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Pág. 203433 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de mayo de 2001 2.Formato 2: Ingresos y Gastos provenientes de recursos por operaciones Oficiales de Crédito y Donaciones. (B.2.R) B. Reportes B.2.R Formato 2.- Ingresos y gastos provenientes de recursos por operaciones oficiales de cré- dito y donaciones. 3.Formato 3: Proyectos de Inversión por Ejecu- ción Presupuestaria Indirecta (contrato o con- venio) (B.3.R) B. Reportes B.3.R Formato 3.- Proyectos de inversión por Eje- cución Presupuestaria Indirecta. Absolución de Consultas Artículo 39º.- La Dirección Nacional del Presu- puesto Público, con la finalidad de absolver cualquier consulta sobre la presente directiva así como recibir la información del proyecto de presupuesto institucional del año 2002, pone a disposición de los pliegos presu- puestarios las siguientes direcciones electrónicas: Area de Presupuesto Dirección Electrónica Dirección de Programación mcuellar@mef.gob.pe Dirección de Organismos Centrales hhuarcaya@mef.gob.pe y Descentralizados Dirección de Gobiernos Regionales cpiva@mef.gob.pe y de Apoyo al Desarrollo Regional Dirección de Normatividad fdiaz@mef.gob.pe SECCION I :RESPONSABILIDADES DE LOS TITULARES DE PLIEGO Y DE LAS OFICINAS DE PRESUPUESTO EN LA PROGRAMACION Y FORMU- LACION PRESUPUESTAL Responsabilidades del Titular del Pliego Artículo 40º.- Para efecto de las acciones que se desarrollen durante las Fases de Programación y For- mulación Presupuestal, le corresponde al Titular del Pliego o a quien éste delegue, las siguientes responsa- bilidades: a) Revisar y dar la conformidad a la propuesta de distribución de la Asignación Presupuestaria presenta- da por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego, de acuerdo a las prioridades de gasto que se determinen, teniendo en cuenta los Objetivos Institu- cionales establecidos para el Año Fiscal 2002. b) Revisar y aprobar la Estructura Funcional Pro- gramática , a que se refiere el Artículo 29º de la presente Directiva. c) Revisar y aprobar el proyecto de Presupuesto del Pliego. d) Suscribir la propuesta final que se remita a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Responsabilidades de la Oficina de Presupues- to Artículo 41º.- Teniendo en cuenta que la Progra- mación y Formulación Presupuestal, se realiza a nivel de Unidad Ejecutora, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego, detenta las siguientes res- ponsabilidades: a) Una vez comunicado, por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el monto de la Asignación Presupuestaria - MEF , la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego propone a su Titular o a quien éste delegue , la distribución de la precitada Asignación, entre las Unidades Ejecutoras que componen la Enti-dad, con un criterio de equidad, evitando la concentra- ción de recursos en determinadas unidades ejecutoras así como en metas presupuestarias relacionadas con la administración. Para tal efecto, se contempla, además, la Asignación Presupuestaria -Pliego, determinada por la precitada Oficina así como la información relativa a la demanda de gastos remitida por las Unidades Ejecutoras del Pliego. Expresada la conformidad del Titular del Pliego o su delegado sobre la propuesta de distribución de la Asig- nación Presupuestaria, la indicada Oficina hace de conocimiento de las Unidades Ejecutoras el monto determinado a cada una de ellas. b) Debe remitir la propuesta aprobada de la Estruc- tura Funcional Programática , a más tardar, el 15 de junio de 2001 , incluyendo la propuesta de Unidades Ejecutoras con las que operaría en el Año Fiscal 2002. c) Prestar asesoría técnica a las Unidades Ejecuto- ras durante la Programación y Formulación Presu- puestal, encontrándose facultada para emitir los linea- mientos técnico s adicionales que sean necesarios para la fluidez y consistencia de la Programación y Formu- lación Presupuestaria, sin que ello implique modifi car y/o desnaturalizar el sentido de las disposiciones lega- les y administrativas vigentes en materia presupues- tal. En tal sentido, sobre la base de los lineamientos técnicos contenidos en la presente Directiva, se deben efectuar las reuniones que sean necesarias con los responsables de las Unidades Ejecutoras, para luego revisar, en estrecha coordinación con el Titular del Pliego o con quien éste delegue, la pro- puesta final de la Estructura Funcional Programá- tica . Para este efecto, debe tenerse en cuenta lo siguiente: •Considerar los lineamientos para el diseño de la Estructura Funcional Programática estableci- dos en la presente Directiva. De estimarse pertinente, luego de la revisión correspondiente, puede contemplarse la fusión de Activi dades, Proyectos y Componentes consi- derados en Procesos Presupuestarios anterio- res, (que implica a su vez la revisión modif ica- ción y/o consolidación de metas) cuidando que la misma guarde concordancia con los Objetivos Institucionales que se establezcan para el Año Fiscal 2002. •Permitir que la Formulación facilite la determi- nación de las demandas de gasto que implique el desarrollo de las Actividades y Proyectos, para cuyo efecto, las Metas Presupuestarias que inte- gren dichas Categorías, deben constituir "refe- rencias claras de gasto", perfectamente identifi- cables, que permitan una fácil agrupación de previsiones de gasto, sin necesariamente recu- rrir a cálculos adicionales por prorrateo. Asimismo, la revisión a que se refiere el segundo párrafo del presente inciso ( Estructura Funcio- nal Programática ) debe incluir la correspondien- te "cadena de gasto" a considerarse en el Presu- puesto de Egresos del Pliego. d) Contar con la información relativa a los ingresos que directamente recaude, obtenga o capte el Pliego, (por toda Fuente de Financiamiento), y distribuirla entre las correspondientes previsiones de gasto, previa coordinación con las Unidades Ejecutoras. e) Verificar que los gastos se encuentren acordes a los criterios específicos para la orientación del gasto, a que se refiere el Artículo 32º de la presente Directiva. f) Supervisar que la formulación presupuestal ga- rantice y priorice el logro de los Objetivos Instituciona- les establecidos para el Año Fiscal 2002.