Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (16/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 212733 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de noviembre de 2001 Que el Acta de Inspección del 25 de julio del 2001, señala que en la inspección técnica efectuada el mismo día por personal de la Dirección Regional de Pesquería CTAR ICA, han constatado que la planta de procesa- miento pesquero artesanal de la empresa CONSERVERA DON CARLOS S.A. a que se hace referencia en el considerando anterior, se encuentra inoperativa, por cuanto, la planta no cuenta con los implementos respec- tivos de trabajo, al haber estado paralizada por la escasez del recurso concha de abanico; Que los actos administrativos dejan de producir efec- tos jurídicos, entre otros, por la extinción de su objeto, como en el presente caso, en que el derecho administra- tivo ha dejado de contar con la condición previa para su vigencia, cual es la existencia y operatividad de la planta de procesamiento, en consecuencia el Ministerio de Pesquería en uso de sus facultades de administración y control otorgadas por Ley, debe proceder a emitir el acto administrativo declarativo que formalice la extinción del objeto de la Resolución Directoral Nº 227-98-PE/DNPP, por el cual esta última ha dejado de producir sus efectos, incurriendo en incumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 43º inciso d) del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; Que de la evaluación del expediente del titular de la licencia de operación de la planta de procesamiento pesquero artesanal materia de la presente resolución, se ha determinado el incumplimiento de su obligación de solicitar la inspección técnica que acredite su operatividad, incurriendo en la causal de caducidad prevista en la resolución citada en el considerando anterior; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 397- 2001-PE/DNEPP-Dap-map, del 29 de agosto de 2001, y con la opinión favorable de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica; De conformidad con lo establecido por los Artículos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; el Artículo 53º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º numeral 118.3 del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 227-98-PE/DNPP de fecha 10 de diciembre de 1998, a través del cual se otorgó a CONSERVERA DON CARLOS S.A., licencia para la operación de una planta de procesa- miento pesquero artesanal instalada en su establecimiento pesquero ubicado en la Av. Fermín Tanguis Nº 401, distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 34566 Aprueba n cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pes- quera de bandera nacional solicitado por Consorcio Malla S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 307-2001-PE/DNEPP Lima, 14 de noviembre del 2001 Visto el escrito con Registro Nº CE-00492002 del 18 de setiembre del 2001, presentado por CONSORCIO MALLA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 353-97-PE del 17 de julio de 1997, se otorgó el permiso de pesca a plazo deter- minado, entre otros armadores pesqueros, a PESQUERA GAEMA S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional "RODDY", con matrícula Nº CO-13009- PM, de 482,77 m3 de capacidad de bodega, para la extrac- ción de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que mediante el escrito del visto CONSORCIO MALLA S.A. solicita el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por la Resolución Ministerial Nº 353-97-PE y la modificación de la citada Resolución, por cambio de nombre de la embarcación pesquera a "POLAR VII" con matrícula Nº CO-13009-PM;Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recu- rrente ha cumplido con presentar los requisitos estable- cidos en los procedimientos Nºs. 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001- PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 505-2001- PE/DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y las Resolucio- nes Ministeriales Nºs. 339-2001-PE y 340-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, en aplicación a la aprobación automática de la solicitud de cambio de nombre de la embarcación pesquera "RODDY", con matrícula Nº CO- 13009-PM la Resolución Ministerial Nº 353-97-PE, enten- diéndose que la citada embarcación pesquera se denomina "POLAR VII". Artículo 2º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional que se indica a continuación, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. PERMISO DE PESCA NUEVO TITULAR NOMBRE DE LA NUMERO DE CAPACIDAD Nº Fecha EMBARCACION MATRICULA DE BODEGA (m3) R.M. Nº 353-97-PE 1997-7-17 CONSORCIO MALLA S.A. POLAR VII CO-13009-PM 482,77 Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a PESQUERA GAEMA S.A., a través de la Resolución Ministerial Nº 353-97-PE de fecha 17 de julio de 1997, para operar la embarcación pesquera denominada "POLAR VII" (ex "RODDY"). Artículo 4º.- Consignar a CONSORCIO MALLA S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación "POLAR VII" (ex "RODDY"), así como lapresente Resolución, al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 339-2001-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 340-2001-PE, excluyendo a PESQUERA GAEMA S.A. y a la Resolución Ministerial Nº 353-97-PE de dichos anexos. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de