Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2001 (02/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 202160 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de mayo de 2001 Entidad Prestadora: Empresas o grupos de empresas, públicas o privadas, que realizan actividades de explotación de infraestructu- ra de transporte de uso público sujetas a supervisión y regulación del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN. Incluye a los operadores principales, secundarios o a cualquier otra persona natural o jurídica que explote total o parcialmente la infraestructura de transporte de uso público por encargo o solicitud de una sociedad concesio- naria titular de un derecho de concesión. Eslora: Se refiere a la eslora total de la nave tal como figura en el Certificado de Matrícula. Fondeadero Oficial: Area acuática designada por la Capitanía de Puerto para que las naves fondeen o esperen al práctico. Impacto Ambiental: Modificación del medio ambiente ocasionado por la acción del hombre o de la naturaleza. Infraestructura portuaria: Comprende las obras civiles e instalaciones mecáni- cas, fijas y flotantes, construidas o ubicadas para facilitar el intercambio modal. Está constituida por: • Canales, zona de aproximación, obras de abrigo o defensa (rompeolas, esclusas) y señalizaciones (faros, bo- yas). • Acceso terrestre que permite el acceso directo e inmediato a la infraestructura portuaria. • Muelles, diques, dársenas, superficie de almacena- miento en tránsito, vías de conexión interna. Incluye las boyas de amarre, tuberías subacuáticas y otros. Junta de Operaciones: Es la reunión de representantes de los usuarios y representantes del Area Operativa del Recinto Portuario, que tiene por objeto resolver los problemas operativos que se presenten como consecuencia de cambios imprevistos posteriores a la Planificación Previa de las Operaciones Portuarias, programar las operaciones del puerto para las próximas 24 horas, atendiendo las sugerencias, consultas o pedidos de los usuarios. Manifiesto de Carga: Documento en el cual se detalla la relación de las mercancías que constituyen la carga de un medio o una unidad de transporte, y expresa los datos comerciales de las mercancías. Mercancía: Toda carga que se transporta, que ha sido y/o va a ser transportada a bordo de una nave. Mercancías Peligrosas: Son las mercancías clasificadas como peligrosas para las cuales existen estrictas regulaciones con respecto a su procedimiento de aceptación, empaque, estiba, documen- tación y transporte ya sea para traslado local o internacio- nal. Hay nueve (9) clasificaciones de mercancías peligro- sas para el transporte marítimo internacional y las regu- laciones, documentación, procedimientos de aceptación, empaque, y la estiba son establecidos por la Organización Marítima Internacional (OMI) Monitoreo: Proceso de control que sirve para verificar o seguir el cumplimiento de un reglamento o norma. Muelle: Infraestructura portuaria en la orilla de un río, lago o mar especialmente dispuesta para cargar y descargar las naves y para la circulación de vehículos. Nave: Toda construcción naval destinada a navegar, cual- quiera que sea su clase incluidas sus partes integrantes y partes accesorias, tales como aparejos, repuestos, pertre- chos, máquinas, instrumentos y accesorios que sin formar parte de la estructura de la nave se emplea en su servicio tanto en la mar como en el puerto.Prevención: Disposición o preparación con anticipación para evitar algún peligro. Principal: Es el propietario, armador, fletador u operador de una nave. Rada: Paraje en el mar a corta distancia de la costa. Rancho de Nave o Provisiones de a bordo: Mercancías destinadas al consumo de pasajeros y miembros de la tripulación y las necesarias para el funcio- namiento y la conservación de las naves. Recinto Portuario: Espacio comprendido entre los límites del Terminal Portuario. Remolcaje: Servicio que prestan los remolcadores para halar, empujar, apoyar o asistir a la nave durante las operacio- nes portuarias. Salvamento: Todo acto o actividad llevado a cabo para auxiliar en forma eficaz a personas y naves que se hallen en peligro en el mar, ríos y lagos navegables, con el fin de evitar o disminuir las perdidas de vidas humanas y materiales que los siniestros o accidentes acuáticos pudieran provo- car. Senasa: Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Servicio de Practicaje: Servicios que los prácticos prestan a las naves, diri- giendo las maniobras que éstas requieran para su despla- zamiento dentro o fuera del área de operaciones del terminal. Servicios Portuarios: Los que se prestan en los Recintos Portuarios para atender a las naves, el manipuleo de mercancías de éstas a tierra u otros medios de transporte y viceversa, el embarque y desembarque de pasajeros o tripulan- tes, el almacenamiento de la mercancía, así como la utilización de la infraestructura portuaria por los usua- rios. Supervisor de la Concesión o Supervisor: Es el Organismo Supervisor en Inversión de Infraes- tructura de Transporte de Uso Público OSITRAN o la persona del derecho público o privado designada por esté para realizar la inspección permanente y la evaluación de las actividades del Concesionario. Terminales de Lanchonaje: Unidades Operativas que cuentan con muelle para el acoderamiento de lanchones de carga. Tipo de Mercancía: Se refiere a la tipificación de las mercancías en: Carga General Carga Rodante Carga Sólida a Granel Carga Líquida a Granel Contenerizada Seca Contenerizada Refrigerada Uso de Muelle: Utilización de la infraestructura del Recinto Portua- rio, para cargar o descargar mercancía o realizar otras actividades. Usuarios: Las personas naturales o jurídicas que operan o hacen uso de las instalaciones y servicios que se brindan en el Recinto Portuario. Vehículos: Medio de transporte terrestre para movilización de carga o personas.