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Pág. 203680 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de mayo de 2001 una multa equivalente a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, para el caso de pintas en las paredes, muros, etc., que será abonado por la Organización Política y/o Entidad responsable correspondiente si- multáneamente la Municipalidad ejecutará el retiro de las banderolas y/o paneles que contengan propaganda electoral. Artículo Tercero.- Las banderolas y/o paneles que contengan propaganda electoral retirados por la Munici- palidad permanecerán en el Depósito Municipal por el término de 5 (cinco) días útiles, vencido el cual se dispondrá para fines de apoyo a favor de las Institucio- nes vecinales y/o populares del distrito Artículo Cuarto.- La Organización Política y/o Entidad responsables, dentro del plazo señalado en el Art. precedente podrá solicitar la devolución de su(s) panel(es) y/o banderola(s) electoral(es) por escrito y previo pago de la multa impuesta por la Municipalidad. Artículo Quinto.- Encargar al Despacho de Alcal- día, la emisión de las Disposiciones Municipales Complementarias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 24385 Declaran zona rígida para el estaciona- miento vehicular a diversas vías del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2001 San Martín de Porres, 19 de abril de 2001 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de abril del 2001 el pedido del Regidor Sr. Cliver Ríos Zumaeta, sobre cocheras clandestinas en la vía pública en la Urb. Valdiviezo; CONSIDERANDO: Que, existe queja de los vecinos de la Urb. Valdiviezo que por más de 10 años vienen funcionando cocheras clandestinas de estacionamiento de ómnibus, combis, automóviles, en horas de noche que ocupan la vía pública en la calle Los Álamos cuadras 1 y 2, José Gálvez cuadras 1 y 2, y Túpac Amaru cuadras 1, 2, 3 y 4 ocasionando malestar de los vecinos toda vez que se producen asaltos, siendo guarida de delincuentes y drogadictos; Que, es función de la Municipalidad garantizar y velar por el ornato, la seguridad y tranquilidad pública; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, el Concejo Municipal por Unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar ZONA RÍGIDA para el estacionamiento vehicular las calles: Los Álamos cuadras 1 y 2, José Gálvez cuadras 1 y 2, y la Av. Túpac Amaru cuadras 1, 2, 3 y 4 de la Urb. Valdiviezo, distrito de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Dirección de Servicios Comunales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 24386MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Autorizan la realización de proceso de adjudicación directa para adquisi- ción de combustible que abastecerá a las unidades vehiculares de la muni- cipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 613-2001-MPCP Pucallpa, 24 de mayo del 2001 Vistos : La Resolución de Alcaldía Nº 032-2001-MPCP del 23.ENE.01, Informe Nº 031-2001-MPCP-DABAST de fecha 4.MAY.2001, el Informe Nº 035-2001-MPCP-DA- BAST de fecha 24.MAY.2001, sobre Aprobación del Valor Referencial de Combustible para el Abasteci- miento de combustible del Pool de Maquinarias duran- te los meses de mayo a diciembre del 2001, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 032-2001- MPCP de fecha 23.ENE.2001, Artículo Cuarto se auto- riza la realización del Proceso de Licitación Pública respectivo para la adquisición de los Combustibles y Lubricantes para abastecer los requerimientos de las unidades vehiculares (maquinaria pesada y vehículos menores de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, correspondiente a los meses de marzo a di- ciembre 2001; Que, mediante Informe Nº 031-2001-MPCP-DABAST de fecha 4.MAY.2001, mediante evaluación efectuada por la Dirección de Abastecimientos y Servicios Auxilia- res respecto del requerimiento efectuado por la Di- rección de Maestranza y Limpieza Pública; y aproba- do mediante informe Nº 197-01-MPCP-DGSP-DLP, se concluyó que el stock de lubricantes está garanti- zado para el año 2001, por lo tanto no es necesario la adquisición de este suministro. Que, asimismo sólo es necesario el suministro de combustible para los meses de mayo a diciembre 2001, por un monto aproximado de S/.295,079.58 por lo que estaría com- prendido en un proceso de Adjudicación Directa Pública y no así de un proceso de licitación pública por los meses de marzo a diciembre del 2001, como estaba autorizado por la Resolución de Alcaldía descrita en el consideran- do precedente; Que, siendo así con Informe Nº 035-2001-MPCP- DABAST de fecha 24.MAY.2001, la Dirección de Abaste- cimiento y Servicios Auxiliares, hace llegar los valores referenciales de la Adquisición de Combustible la cual se ejecutará mediante proceso de selección de Adjudicación Directa Pública Nº 001-2001-MPCP por ITEMS, para cubrir el abastecimiento del Pool de Maquinarias duran- te los meses de mayo a diciembre del 2001 de la Munici- palidad Provincial de Coronel Portillo; Que, la relación de bienes - suministros fueron propuestos por la Dirección de Maestranza y Limpieza Pública de esta Entidad Edil, el mismo que fue evaluado según Informe Nº 031-2001-MPCP-DABAST y admiti- do mediante Informe Nº 197-01-MPCP-DGSP-DLP, conforme se describe en los considerandos precedentes. Por lo que solicitadas las cotizaciones a distintas Em- presas locales se determinó el Valor Referencial para cada ítem según detalle: Nº DESCRIPCIÓN UNID.MED. COSTO S/. 1 DIESEL 02 GALON 4.79 2 GASOLINA 84 OCTANOS GALON 5.28