Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2001 (13/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de noviembre de 2001

Articulo Sexto.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Septimo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion de Desarrollo Economico, a la Direccion de Desarrollo Humano a traves de la Division de Salud y a la Unidad de Ejecucion Coactiva de la Oficina de Administracion. Asimismo, encargar la difusion de la presente a la Oficina de Comunicacion Social. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 34373

Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente; con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria legal de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha dado la siguiente Ordenanza: BENEFICIO DE REGULARIZACION PREDIAL, LICENCIAS DE CONSTRUCCION Y NUMERACION MUNICIPAL Articulo Primero.- CREACION Creanse los beneficios administrativos para la obtencion de la Licencia de Construccion, MORDAZA de Numeracion y el beneficio tributario para la regularizacion de pagos de tributos. Articulo Segundo.- ALCANCE Los beneficios administrativos se otorgaran a los vecinos del distrito de Surquillo que hayan adquirido predios en el distrito no declarados a la fecha o realizado construcciones, edificaciones u otras modificaciones no declaradas, presentadas a traves del "Formulario para la Declaracion de Edificaciones via Regularizacion". No se extenderan los beneficios a las personas que hubieran regularizado su condicion de omisas o hubieran sido detectadas por la Administracion, cancelando o fraccionando su deuda por estos conceptos con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Los beneficios tributarios se otorgaran a los vecinos del distrito de Surquillo que hayan regularizado la adquisicion de su predio o modificacion del mismo incrementando el valor o independizado su predio. No estan incluidos los predios que hayan sido notificados y acotados por el MORDAZA de fiscalizacion tributaria. Articulo Tercero.- VIGENCIA Otorguese del 12-112001 al 21-12-2001 los beneficios tributarios a los vecinos del distrito de Surquillo y hasta el 31-1-2002 los beneficios administrativos. Articulo Cuarto.- PROCEDIMIENTO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los contribuyentes presentaran las declaraciones juradas de autoavaluo respectivas desde el momento de adquisicion del predio o modificacion del mismo, adjuntando la documentacion sustentatoria. Articulo Quinto.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los contribuyentes acogidos con la MORDAZA de las declaraciones juradas de autoavaluo respectivas obtendran los siguientes beneficios tributarios: 1. En Arbitrios: Se les condonara la deuda generada por la omision o subvaluacion correspondiente a los anos 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, determinandose la deuda de arbitrios a partir del 1º de enero del ano 2001 para aquellos cuyas modificaciones o adquisiciones son anteriores a dicha fecha. Si la fecha de omision o subvaluacion fuera posterior al 1-1-2001 se generara a partir de la fecha declarada por el contribuyente. 2. En el Impuesto Predial: Se le determinara desde el 1 de enero siguiente a la adquisicion o modificacion del predio. 3. Se le condonara el 100% de las multas tributarias generadas por la omision de la inscripcion o la modificacion correspondientes. 4. Se le condonara el 100% de los intereses moratorios y factores de reajuste generados por la diferencia declarada. 5. Se le condonara el 100% de los gastos administrativos. Articulo Sexto.- FRACCIONAMIENTO La Oficina de Rentas esta facultada a conceder fraccionamiento para el pago de las deudas con un MORDAZA de pago de hasta 12 meses. Articulo Setimo.- CALENDARIO DE ACOGIMIENTO El acogimiento se debera realizar en las siguientes fechas dependiendo de la ubicacion de su predio: Del 12 al 16 Nov. (Urb.VIPEP- San MORDAZA de Pedregal- La Calera de la Merced- CAPEBCO- Los Sauces II.-Urb.TelefonicosReducto Nº 3- Coop.Reducto 508- COPERVIDE- La Calera de Monterrico). (Urb.Coop.Viv. Obreros MunicipalesMunayco- El Carmen- MORDAZA ­ Sueyoshi ­ MORDAZA Este 1ra. Etapa ­Conj. Hab. La Merced- Urb.Aurora Este 2da.Etapa ­ Com.Import.- AMECPA ­ MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA ­ Los Sauces 1ra.Etapa) (Urb.Los Sauces 2da. y 3ra. Etapa- El Pedregal- La Oroya ­ APROVISOP ­ Potrero Pedregal ­ Los jardines de Higuereta ­ Sor Querubina.Urb.Aeropuerto ­ MORDAZA MORDAZA ­ Calerita ­ MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA I y II ­ MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA ­ Barrio Medico).

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 0016-2001-MDSA Mediante Oficio Nº 1013-2001-SG/MDSA la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 0016-2001-MDSA publicada en nuestra edicion del 8 de noviembre de 2001, pagina 212384. En el MORDAZA parrafo del Articulo Unico: DICE: "La Comision Tecnica Mixta Distrital debera estar integrada por cuatro representantes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita: el Director Municipal quien la preside, el Director de Desarrollo MORDAZA, el Director de Rentas y un Regidor del Concejo Municipal, un representante de la Direccion de Seguridad Vial (Unidad de Control de MORDAZA MORDAZA - Este), un representante de la Comisaria y tres representantes acreditados de las Organizaciones de Transportistas de Vehiculos Menores." DEBE DECIR: "La Comision Tecnica Mixta Distrital debera estar integrada por cuatro representantes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita: el Director Municipal quien la preside, el Director de Desarrollo MORDAZA, el Director de Rentas y un Regidor del Concejo Municipal, un representante de la Unidad de Control de MORDAZA MORDAZA Este de la Policia Nacional del Peru, un representante de la Comisaria y tres representantes acreditados de las Organizaciones de Transportistas de Vehiculos Menores." 34198

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Crean beneficios administrativos y tributarios a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 077/MDS Surquillo, 31 de Octubre de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en la Sesion Extraordinaria de la fecha, en uso de las autonomia y facultades que reconocen y otorgan la Constitucion Politica del Estado, el Codigo Tributario, la Ley de Tributacion Municipal, la Ley Organica de Municipalidades y el D.S. Nº 00785-VC - Reglamento de Acondicionamiento Territorial,

Del 19 al 23 Nov.

Del 26 al 30 Nov.

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