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Pág. 212491 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de noviembre de 2001 En caso de no existir Consejero suplente en la lista inscrita en la cual se ha declarado la vacancia, supleto- riamente será cubierta mediante acto eleccionario en la Plenaria Zonal. Asimismo, el primer Consejero, y en su ausencia el Segundo Consejero, reemplazará al Presidente del CGDZ mientras dure su ausencia o impedimento, de igual manera lo reemplazarán en caso de vacancia hasta que se elija el nuevo presidente. Artículo Segundo.- Modificar el Artículo 24º de la Ordenanza Nº 013-2001-C/MC, precisando la fre- cuencia de la convocatoria a las Asambleas Distrita- les de Coordinación de los Consejos de Gobierno y Desarrollo Zonal, quedando redactado de la forma siguiente: Artículo 24º.- El Alcalde o Regidor que éste delegue, convocará a la Asamblea Distrital de Coordinación de los CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL en forma ordinaria cada dos meses y en forma extraordi- naria cuando las circunstancias lo ameriten, la misma que se constituye con la participación de los Presidentes y Consejeros de los CONSEJOS DE GOBIERNO Y DESARROLLO ZONAL. Esta instancia constituye un espacio de coordinación distrital, con carácter consultivo y propositivo. Artículo Tercero.- Dispensar de la lectura del Acta para su ejecutoria inmediata. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 34161 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Prorrogan Programa Especial de Regularización de Licencias de Aper- tura de Establecimientos, la presenta- ción del Formato Unico de Declaración Jurada de Permanencia en el giro Au- torizado y el BERT 2001 ORDENANZA Nº 049 Villa María del Triunfo, 26 de octubre de 2001 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de octubre de 2001, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palomi- no, Sra. Aurora Heredia Condemarín, Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Aranci- bia, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Sa- las Zamalloa, Sr. Adrián Tarazona Fernández y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre la prórroga de Ordenanzas Municipales; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 046 de fecha 29.SE- TIEMBRE.2001 se prorroga los Beneficios Tributarios a contribuyentes de este distrito, como son: el Programa Especial de Regularización de Licencias de Apertura de Establecimientos - PERLAE-2001; la Declaración Jura- da de Permanencia en el Giro autorizado para Estableci- mientos que cuenten con Autorización Municipal de Funcionamiento, así como su respectivo Formato; pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de la 3ra. cuota del Ejercicio Fiscal 2001 y el Beneficio Extraordi- nario de Regularización Tributaria - BERT 2001, hasta el 31 de octubre del 2001; Que, el Pleno del Concejo considera necesario prorro- gar dichos beneficios por un período prudencial; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 de la Ley Orgánica de Municipalida- des; así como Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tribu- tación Municipal; con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30.NO- VIEMBRE.2001, el Programa Especial de Regulariza- ción de Licencias de Apertura de Establecimientos - PERLAE 2001. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30.NO- VIEMBRE.2001, la presentación del Formato Unico de Declaración Jurada de Permanencia en el giro Autori- zado para Establecimientos que cuenten con Autoriza- ción Municipal de Funcionamiento. Artículo Tercero.- PRORROGAR hasta el 30.NO- VIEMBRE.2001, el Beneficio Extraordinario de Regula- rización Tributaria - BERT 2001, establecido mediante Ordenanza Nº 046 de fecha 29.SETIEMBRE.2001, con- siderando para el caso de las Multas Administrativas las sanciones impuestas hasta el 31.OCTUBRE.2001. - Manteniendo plena vigencia lo demás que contiene la referida Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Rentas, Unidad de Informática y Estadística, Unidad de Imagen Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 34159 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de la Convención sobre los Aspectos Civiles del Secues- tro Internacional de Menores De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me- diante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/216 comunica que la referida convención, suscrita el 25 de octubre de 1980, aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 27302 de fecha 26 de junio de 2000, ratificada por Decreto Supre- mo Nº 023-2000-RE del 1 de agosto de 2000 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de agosto de 2000, entró en vigencia para el Perú el primero de agosto del año 2001. 34217