Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2001 (31/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2001

1.- Resolucion de Alcaldia aprobando el proyecto. 2.- Resolucion de Alcaldia aprobando el Convenio con la PNP. 3.- Asignacion de Funciones a la Policia Municipal y Seguridad Ciudadana. 4.- Asignacion de personal. 5.- Aprobacion de la Ordenanza y Reglamento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. Primera.- La persona que desee presentarse para cubrir esta clase de servicio debe cumplir los requisitos siguientes: 1.- Declaracion Jurada indicando que la direccion que senala se encuentra en el distrito de El MORDAZA, con firma legalizada. 2.- MORDAZA legalizada de su DNI o L.E. 3.- Documento de garantia firmado por vecinos del distrito debidamente legalizado, quienes indicaran que conocen a la persona que estan garantizando y que vive en el distrito de El Agustino. 4.- Certificado de Estudios o certificado de alguna especialidad que MORDAZA seguido. Segunda.- La capacitacion para prestar el servicio de Serenazgo estara a cargo de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, a traves de la Division de Policia Municipal y Seguridad Ciudadana. Tercera.- El vigilante que sea capacitado y sea declarado apto para el servicio debera aportar los implementos correspondientes asi como el radio handic. Cuarta.- El vigilante que falte a su servicio sin ninguna justificacion debidamente acreditada, cometa falta debidamente constatada o abandone su MORDAZA de vigilancia sin autorizacion de la Central de Radio, automaticamente sera reemplazado para garantizar la eficacia del servicio. 24319

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Inician procedimiento disciplinario a ex Subdirectores de Abastecimiento de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1269 Miraflores, 24 de MORDAZA de 2001 VISTO, el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios que da cuenta de las supuestas faltas de caracter disciplinario cometidas por los ex Subdirectores de Abastecimiento, MORDAZA MILUSKA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por supuestas faltas contempladas en los incisos a), d) y l) del Decreto Legislativo Nº 276; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 158-00-EG de fecha 22 de MORDAZA del 2000 la empresa MORDAZA MORDAZA & Asociados remite el Informe Largo como resultado de la auditoria practicada a la Municipalidad Distrital de Miraflores al 31 de diciembre de 1999, a fin de que se cumpla con implementar las recomendaciones contenidas en el; OBSERVACION C.2e. Adquisicion de combustible en forma directa y fraccionada por el area de abastecimientos Que, se adquirio combustible en el Periodo 1999 a la empresa administradora "6 de Agosto S.A." por la suma de S/. 332,872.79 y a la empresa Inversiones Boreal S.A. por la suma de S/. 674,729.63 que hacen un total de S/. 1'007,602.42, esta adquisicion se rea-

lizo en forma directa y fraccionada soslayandose los procesos de concurso y licitacion publica; Que, lo expuesto contraviene lo dispuesto en la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999 Art. 8º que establece: montos para efectuar licitaciones, concursos publicos y adjudicaciones directas, item b) indica: la adquisicion de bienes y de suministros de acuerdo a: Licitaciones publicas, el valor referencial es igual o superior a S/. 350,000.00; Que, la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM del 28.9.98 Art. 8º establece: La prohibicion a que se refiere el Art. 18º de la Ley esta referida al cambio en el MORDAZA de seleccion que le corresponde a una determinada adquisicion o contratacion del mismo proveedor como consecuencia de diferentes procesos de seleccion; Que, el incumplimiento de los acotados dispositivos se debe a falta de diligencia por parte de la Subdireccion de Abastecimiento, hecho que puede generar problemas al interior de la Municipalidad, debido a la magnitud del hallazgo revelado; Que, segun lo informado por la Empresa Auditora MORDAZA MORDAZA & Asociados consideran que las desviaciones expuestas generan responsabilidad administrativa que recae en los ex Subdirectores de Abastecimiento, Sra. Miluska MORDAZA MORDAZA y Lic. MORDAZA MORDAZA Cubas; Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 16º inciso f) de la Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control: Son atribuciones del sistema considerar que los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos es de opinion recomendar a la Autoridad se instaure MORDAZA administrativo a los ex Subdirectores de Abastecimientos, MILUSKA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por supuestas faltas de caracter disciplinario contempladas en los incisos a), d) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo opinado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex Subdirectores de Abastecimiento, MILUSKA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en base a los considerandos expuestos en la presente resolucion. Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion al ex funcionario descrito en el Articulo Primero a fin de que cumpla con presentar sus descargos en un plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de notificado con la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA 24352

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Declaran MORDAZA Rigida el area del Boulevard San MORDAZA y sus zonas de influencia inmediata
ORDENANZA Nº 58-MPL Pueblo Libre, 26 de MORDAZA de 2001

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