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Pág. 212480 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de noviembre de 2001 Que, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica y el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 00226 del 16 de febrero del 2001, respectivamente, y estando a la delegación de facultades contenidas en las Resolucio- nes de Superintendencia de Aduanas Nº 01323 de 16 diciembre de 1999; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Apruébese el Formato de la DECLA- RACION ANDINA DEL VALOR (DAV) y su Instructivo denominado INTA-IT.01.07 "INSTRUCTIVO DE LA DECLARACION ANDINA DEL VALOR", que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La DECLARACION ANDINA DEL VALOR (DAV) se presentará conjuntamente con la De- claración Unica de Aduanas (DUA: Ejemplares A, B y C debidamente llenados) para las importaciones prove- nientes de los Países Miembros de la Comunidad Andi- na. Las características físicas del formato son las si- guientes: - Tamaño: Oficio. - Papel autocopiativo químico. - Folios desglosables. - La DAV está constituida de un (1) original y una (1) copia, color fondo blanco con los rubros de los títulos y recuadros sombreados impresos en color gris claro; indi- cando al pie de página si se trata del Original, 1ª Copia. - Distribución: Original- Agente de Aduana / Aduana de Despacho (sólo cuando no efectúa el despacho el Agente de Adua- na). Copia - Aduana de Despacho / Despachador de Adua- na: Despachador Oficial, dueño o consignatario (sólo cuando no efectúa el despacho el Agente de Aduana). Artículo 3º.- Autorízase a los Agentes de Aduana y Despachadores Oficiales la impresión de la DECLARA- CION ANDINA DEL VALOR (DAV), la misma que podrá incluir el código, nombre completo o razón social, en el caso de persona natural o jurídica, según corresponda. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre del 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera "DECLARACION ANDINA DE VALOR (DAV)" I. OBJETIVO Establecer las pautas para llenar el formato del documento denominado "Declaración Andina de Valor (DAV)" que debe ser formulado conjuntamente con la Declaración Unica de Aduanas (DUA: Ejemplares A, B y C) para efecto de las importaciones provenientes de los países miembros de la Comunidad Andina. II. ALCANCE Está dirigido al personal de ADUANAS, Despacha- dores de Aduana y Operadores de Comercio Exterior. III. REFERENCIA - Procedimiento "Importación Definitiva". - Procedimiento "Valoración de las mercancías según el Acuerdo del Valor de la OMC". IV. DESCRIPCION 1. De conformidad con el Artículo 1º de la Decisión Nº 379 de la Comunidad Andina, la Declaración Andina del Valor (DAV) debe formularse conjuntamente con laDeclaración de Importación de los importadores de los países miembros. 2. La DAV se llena sin enmendaduras, manchas, ni borrones, la información que en ella se consigna debe ser concordante con la señalada en la Declaración Unica de Aduanas, según la correlación que se indica en cada una de las casillas del presente instructivo. Las casillas que correspondan a códigos se llenan de conformidad con las Tablas publicadas por Aduanas a través del Portal ( www.aduanet.gob.pe ). Las fechas se consignan de la siguiente manera: día, mes, año, utilizándose dos dígitos para el día y el mes, y cuatro dígitos para el año (ejemplo: 20 10 2001) 3. El formato de la DAV, según Anexo 01, se emplea para consignar los datos de los productos amparados por facturas comerciales pactadas en igual condición de entrega de las mercancías (Incoterm) y correspondien- tes a un mismo proveedor. En el caso que un proveedor pacte facturas en diferentes Incoterms, se formula una DAV por cada Incoterm. En los casos en que la transacción se hubiera efectua- do en una moneda distinta al dólar de los Estados Unidos de América, los importes monetarios se convierten a dicha moneda utilizando el factor de conversión publica- do por Aduanas, vigente al momento de la numeración de la DUA. 4. Para aquellos casos en los que se requiera dar explicaciones más detalladas en relación con los elemen- tos de hecho, inherentes a la importación, dichas expli- caciones deberán ser suministradas, en escrito adicio- nal, acompañando a la DUA. A) Del llenado de la Declaración Andina de Valor I. DATOS GENERALES Nº Preimpreso del formulario principal.- El for- mulario principal de la DAV debe contener el Nº de Declaración, compuesto de: Código de Aduana, Año de Numeración, Código de Régimen u Operación, Número de la Declaración, Tipo de documento, Dígito verifica- dor. CASILLA 1.- Hojas Adicionales : Si consta de un solo formulario, anote ‘1 de 1’. CASILLA 2.- Número de Formulario .- Se indica el número de secuencia del formulario por DUA. CASILLA 3.- Aduana.- Se indica el código de la Aduana de nacionalización. CASILLA 4.- Declaración de Importación: Nº.- De uso por autoridad aduanera. CASILLA 5.- Fecha .- De uso por autoridad aduane- ra. IMPORTADOR: CASILLA 6.- Nombre o razón social .- Anote el contenido de casilla 1.1 - Ejemplar B de la DUA, en adelante Ejemplar B. CASILLA 7.- Número de Identificación Tributa- ria u otro Documento.- Anote el contenido de casilla 1.2 - Ejemplar B. CASILLA 8.- Nivel Comercial .- Anote el contenido de casilla 1.3 - Ejemplar B. CASILLA 9.- Especificar el nivel comercial en el caso que en casilla 8 se haya respondido "otros". PROVEEDOR: CASILLA 10.- Nombre o razón social.- Anote el contenido de casilla 3.1 - Ejemplar B. CASILLA 11.- Domicilio.- Anote el contenido de casilla 3.3 - Ejemplar B. CASILLA 12.- Ciudad.- Anote el contenido de casi- lla 3.4 - Ejemplar B. CASILLA 13.- País.- Anote el contenido de casilla 3.5 - Ejemplar B. CASILLA 14.- Número de teléfono.- Anote el con- tenido de casilla 3.6 - Ejemplar B. CASILLA 15.- Número de Fax.- Anote el contenido de casilla 3.7 - Ejemplar B. CASILLA 16.- Condición .- Anote el contenido de casilla 3.2 - Ejemplar B.