TEXTO PAGINA: 9
Pág. 212731 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de noviembre de 2001 Visto el Oficio Nº 1090-2001-ORLC/JE de la Superin- tendencia Nacional de los Registros Públicos; CONSIDERANDO: Que entre el 12 y 30 de noviembre de 2001 se llevará a cabo el Curso de Especialización para Registradores Ibero- americanos en el Colegio de Registradores de Madrid, en la ciudad de Madrid, España; Que el doctor Luis Alberto Aliaga Huaripata, Presi- dente de la Tercera Sala del Tribunal Registral de la Oficina Registral de Lima y Callao, ha sido seleccionado como beneficiario de una de las becas que otorga la Fundación Carolina, tal como consta del documento de fecha 16 de octubre de 2001 expedido por el Director de dicha entidad, que certifica que el citado profesional tiene la calidad de Becario para asistir al Curso de Especializa- ción para Registradores Iberoamericanos; Que la beca otorgada por la Fundación Carolina brinda el apoyo necesario para la participación del mencionado becario, por lo que el cumplimiento de la presente Resolución no ocasionará gasto alguno al Teso- ro Público; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Artículo 110º, inciso a) del Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM y Artículos 9º y 10º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización, el viaje con goce de remuneraciones por capacitación oficiali- zada del doctor Luis Alberto Aliaga Huaripata, Presidente de la Tercera Sala del Tribunal Registral de la Oficina Registral de Lima y Callao, a la ciudad de Madrid, España, del 11 de noviembre al 1 de diciembre de 2001, para que participe en el Curso de Especialización para Registradores Iberoamericanos en el Colegio de Registradores de Madrid, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción, no irrogará gasto alguno al Tesoro Público y no dará derechos a exoneración o liberación de impuestoso de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Artículo 3º.- El mencionado profesional dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, presen- tará ante el Titular del Pliego de su Institución, un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción Ministerial a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y al interesado, para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 34507 Modifican el Art. 73º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 393-2001-JUS Lima, 14 de noviembre de 2001 Visto el Oficio Nº 1216-2001-JUS/OGED-ORE de 17 de octubre de 2001 de la Oficina General de Economía y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, de 2 de febrero de 2001, se aprobó el Reglamento de Orga- nización y Funciones del Instituto Nacional Penitencia- rio; Que la Alta Dirección del Instituto Nacional Peniten- ciario ha determinado la conveniencia de incorporar a las REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión mayor de tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 3.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL