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Pág. 202131 NORMAS LEGALES Lima, martes 1 de mayo de 2001 Julio Melgar Salmón, durante los días 26, 27 y 28 de abril del 2001, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente será afectado con cargo al Presu- puesto del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes US$ 401.20 Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuertos US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 22743 Amplían plazo de vigencia de tarifa especial de peaje para vehículos de transporte pesado de carga y pasaje- ros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2001-MTC/15.02 Lima, 30 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-2001- MTC/15.02, se estableció temporalmente y hasta las 24 horas del 1 de mayo de 2001, una tarifa especial de peaje para vehículos de transporte pesado de carga y pasajeros, en tanto se defina un nivel adecuado de tarifa de peaje, que cumpla con asegurar el adecuado mantenimiento de la Red Vial Nacional; Que, estando por concluirse los estudios para deter- minar la tarifa que debe cobrarse por el uso de la infraestructura vial y su distribución entre los usua- rios, así como una fórmula de actualización constante; Que, en consecuencia, es necesario prorrogar la tarifa especial de peaje para vehículos de transporte pesado de carga y pasajeros, hasta contar con el resul- tado del estudio antes mencionado; De conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Prorrogar hasta el 1 de julio del presente año, la tarifa de peaje, señalada en la Resolu- ción Ministerial Nº 043-2001-MTC/15.02, a los vehícu- los de transporte pesado de carga y pasajeros. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 22697CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Modifican distribución de expedientes de las Salas de Derecho Constitucio- nal y Social Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 006-2001-P-CS Lima, 30 de abril del 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de Presidencia Nº 002-2001-P-CS-PJ, de fecha 3 de enero del 2001, se dispuso la distribución de los expedientes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República; Que, en reunión llevada a cabo por los Presidentes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitoria de este Supremo Tribunal, con el señor Presidente de este máximo órgano juris- diccional, por razones de uniformidad jurisprudencial se ha acordado modificar la distribución de los expe- dientes en lo que respecta a estas Salas; Que, estando a la facultad conferida por el Artículo 3º de la Resolución Administrativa Nº 011-2000-SP- CS, expedida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la distribución de expedientes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la siguiente manera: SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SO- CIAL PERMANENTE: - Conocerá de los recursos de nulidad y casaciones agrarias pares e impares, acciones de garantía, apelaciones y casaciones de los procesos contencio- sos administrativos que no tengan relación con asuntos laborales ni previsionales; así como de todos los expedientes que ingresen a partir de la fecha. SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SO- CIAL TRANSITORIA: - Conocerá de los asuntos laborales, las apelaciones, casaciones y recurso de nulidad de las acciones conten- cioso administrativas en materia laboral y previsional que hayan ingresado hasta la fecha. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Cortes Superiores de Justicia de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO URRELLO ALVAREZ Presidente 22676