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Pág. 202133 NORMAS LEGALES Lima, martes 1 de mayo de 2001 RESUELVE: Artículo Primero.- Confirmar la Resolución Nº 390-2001-JEELN en todos sus extremos; y, disponer la inmediata devolución de los actuados al Jurado Electo- ral Especial de origen para el cómputo respectivo ante la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales competente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 22708 Declaran improcedente impugnación contra acuerdo del Concejo Provincial de Huarochirí que desestimó declarar la vacancia del cargo de regidora RESOLUCIÓN Nº 384-2001-JNE Lima, 30 de abril de 2001 Visto, el Expediente Nº 1560-2000, iniciado me- diante solicitud recibida el 1 de diciembre del 2000, remitida por Víctor Raúl Palomino Chinchay, Alcalde del Concejo Provincial de Huarochirí, departamento de Lima, remitiendo el recurso de apelación inter- puesto por la ciudadana Matilde Francisca Palomino Lozano, contra el Acuerdo de Concejo Nº 013-2000/CM- MPH-M que desestimó la vacancia del cargo de Regido- ra doña Clara Gumercinda Guillén Tizza; CONSIDERANDO: Que, este supremo órgano electoral por Resolución Nº 2021-99-JNE de fecha 15 de diciembre de 1999, declaró que Víctor Raúl Palomino Chinchay, se encontraba suspendido en el ejercicio del cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Huarochirí, a resultas del proce- so penal que se le sigue; encargando el cargo de Alcal- desa provisional del citado concejo a Clara Gumercin- da Guillén Tizza y como regidor provisional a Juan Gamboa Castro; posteriormente, por Resolución Nº 1224-2000-JNE de fecha 5 de septiembre del 2000, dispuso que, el Alcalde suspendido reasuma sus funcio- nes y se dio por concluidas las referidas encargaturas; Que, por escrito del 15 de septiembre del 2000, la ciudadana Matilde Francisca Palomino Lozano, solici- tó al Concejo Provincial de Huarochirí declare la va- cancia del cargo de Regidora de Clara Gumercinda Guillén Tizza, alegando que, dicha Regidora cuando estuvo encargada de la alcaldía del municipio de Hua- rochirí, contrató a su sobrina María del Rosario Ugaz Carhuancho, para prestar servicios en el referido mu- nicipio en el cargo de secretaria de la unidad de abas- tecimiento, incurriendo en nepotismo; Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí por Acuerdo de Concejo Nº 013-2000/CM-MPH-M de fecha 25 de septiembre del 2000, con cuatro (4) votos a favor de la vacancia, un (1) voto en contra y cinco (5) absten- ciones, desestimó declarar la vacancia de la Regidora Clara Gumercinda Guillén Tizza, refiriendo en dicho acuerdo que la votación fue adoptada en sesión ordina- ria de Concejo del 25 de septiembre del 2000, tal como aparece a fojas 15; que contra el referido acuerdo elRegidor Jorge Huayllata Véliz interpuso recurso de reconsideración, siendo desestimado por Acuerdo de Concejo Nº 014-2000/CM-MPH-M, conforme obra a fojas 38; Que, el recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Nº 013-2000/CM-MPH-M, interpuesto por la ciudadana Matilde Francisca Palomino Lozano, debe entenderse como recurso de revisión, a fin de no dejar de administrar justicia electoral, y teniendo en cuenta que dicho recurso de revisión es de conocimiento del Pleno de este supremo órgano electoral, corresponde pronunciarse respecto de él, con arreglo a ley; Que, sólo el acuerdo de concejo que declara la vacancia de Alcalde o Regidor es susceptible de revi- sión, conforme lo establece el segundo párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; por lo que, el recurso de revisión interpuesto por la ciudadana Matilde Francisca Palomino Lozano, no se encuentra previsto en la acotada norma legal; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA: Artículo Único.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de revisión interpuesto por la ciudadana Matil- de Francisca Palomino Lozano contra el Acuerdo de Concejo Nº 013-2000/CM-MPH-M de fecha 25 de sep- tiembre del 2000 del Concejo Provincial de Huarochirí, que desestima la vacancia del cargo de Regidora de Clara Gumercinda Guillén Tizza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General VOTO EN DISCORDIA DEL SEÑOR DE VALDIVIA CANO, MIEMBRO TITULAR DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES VISTOS: Mi voto es por que el Pleno conozca el fondo del asunto, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 139º inciso 6), de la Constitución Política y Artículo 5º inciso u) de la Ley Nº 26486 - Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. SS. DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 22709 Declaran que regidor del Concejo Distrital de Frías continúa en ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 385-2001-JNE Lima, 30 de abril de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 408-2001, iniciado el 13 de marzo de 2001, mediante el recurso de revisión interpuesto por Evert Peña Orozco contra el acuerdo de sesión de fecha 22 de febrero de 2001 del Concejo Distrital de Frías, provincia de Ayabaca, departamento de Piura,