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Pág. 212774 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de noviembre de 2001 de declarar en abandono el presente procedimiento en el extremo referido al cambio de titular del permiso de pesca otorgado a la embarcación pesquera antes indicada e inadmisible respecto al cambio de nombre de la misma; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en los Artículos 46º y 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, aplicables al caso en virtud a lo dispuesto en la Primera Disposición Transitoria de la Ley del Procedi- miento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar en abandono la solicitud presentada por PESQUERA SANTA ROSA S.A.C., en el extremo referido al cambio del titular del permiso de pesca otorgado a la embarcación "HUACHO 7" e inadmisible en cuanto al cambio de nombre de la citada embarcación por el de "SAN ANTONIO V", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 34589 PROMUDEH Autorizan a procuradora iniciar acciones contra ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo por presunta responsabilidad penal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 397-2001-PROMUDEH Lima, 14 de noviembre de 2001 Vistos el Informe Nº 054-2001-CG/B380 de fecha 18 setiembre del 2001, de la Contraloría General de la Repú- blica; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 054-2001-CG/B380 "Opera- ción de Retiro de Fondos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo en abril 1992", de la Gerencia de Control de Gobiernos Regionales y Sociedades de Benefi- cencia de la Contraloría General de la República, se determinó la presunta existencia de responsabilidad pe- nal y civil respecto de ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo, al haber incurrido en irregularidades en el ejercicio de sus funciones; Que de los hechos descritos en la acción de control referida, se evidencian indicios razonables de presunta comisión de ilícitos penales por parte del señor Jorge Barrios Causo, ex Gerente General, Gerald Aramburu Ñaña, ex Presidente, Alejandro Romero Tovar Orlando Ricaldi Zárate, ex Miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo, al haber adulterado el Acta de Sesión de Directorio de fecha 30 de abril de 1992 con la finalidad de apropiarse de fondos de la institución destinados a la ejecución de actividades y proyectos con fines asistenciales, presumiéndose además que el señor Jorge Barrios Causo habría incurrido en usurpación de funciones del Gerente General al visar la Resolución Directoral Nº 047-92-SBH de fecha 2 de junio de 1992, ilícito penal en el que habría incurrido además el señor Gerald Aramburú Ñaña al aperturar la Libreta Dorada Nº 041-048409 en la Agencia San Isidro del INTERBANK, siendo responsable el ex Presidente mencionado por haber utilizado su cargo para disponer y obtener dolosamente la Libreta de Ahorros y la Papeleta de Retiro Nº 139077; Que asimismo se presume la existencia de responsabi- lidad penal en el ejercicio de las funciones del señor WilterGuevara Guerrero, ex Jefe de la Oficina de Control Inter- no de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo, al haber ocultado las declaraciones de cuatro ex Miembros del Directorio a fin de que no aparezcan en los papeles de trabajo de los Informes Nº 003-93 y Nº 002-94-OGCI-SBH; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Pro- curadora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas señaladas en el Informe Nº 054-2001-CG/ B380 y los demás que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la Procuradora Públi- ca del PROMUDEH, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ DORIS SÁNCHEZ PINEDO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 34587 M T C Aprueban el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Proyecto Piloto Nuevo Pachacutec RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 524-2001-MTC/15.01 Lima, 13 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 037-2001-MTC se crea el Proyecto Piloto Nuevo Pachacutec a cargo del Vicemi- nisterio de Vivienda y Construcción del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, encarga- do de planificar, coordinar y ejecutar las acciones necesarias a fin de titular a las familias reubicadas posesionarias en un área de 5 317,208.97 m2 dentro de los linderos del Proyecto Especial Ciudad Pachacutec, en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; Que, el Artículo 3º del Decreto Supremo citado en el considerando anterior faculta al Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción para dictar las normas complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento del mismo; Que, es necesario aprobar el Reglamento de Organi- zación y Funciones del Proyecto Piloto Nuevo Pachacutec, así como autorizar al Viceministro de Vivienda y Cons- trucción a suscribir los títulos de propiedad y a aprobar las normas referidas a dicho Proyecto; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 037-2001-MTC y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Piloto Nuevo Pachacutec, el cual consta de ocho títulos, cinco capítulos, diecinueve artícu-