informacion en tiempo real de las senales de alarma de generadores, subestaciones, lineas, transformadores y equipos de compensacion reactiva que le deben ser presentadas. 4.2.20. Informar las caracteristicas tecnicas del protocolo de comunicacion de su sistema SCADA para llevar a cabo la transferencia de informacion en tiempo real. 4.2.21. Evaluar cuando se considera que un sistema de comunicaciones es confiable y compatible con el del Coordinador. 4.2.22. Disponer las medidas necesarias en caso de que las empresas Miembros del COES o algun otro Integrante del SINAC informen de sobrecargas de sus equipos. 4.2.23. Supervisar y controlar los niveles de tension en barras de transmision del SINAC.

4.2.24. Disponer la puesta en servicio de las unidades de generacion de emergencia cuando la tension esta por debajo del 97,5% de la tension de operacion y el rechazo de carga para valores inferiores al 95%. 4.2.25. Instruir a los CC de generacion las directivas para regular la frecuencia del sistema mediante la RPF y RSF. 4.2.26. Cuando las variaciones sostenidas de frecuencia exceden tolerancias, disponer las medidas correctivas necesarias para mantener la frecuencia dentro de las tolerancias establecidas. 4.2.27. Cuando el error acumulado de frecuencia excede la tolerancia de IVDF, establecer una estrategia de recuperacion e implementarla. 4.2.28. Llevar el registro de la IVDF semanal, mensual y anual. 4.2.29. Disponer la ejecucion de maniobras que involucren equipos de generacion y transmision, asi como aquellos de distribucion o de clientes libres que considere necesarios. 4.2.30. Definir, en la ejecucion del programa de operacion la secuencia de maniobras en las instalaciones de los Miembros del COES, en coordinacion con estos y la DOCOES. 4.2.31. Evaluar los reclamos que hubiere a la reprogramacion de la operacion del sistema y a las disposiciones operativas del Coordinador, pudiendo rechazarlas o aceptarlas. 4.2.32. Evaluar los deficit por desconexion intempestiva de equipos, variacion de la demanda y/o los caudales respecto a la programacion diaria, tomando las medidas correctivas correspondientes y coordinando la reprogramacion de la operacion con la DPP. 4.2.33. Supervisar el cumplimiento de los programas de racionamiento incluidos en el Programa de Operacion Diario, tomando las medidas necesarias e informando a la DOCOES de su ejecucion. 4.2.34. Disponer las acciones necesarias para restablecer la operacion del sistema a su estado normal, despues de producida una perturbacion. 4.2.35. Cuando sucede una MORDAZA general en el Sistema, aplicar el plan de restablecimiento del Sistema, en coordinacion con los Miembros del COES. 4.2.36. Otorgar autonomia a los Miembros del COES para ejecutar maniobras, cuando las circunstancias lo justifiquen. 4.2.37. Elaborar el informe de perturbaciones, remitiendolo a los Miembros del COES y a la DOCOES. 4.2.38. Informar los casos de incumplimiento y/o transgresiones a la MORDAZA al OSINERG con MORDAZA a la DOCOES. 4.2.39. El requerimiento de la presencia de la(s) unidad(es) no sincronizada(s) de emergencia podra(n) ser utilizada(s) en los despachos en tiempo real para evitar el cambio de estado del sistema a situaciones de emergencia. 4.2.40. De estar en vigencia un modelo de programacion de calculo multinodal y multiembalse, coordinar de acuerdo al orden de despacho establecido por el VAS para cada embalse. 4.2.41. Definir el plan de restablecimiento del Sistema, basado en estudios del sistema, elaborado por el COES. 4.3. De los Miembros del COES 4.3.1. En un sistema interconectado, todos los titulares de generacion que operen conectados electricamente al sistema, asi como los titulares de redes de transmision, titulares de redes de distribucion, los clientes libres del sistema, estan obligados a operar sus instalaciones y a suministrar la informacion necesaria para coordinar la operacion del sistema en la oportunidad, manera y forma que se senalan en la NTOTR. 4.3.2. Contar con un Centro de Control (CC) para la operacion en tiempo real de sus instalaciones. 4.3.3. Cumplir con las disposiciones del Coordinador y disponer de los recursos humanos y materiales necesarios para operar fisicamente sus instalaciones. 4.3.4. Los Miembros del COES, titulares de los sistemas principales de transmision designan a su representante y este al Jefe de Coordinacion. 4.3.5. El CC de cada integrante, debe contar con una persona responsable de la operacion, en calidad de Jefe nombrado ante el Coordinador.

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