Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (16/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 212729 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de noviembre de 2001 que se tratará sobre el desarrollo sostenible, acceso a los mercados y contribuciones estratégicas de la CAMMA a las políticas globales de desarrollo sostenible para mine- rales y metales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del Ing. César Polo Robilliard, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 18 al 20 de noviembre de 2001; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. César Polo Robilliard, Viceministro de Minas del Ministerio de Ener- gía y Minas, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 18 al 20 de noviembre de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución que ascienden a US$ 1 375,00 (Mil Trescientos Setenticinco y 00/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por el Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Panamá - Santo Domingo - Panamá - Lima) US$ 750,00 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) US$ 600,00 Tarifa Corpac US$ 25,00 --------------------- TOTAL US$ 1 375,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energía y Minas 34615 Autorizan viaje de funcionarios de Petroperú S.A. para participar en even- tos que se realizan en Antillas Holan- desas y Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 501-2001-EM/VME Lima, 9 de noviembre de 2001 Visto el Oficio Nº RHU-CA-063-2001, de fecha 29 de octubre de 2001, del Presidente del Directorio de la Empre- sa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., solicitando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, en el Contrato de Fletamento suscrito entre PETROPERU S.A. y Petrolera Transoceánica S.A. se contempla la capacitación de personal de PETROPERU S.A. en cualquier país de Latinoamérica, según consta en el Acta de Reunión suscrita con fecha 8 de noviembre de 2000; Que, en el marco de dicha capacitación se realizará en Bonaire, Antillas Holandesas, del 11 al 17 de noviembre de 2001, el Curso "Marine Custody Transfer, Petroleum Mea- surement and Loss Control & Advanced Petroleum Loss Control, Claims and Recovery", a ser dictado por la Cía. Enercon Group Inc.; Que, PETROPERU S.A., en su Sesión Nº 25-2001, me- diante Acuerdo de Directorio Nº 098-2001-PP de fecha 25 de octubre de 2001, aprobó autorizar el viaje del señor Jorge Toledo Ocampo Ureña, Gerente del Departamento de Dis- tribución, de la Gerencia de Comercialización, del 11 al 17 de noviembre de 2001, para que participe en el curso precitado; en el que se tratarán temas relacionados con las transferencias comerciales de buque-tanques a terminales; medición de petróleo y control de pérdidas; y, control avanzado de pérdidas de petróleo, reclamos y recuperación;Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jorge Toledo Ocampo Ureña, Gerente del Departamento de Distribu- ción, de la Gerencia de Comercialización de PETROPERU S.A., a la ciudad de Bonaire, Antillas Holandesas, del 11 al 17 de noviembre de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por Petrolera Transoceánica S.A. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 34309 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 502-2001-EM/VME Lima, 9 de noviembre de 2001 Visto el Oficio Nº RHU-CA-064-2001, de fecha 29 de octubre de 2001, del Presidente del Directorio de la Empre- sa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., solicitando autorización de viaje para dos funcionarios; CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 14 de setiembre de 2001, TRANSGAS SHIPPING, Empresa Naviera ha invitado a PETROPERU S.A., para que a través de un representante, participe en el Sétimo Seminario Anual de GLP para América Latina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, los días 13 y 14 de noviembre de 2001; Que, PETROPERU S.A., en su Sesión Nº 25-2001, me- diante Acuerdo de Directorio Nº 099-2001-PP de fecha 25 de octubre de 2001, aprobó autorizar el viaje de los señores Luis Lem Arce, Gerente del Departamento de Mercado Externo y Juan Ortiz Guevara, Gerente del Departamento de Ventas, de la Gerencia de Comercialización, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 12 al 15 de noviembre de 2001, para que participen en el seminario precitado; en el que se enfocarán temas que están influyendo en Latino- américa y en el mercado de GLP, lo cual permitirá obtener información que ayudará a comprender los temas claves de la industria, al igual que pronosticar las tendencias futuras del mercado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Luis Lem Arce, Gerente del Departamento de Mercado Externo y Juan Ortiz Guevara, Gerente del Departamento de Ventas, de la Gerencia de Comercialización de PETROPERU S.A., a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 12 al 15 de noviembre de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por TRANSGAS SHIPPING, Empresa Naviera y Petrolera Transoceánica S.A. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 34310