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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2001 (02/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 202177 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de mayo de 2001 De conformidad con el inciso (8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú. DECRETA: Artículo 1º.- Incluir en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos vigente de la Escuela Nacio- nal de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, el procedimiento denominado “Acceso de las Personas Naturales o Jurídicas a la información que posee o produzca la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau”, cuyos criterios, requisitos, forma de calificación y demás características constan en el Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º .- La presente norma entrará en vigencia a los treinta días de efectuada su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los 10 días de abril del dos mil uno. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.) DR. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República WALTER LEDESMA REBAZA Ministro de DefensaANEXO 01 UNIDAD ORGANICA Secretaría General DENOMINACION DEL REQUISITOS Y/O CONDICIONES PAGO DE DEP. DONDE SE DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE PROCEDIMIENTO DERECHOS ORIGINA QUE RESUELVE EL TRAMITE OTORGA LA RECURSO INFORMACION IMPUGNACION VI Acceso de las Personas Naturales o Jurídicas a 1. Información contenida en el la Información que posee TUPA-CONIDA o produce la Institución a. Solicitud dirigida al Jefe Mesa de Partes Secretaría Jefe Institucional Institucional de acuerdo al General formato adjunto. b. Constancia de pago por: b.1. Derecho de trámite 0.0033 UIT b.2. El costo que demande la reproducción o copia de la información, será asumido por el usuario. 2 Información NO contenida en el TUPA-CONIDA a. Solicitud dirigida al Jefe Mesa de Partes Secretaría Jefe Institucional Institucional especificando General la información exacta a la que desea acceder, de acuerdo al formato adjunto. b. Constancia de pago por: b.1. Derecho de trámite 0.0033 UIT b.2. El costo que demande la reproducción o copia de la información, será asumido por el usuario. NOTA Toda información solicitada está sujeta a lo dispuesto en el D. Leg. Nº 757 de fecha 8-11-91 y demás Normas complementarias. Recepcionada la solicitud, el usuario recibirá en un plazo de SIETE (7) días hábiles la respuesta de la viabilidad de la información solicitada. En caso de ser viable, en los CINCO (5) días hábiles posteriores, se le proporcionará la información solicitada. 22726 Incluyen procedimiento sobre acceso a la información en el TUPA de la Es- cuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau" DECRETO SUPREMO Nº 017-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 41 DE/SG de fecha 3 de agosto del 1999 se aprobó el “Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” , TUPA-ENA- MM - Edición 1999; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM de fecha 26 febrero del 2001, se dispuso que en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, las entidades del Sector Público a que se refiere el Artículo 20º del Decreto Legislativo Nº 757, se incorpore en su Texto Unico de Procedimientos (TUPA), un procedimiento que posibilite el acceso de las personas naturales o jurídicas a la información que posean o produzcan, estableciendo criterios que regirán a dicho procedi- miento administrativo; Que, en mérito a lo expresado en los considerandos precedentes, se hace necesario incluir un Procedimiento Administrativo para tal fin, en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Escuela Nacional de Mari- na Mercante “Almirante Miguel Grau”;